El interés superior del niño gobierna el proceso de adopción

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En este proceso judicial de adopción, la Corte Suprema (CS) recuerda que no se debe olvidar que «se encuentran involucrados derechos fundamentales de una adolescente, por lo que, cualquier decisión que se adopte se debe realizar a la luz del principio de interés superior del niño y del adolescente consagrado en el Artículo IX del Título Preliminar del Código de los Niños y Adolescentes, esto es, procurando la plena satisfacción de sus derechos, la protección integral y simultánea de su desarrollo integral y la calidad de vida, para lo cual, atendiendo a lo actuado en el presente proceso, resulta necesario analizar los siguientes aspectos: Leer más

Se liberaría de responsabilidad al empleador que ha cumplido previamente con las normas de seguridad y salud en el trabajo

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La Corte Suprema (CS) entiende por accidente de trabajo a «todo trastorno fisiológico adquirido por el trabajador a consecuencia de las labores realizadas para su empleador dentro de un contrato de trabajo. En tal sentido, de acuerdo con el artículo 2° del Decreto Supremo número 003-98-SA Normas Técnicas del Seguro Complementario de Trabajo en Riesgo» (sic). En el caso, apunta la máxima instancia judicial, «el demandante ha tenido un accidente laboral, dado que, se encontraba dentro de su horario laboral, y en el ejercicio de las funciones ordenadas por su empleador; esto es, el ejercicio de su poder de dirección, lo que ocasionará, que este sea responsable del resguardo de su integridad personal y corporal; encontrándose obligado a capacitar a su personal, siempre que las actividades a desempeñar sean de mayor complejidad y por su peligrosidad, como en el caso de autos. (…). Leer más

Tres requisitos para que la intimidación vicie el consentimiento y produzca la anulación de un contrato laboral

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Al heredero preterido debe declarársele heredero y ordenar que concurra en la masa hereditaria

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Al heredero al que se le ha preterido su derecho a la herencia respecto de su causante debe declarársele heredero y ordenar que concurra en la masa hereditaria del causante conjuntamente con los coherederos demandados (cfr., artículos 660 y 664 del Código Civil). Así resuelve la Corte Suprema (CS) este caso donde el argumento central de la parte demandada recurrente es que «la sala de mérito ha actuado dolosamente al declarar a los demandantes como herederos, aun cuando no han planteado vía acumulación la declaratoria de herederos; lo que configura la inaplicación del segundo párrafo del artículo 664 del Código Civil; sin embargo, conforme a lo señalado por el Ad quem (…) de la sentencia impugnada, los demandantes solicitaron además de la petición de herencia, que se les declare herederos de su causante (…), motivo por los cuales amparó la demanda de petición de herencia y declaración de herederos, y en consecuencia, se declaró: que (…) son herederos universales en condición de hijos del causante (…), debiendo concurrir conjuntamente con los demandados (…) sobre toda la masa hereditaria del causante, en la proporción de ley; por tanto, la infracción analizada no puede prosperar (…). Leer más

Ante la duda razonable y la carga de la prueba, la Suprema recuerda los cinco métodos de valoración aduanera

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El valor en aduana de las mercancías importadas se determinará de acuerdo con los métodos de valoración establecidos en el Acuerdo del Valor de la OMC, los que se aplicarán en forma sucesiva y excluyente en el siguiente orden:
Primer método: Valor de Transacción de las Mercancías Importadas, definido y normado por lo dispuesto en los artículos 1°, 8° y 15 del Acuerdo del Valor de la OMC y sus notas interpretativas.
Segundo método: Valor de Transacción de Mercancías Idénticas, definido y normado por lo dispuesto en los artículos 2° y 15 del Acuerdo del Valor de la OMC y sus notas interpretativas.
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Constancias de posesión y reconocimiento municipales en favor de un asentamiento humano no son títulos que autoricen o justifiquen la posesión

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Porque solo se refieren a la verificación de la posesión de hecho existente sobre el inmueble, más aún si en las propias constancias de posesión se deja constancia de que no constituyen reconocimiento alguno que afecte el derecho de propiedad de su titular. Según la Corte Suprema (CS), «la sala superior correctamente ha determinado que la posesión de la demandada se ejerce sin título justificante, ya sea producto de algún acto jurídico o disposición normativa; que le permita seguir en la posesión del inmueble, debido a que si bien cuenta con constancias de posesión y documentos que acreditan que es integrante del Asentamiento Humano (…) Leer más

Qué entidad autoriza la extracción de materiales de construcción del cauce de un río

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El TC declara parcialmente inconstitucional la ordenanza de Miraflores sobre la suspensión del inicio de obras en tanto el MVCS emita un pronunciamiento sobre la nulidad del informe técnico

Tribunal Constitucional | Jurisprudencia. El Tribunal Constitucional (TC) declaró fundada en parte la demanda de inconstitucionalidad interpuesta por la Defensoría del Pueblo contra los artículos 2°, 3° y 4° de la Ordenanza Municipal 610-MM, que dispone medidas complementarias para la evaluación de expediente de obras privadas con informe técnico favorable emitido por revisores urbanos, expedida por la Municipalidad Distrital de Miraflores. Según la sentencia recaída en el Expediente N.° 00001-2024-PI-TC, es inconstitucional (a) el siguiente extremo del artículo tercero de la mencionada ordenanza, referida a lo siguiente: «(…) y, en forma paralela, se emita el acto administrativo correspondiente, suspendiendo la efectividad y ejecutoriedad del mismo como licencia, hasta que el ministerio se pronuncie mediante resolución firme respecto del pedido de nulidad (…)» (sic). También resulta inconstitucional el artículo 4° de la ordenanza referido a la suspensión del inicio de obras. A decir del máximo tribunal, la suspensión del inicio de obras en tanto el Ministerio de Vivienda Construcción y Saneamiento (MVCS) emita un pronunciamiento sobre el pedido de nulidad del informe técnico favorable constituye un exceso en el ejercicio de las competencias municipales, en la medida en que no se advierte la existencia de una habilitación legal expresa, contemplada en la normativa especial aplicable, que habilite a la municipalidad demandada a determinar la suspensión hasta que el MVCS resuelva el pedido. Leer más

El certificado de origen tendrá una validez de ciento ochenta días calendario

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Queda protegido el tercero de buena fe aunque se haya adquirido el bien con infracción del artículo 115 de la Ley General de Sociedades

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  Sobre la interpretación del inciso 5, del artículo 115 de la Ley N.° 26887, Ley General de Sociedades, la Corte Suprema (CS) confirma que, en el caso, el juez entiende que «es una norma de carácter imperativo, y por ello, pasa a analizar si efectivamente el valor contable del bien enajenado excedió el 50 % del capital de Importaciones (…) de forma que para disponer del inmueble sub litis, debió contar con la aprobación de su Junta General de Accionistas, para establecer si efectivamente se infringió el artículo 115, inciso 5, de la Ley General de Sociedades. Para tal efecto, señala que en el asiento 38 de la partida (…), consta que el capital social de Importaciones (…), al 27 de enero de 1999, en que celebró el contrato compraventa con (…), ascendía a S/ 1 078 411,00, cuyo 50 % equivalía a S/ 539 205,50. Y el valor contable del sub lote 15-A, conjuntamente con sus equipos y maquinarias, según el informe contable practicado en autos, su valor ascendía a S/ 596 602,75; concluyendo que el valor contable del bien sub litis excedió el 50 % del capital de Importaciones (…), por lo que se requería para su venta, de la aprobación en Junta General de Accionistas (…) Leer más