La designación de gerentes y subgerentes exige que las facultades estén en el estatuto o en un nombramiento posterior con precisión clara de las atribuciones

Tribunal Registral | Personas Jurídicas. El certificado de vigencia es un certificado compendioso que acredita la existencia del acto o derecho inscrito a la fecha de su expedición [Cfr., literal c) del antes artículo 132 del RGRP]. Según recuerda el Tribunal Registral (TR), el Reglamento del Servicio de Publicidad Registral (RSPR) prevé en especial para el Registro de Personas Jurídicas la emisión de certificado de vigencia de la persona jurídica, certificado de vigencia del órgano de la persona jurídica y certificado de vigencia de poder. «El certificado de vigencia de poder acredita precisamente la vigencia del poder, esto es, que el poder inscrito no ha vencido, no ha sido revocado, el apoderado no ha renunciado, y en general, que no obra inscrita ninguna causal de extinción del poder» (sic).

En el caso, por ejemplo, la instancia registral advierte que, «en los asientos transcritos, (…) todas las facultades detalladas corresponden exclusivamente a la gerencia. Sobre este tema, se indica que, al igual que todo ente colectivo, las sociedades son entidades abstractas que requieren de la participación de personas naturales que formen su voluntad y la expresen hacia el exterior. Estos órganos en el ámbito societario son la junta general, el directorio y la gerencia. Sobre ello, del artículo 185 de la Ley General de Sociedades (LGS)» (sic). Así, para el tribunal, la LGS crea un marco flexible para que cada sociedad adapte su estructura a sus necesidades y, conforme con lo indicado en el artículo 188 de la LGS, la gerencia constituye un órgano eminentemente ejecutor de las directrices y lineamientos de la junta, del directorio y de todos los actos cotidianos de la sociedad; ostenta su representación legal ante terceros, cuyas facultades son las que establece su estatuto, las que se le otorgan al momento de su nombramiento o por acto posterior, ello atendiendo a las necesidades de la empresa. «De esta manera si la sociedad designa a uno o más gerentes, se requiere que sus facultades deban estar contenidas en el estatuto, o de ser el caso, otorgadas en un nombramiento posterior con precisión clara de sus respectivas atribuciones (ello incluye a los subgerentes)» (sic). Por último, el tribunal informa que, ante la solicitud del certificado de vigencia de poder, la calificación por parte del registrador o abogado certificador se restringe al contenido exacto y expreso de la partida registral, la actividad se realiza en el marco de lo solicitado por el administrado» (sic). (V. P. Yovana del Rosario Fernández Mendoza) [TR, R. 1689-2024-Sunarp-TR (NSIR-T), 23/04/2024]

Ficha legal de la noticia:

Base legal interpretada o analizada: Artículo 132 del Reglamento General de los Registros Públicos.

Entidad o persona comprometida: Comercial Jorval S.A.

Valores agregados LEX:

Concordancias:

* Artículo 185 de la Ley General de Sociedades.

Información relacionada:

+ El Tribunal Registral explica cuándo procede inscribir una delegación de poderes. [TR, R. 2480-2023-Sunarp-TR, 9/06/2023]

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