CS: «los distintos órganos jurisdiccionales han venido realizando una lectura errada de [los] parámetros para determinar si está probada o no la existencia de causas objetivas de diferenciación salarial»
La Corte Suprema (CS) explica que queda claro del desarrollo normativo y jurisprudencial que los trabajadores que realizan trabajo de igual valor no pueden percibir una remuneración diferenciada; salvo que, excepcionalmente, se otorgue un tratamiento remunerativo diferenciado justificado en parámetros objetivos y razonables. Los parámetros objetivos ya definidos por la Organización Internacional del Trabajo (OIT) […]
