Separata Especial: nuevo procedimiento «Tránsito aduanero» DESPA-PG.08 (versión 6)

En una Separata Especial del Diario Oficial «El Peruano», la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria (Sunat) publicó la resolución que aprueba el procedimiento general «Tránsito aduanero» DESPA-PG.08 (versión 6), que establece las pautas a seguir para el despacho aduanero de las mercancías destinadas al régimen de tránsito aduanero y lograr el cumplimiento de las normas que lo regulan, dirigido al personal de la Sunat, al operador de comercio exterior (OCE) y al operador interviniente (OI) que participan en el proceso de despacho del régimen de tránsito aduanero. La Superintendencia también incorpora el inciso j) en la Sección I del procedimiento específico «Mandato electrónico» DESPA-PE.00.18 (versión 1) y deroga el procedimiento general «Tránsito aduanero» DESPA-PG.08 (versión 5), aprobado por la Resolución de Superintendencia N.° 000037-2021-Sunat y el procedimiento específico «Tránsito aduanero interno por vía marítima» DESPA-PE.08.02 (versión 3), aprobado por la Resolución de Superintendencia N.° 000254-2022-Sunat. La presente resolución de superintendencia entrará en vigencia el 31 de diciembre de 2024, salvo algunas disposiciones del procedimiento general «Tránsito aduanero» DESPA-PG.08 (versión 6), que lo harán a partir del 31 de enero del 2025 y 31 de marzo del 2025, respectivamente. [Sunat, R. 000282-2024-Sunat, 15/12/2024]

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