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CCLXXVI Pleno Registral: es nula la resolución emitida por el Tribunal Registral si se omitió citar al informe oral solicitado oportunamente por el apelante

Este pasado miércoles 23 de agosto del 2023, el Tribunal Registral cumplió con oficializar el precedente de observancia obligatoria aprobado en sesión extraordinaria del Ducentésimo Septuagésimo Sexto (276) Pleno del Tribunal Registral, modalidad virtual, realizada el día 10 de agosto del 2023: «Nulidad de resolución del Tribunal Registral. Corresponde declarar la nulidad de la resolución emitida por el Tribunal Registral cuando se omitió citar al informe oral solicitado oportunamente por el apelante. Tratándose de la tacha especial es aplicable el criterio establecido en el párrafo precedente siempre que se haya solicitado el informe oral antes de expedida la resolución» (sic). Leer más

¿Cómo trata y define los aleros el Reglamento Nacional de Edificaciones?

Tribunal Registral | Propiedad Inmueble. Según el Tribunal Registral (TR), para verificar la concordancia de las áreas obrantes en el título, la medida de los aleros debe encontrarse detallada por pisos, a efectos de verificar el área ocupada de cada piso. Con lo señalado en el Reglamento Nacional de Edificaciones (RNE), aprobado por el Decreto Supremo N.° 011-2006-Vivienda, el Tribunal Registral reitera que «el área ocupada de los distintos niveles de una edificación no podrá ser superior al área del terreno, salvo que exista alero externo del área techada en cuyo caso se incrementa en dicha área. El término ‘alero’, de acuerdo con el RNE, es el elemento que sobresale de un muro o soporte estructural o decorativo que forma parte del techo de una edificación. Asimismo, de acuerdo al diccionario de la Real Academia de la Lengua Española, el término proyección es definido como: ‘La que resulta de trazar todas las líneas proyectantes perpendiculares a un plano’. Concordando las definiciones expuestas anteriormente, será área techada todo lo que se encuentre dentro de la proyección del techo sobre el plano del piso. Leer más

La «Mesa de Ayuda Notarial» estará disponible en la Plataforma de Servicios Institucionales (PSI) de la Sunarp

A su turno, el artículo 5° de la Resolución del Superintendente Nacional de los Registros Públicos N.° 064-2020-Sunarp-SN dispuso que la Oficina de Tecnologías de la Información implemente una «Mesa de Ayuda Notarial» para brindar el soporte técnico a los despachos notariales que accedan al Sistema de Intermediación Digital de la Sunarp (SID-Sunarp), en el marco de la presentación de los títulos con firma digital. Leer más

Se pueden registrar las unidades inmobiliarias que conforman un sitio recreacional tipo club, pero la propiedad del terreno es de todos los socios

Tribunal Registral | Propiedad Inmueble. Con el ya derogado Reglamento Nacional de Construcciones, el Tribunal Registral (TR) sentenció que, «en las habilitaciones para uso recreacional con vivienda tipo club, el condominio sobre la propiedad del terreno le corresponde a todos los socios, el mismo que si bien se puede individualizar en el registro las unidades inmobiliarias que la conforman, dicha situación no determina que el terreno sobre el que recaen deje de ser común. Sin perjuicio de lo expuesto, las habilitaciones para uso de vivienda tipo vacacional también se encuentran comprendidas bajo los alcances de la Ley N.° 27157 y su reglamento» (sic). A lo largo de su resolución la instancia señala que, en nuestro ordenamiento jurídico, «la propiedad horizontal regulada primigeniamente por Decreto Ley N.° 22112 y su reglamento, Decreto Supremo N.° 019-78-VC, y que actualmente se denomina Régimen de Propiedad Exclusiva y Propiedad Común está regulada por la Ley N.° 27157 y demás normas complementarias como el régimen jurídico que supone la existencia de una edificación o conjunto de edificaciones integradas por secciones inmobiliarias de dominio exclusivo, pertenecientes a distintos propietarios, y bienes y servicios de dominio común contando con un reglamento interno y una junta de propietarios (…). También el Decreto Supremo N.° 011-2006-Vivienda aprobó sesenta y seis normas técnicas del Reglamento Nacional de Edificaciones – RNE. La norma TH.010 está referida a las habilitaciones residenciales y específicamente el Capítulo IV de dicha norma reguló lo referido a las habilitaciones para uso de vivienda tipo club, temporal o vacacional. El artículo II.I.23, norma TH.10 del RNE la definió como ‘(…) habilitaciones residenciales conformadas por una o más viviendas agrupadas en condominio con áreas recreativas y sociales de uso común (…)’. Leer más

Un gerente general tiene facultades para suscribir escrituras públicas de cesión de derechos a título gratuito

Tribunal Registral | Mandatos y poderes. «El gerente general se encuentra facultado para realizar todo tipo de actos de administración y disposición, con excepción de los asuntos que la ley, el estatuto o acuerdos de la junta general o directorio atribuyan a la junta general u otro órgano o excluyan expresamente de su competencia». Así lo recuerda el Tribunal Registral (TR) en esta nueva decisión que se ampara en los artículos 14 y 188 (modificados por el Decreto Legislativo N° 1332) de la Ley General de Sociedades (Ley N.° 26887), que prescriben que es atribución del gerente general celebrar y ejecutar los actos y contratos ordinarios correspondientes al objeto social, salvo disposición distinta del estatuto o acuerdo expreso de la junta general. La jurisprudencia registral ya ha establecido reiteradamente que forman parte del objeto social los actos relacionados que coadyuvan a la realización de sus fines, aunque no estén expresamente indicados en el pacto social o en el estatuto. Estos actos son innumerables y no se requiere indicación expresa. Sobre esto, el precedente de observancia obligatoria aprobado en el XC Pleno del Tribunal Registral estableció lo siguiente: «El gerente general se encuentra facultado para realizar todo tipo de actos de administración y disposición, con excepción de los asuntos que la ley, el estatuto o acuerdos de la junta general o directorio atribuyan a la junta general u otro órgano o excluyan expresamente de su competencia. No es materia de calificación registral si el acto realizado por el gerente general es ordinario o extraordinario, o si se encuentra o no dentro del objeto social» (sic). Leer más

Nueva directiva de la Sunarp para atender denuncias sobre presuntos actos de corrupción y solicitudes de medidas de protección al denunciante

A su tiempo, el Decreto Supremo N.° 092-2017-PCM aprobó la Política Nacional de Integridad y Lucha contra la Corrupción. Luego, mediante el Decreto Legislativo N.° 1327 y su reglamento, aprobado por el Decreto Supremo N.° 010-2017-JUS, se establecieron los procedimientos y mecanismos para facilitar e incentivar las denuncias de buena fe por actos de corrupción y sancionar las denuncias realizadas de mala fe. Leer más

El Tribunal Registral explica cuándo procede inscribir una delegación de poderes

Tribunal Registral | Propiedad Inmueble. A juicio del Tribunal Registral (TR), el Código Civil únicamente exige la autorización expresa para la sustitución del poder; por ello, dicha limitación no puede aplicarse analógicamente para la delegación de facultades, de conformidad con el Artículo IV del Título Preliminar del Código Civil, pues se trata de una norma restrictiva de derechos. Así, explica la instancia administrativa, «sólo en el caso de facultades procesales se requiere de autorización expresa tanto para delegar cómo sustituir el poder, porque así lo establece expresamente el Código Procesal Civil» (sic). Además, ya que en la sustitución el representante se aparta total o parcialmente de la relación representativa, se requiere que esté autorizado expresamente por el representado, tal como lo dispone el artículo 157 del Código Civil. Leer más

La posesión no es pasible de compraventa | Actos o títulos referentes a la sola posesión no son inscribibles

Tribunal Registral | Propiedad Inmueble. Con el artículo 2021 del Código Civil, el Tribunal Registral (TR) explica que los actos o títulos referentes a la sola posesión no son inscribibles. «Sin embargo, si del título se desprenden otros elementos referidos a un acto inscribible, debe disponerse la observación del título para su aclaración por las partes intervinientes» (sic). En el caso, la recurrente argumentó en su escrito impugnatorio que el inciso 1 del artículo 2019 del Código Civil establece que sí es posible inscribir la posesión, pues es «un derecho real y, según este dispositivo legal, son inscribibles los actos y contratos que constituyen, declaren, transmitan, etc. derechos reales sobre predios» (sic). Leer más

Ética para avanzar | Se oficializa el nuevo Código de Ética y Conducta de la Sunarp

Con esta resolución se oficializa el «Código de ética y conducta del servidor público de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos». Este documento normativo tiene tres propósitos, (a) establece los objetivos, finalidad, alcance, base legal, definiciones, responsabilidades y valores institucionales; b) determina los principios de comportamiento, deberes y prohibiciones éticas que rigen la función pública de los servidores públicos y (c) describe las conductas específicas de comportamiento esperado de los servidores públicos en el contexto y situaciones particulares de la entidad y en relación con los valores de la organización. Con esta disposición se deroga, también, el «Código de ética de los/las servidores/as de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos», aprobado por la Resolución N.° 173-2020-Sunarp/SN. [Sunarp, R. 098-2023-Sunarp-SN, 27/05/2023] Leer más

Inscripción de una compraventa | ¿Se presenta al registro toda la documentación citada como antecedentes en la escritura pública?

Ya soy suscriptor y quiero leer el artículo:
Tribunal Registral | Propiedad Inmueble. El Tribunal Registral (TR) confirma que, «tratándose de una compraventa, no corresponde exigir la presentación de los documentos citados como antecedentes en la escritura pública, siempre que en el instrumento que se presenta estén contenidos todos los elementos esenciales que requiere el contrato de compraventa para su acceso al registro» (sic). Este criterio de la instancia registral confirma lo expresado mediante las resoluciones números 3270-2022-Sunarp-TR, 353-2018-Sunarp-TR-L y 287-2017-Sunarp-L, entre otras. Leer más