El TC declara parcialmente inconstitucional la ordenanza de Miraflores sobre la suspensión del inicio de obras en tanto el MVCS emita un pronunciamiento sobre la nulidad del informe técnico
Tribunal Constitucional | Jurisprudencia. El Tribunal Constitucional (TC) declaró fundada en parte la demanda de inconstitucionalidad interpuesta por la Defensoría del Pueblo contra los artículos 2°, 3° y 4° de la Ordenanza Municipal 610-MM, que dispone medidas complementarias para la evaluación de expediente de obras privadas con informe técnico favorable emitido por revisores urbanos, expedida por la Municipalidad Distrital de Miraflores. Según la sentencia recaída en el Expediente N.° 00001-2024-PI-TC, es inconstitucional (a) el siguiente extremo del artículo tercero de la mencionada ordenanza, referida a lo siguiente: «(…) y, en forma paralela, se emita el acto administrativo correspondiente, suspendiendo la efectividad y ejecutoriedad del mismo como licencia, hasta que el ministerio se pronuncie mediante resolución firme respecto del pedido de nulidad (…)» (sic). También resulta inconstitucional el artículo 4° de la ordenanza referido a la suspensión del inicio de obras. A decir del máximo tribunal, la suspensión del inicio de obras en tanto el Ministerio de Vivienda Construcción y Saneamiento (MVCS) emita un pronunciamiento sobre el pedido de nulidad del informe técnico favorable constituye un exceso en el ejercicio de las competencias municipales, en la medida en que no se advierte la existencia de una habilitación legal expresa, contemplada en la normativa especial aplicable, que habilite a la municipalidad demandada a determinar la suspensión hasta que el MVCS resuelva el pedido. Leer más