El contrato de trabajo es uno de tracto sucesivo
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Explica la Corte Suprema (CS) que el derecho al trabajo que consagra el artículo 22 de la Constitución Política del Perú ha servido como base transversal para la construcción del estatuto de protección laboral en nuestro ordenamiento jurídico y es que el contrato de trabajo, dada su naturaleza, amerita un estatuto de protección especial, de carácter tuitivo a favor del trabajador, debido a la asimetría natural y estructural que existe entre el trabajador y el empleador. Leer más
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