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Independización con cambio de titularidad | La anotación de actos de saneamiento es inviable en la partida del Registro de Áreas Naturales Protegidas

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Tribunal Registral | Propiedad Inmueble. Tal como resolvió el Tribunal Registral, «[n]o procede la anotación de actos de saneamiento como la independización con cambio de titularidad, al amparo del D. S. N.° 008-2021-Vivienda en partida registral del Registro de Áreas Naturales Protegidas» (sic). Para la instancia administrativa, «conforme a lo previsto por el artículo 1° de la Ley N.° 26834 –Ley de Áreas Naturales Protegidas–, las Áreas Naturales Protegidas (ANP) son los espacios continentales y/o marinos del territorio nacional, expresamente reconocidos y declarados como tales, incluyendo sus categorías y zonificaciones, para conservar la diversidad biológica y demás valores asociados de interés cultural, paisajístico y científico, así como por su contribución al desarrollo sostenible del país. Agrega la norma que las áreas naturales protegidas constituyen patrimonio de la Nación y que su condición natural debe ser mantenida a perpetuidad pudiendo permitirse el uso regulado del área y el aprovechamiento de recursos, o determinarse la restricción de los usos directos. De acuerdo al artículo 22 de la citada ley, son categorías de las áreas naturales protegidas las siguientes: a) parques nacionales, b) santuarios nacionales, c) santuarios históricos, d) reservas paisajísticas, e) refugios de vida silvestre, f) reservas nacionales, g) reservas comunales, h) bosque de protección e i) cotos de caza. La categoría reserva nacional implica la existencia de áreas destinadas a la conservación de la diversidad biológica y la utilización sostenible de los recursos de flora y fauna silvestre, acuática o terrestre. En ellas se permite el aprovechamiento comercial de los recursos naturales bajo planes de manejo, aprobados, supervisados y controlados por la autoridad nacional competente» (sic). (V. P. Nora Mariella Aldana Durán) [TR, R. 5088-2022-Sunarp-TR, 23/12/2022] Leer más

La Sunarp actualiza el Reglamento del Tribunal Registral (V.02)

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La Resolución N.° 210-2022-Sunarp/GG aprobó la Directiva DI-002-2022-UOM-OPPM, denominada «Directiva que regula la emisión de los documentos normativos de la Sunarp», este documento normativo establece las disposiciones para formular, aprobar, emitir, revisar, actualizar y derogar los documentos normativos de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos (Sunarp) que, bajo este marco, oficializa la actualización del Reglamento del Tribunal Registral (V.02), aprobado con la Resolución N.° 065-2016-Sunarp/SN y sus modificatorias. [Sunarp, R. 163-2022-Sunarp/SN, 16/12/2022] Leer más

Las reglas del redondeo rigen perfectamente en la sumatoria de cuotas ideales representadas por números con decimales

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Tribunal Registral | Propiedad Inmueble. En el presente caso, se solicita la inscripción de la donación de cuotas ideales sobre el predio inscrito. El registrador a cargo de la calificación observó el título y señaló que, revisada la escritura pública de donación, se desprende que cada donante adquiere una cuota del 14,2857 % del predio, cuotas que multiplicadas por siete resultan en 99,9999 % y no el 100 %, y que esta situación tendrá que ser aclarada a través de otra escritura pública, con la comparecencia de todas las partes intervinientes en el contrato. El Tribunal Registral (TR), por su parte, da por cierta la observación del registrador; no obstante, señala «de la comparación de dichos porcentajes, se aprecia que se ha aplicado las reglas de redondeo (reglas que nuestro ordenamiento recoge, por ejemplo, para las obligaciones tributarias). Redondear un número quiere decir reducir el número de cifras manteniendo un valor parecido. En otras palabras, redondear es el proceso mediante el cual se eliminan decimales poco significativos a un número decimal» (sic). Las reglas del redondeo se aplican al decimal situado en la siguiente posición al número de decimales que se quiere transformar. Si el dígito es menor que cinco el anterior no se modifica. Si el siguiente decimal es mayor o igual que cinco, el anterior se incrementa en una unidad. Leer más

Es improcedente la inscripción del nombramiento de curadores de una persona con discapacidad o con deterioro mental que dicte un juez extranjero

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«La curatela es una institución jurídica que no es aplicable a una persona con discapacidad o con deterioro mental en el Perú, por lo que no procede inscribir la resolución judicial extranjera por la cual se nombran curadores de una persona que presenta dicha condición. Sin embargo, en ese caso corresponderá al órgano jurisdiccional peruano evaluar si procede o no reconocer la resolución judicial emitida en el extranjero, y ordenar su inscripción, considerando los elementos internacionales que se presentan» (sic). Así resolvió este caso el Tribunal Registral (TR), donde recordó que, además, a la fecha, en el Perú, «rige la figura jurídica de los ‘apoyos’ que consiste en la designación de una persona natural, jurídica, institución benéfica que asiste a una persona natural con discapacidad para facilitar el ejercicio de sus derechos y garantizar el ejercicio de su capacidad jurídica, que se caracterizan porque no sustituyen o reemplazan a la persona que nombre el apoyo sino que lo ayudan a tomar sus decisiones. Leer más

No es necesario que el testamento que instituye herederos describa todos los bienes que conforman la herencia

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Se vulnera el principio de especialidad si se traslada la inscripción de la declaración de heredero de un causante a la partida de otro causante

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Iniciar o interponer una demanda de petición de herencia y declaratoria de herederos exige probar el entroncamiento familiar con el causante

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A juicio de la Corte Suprema (CS), «lo que previamente deben realizar al iniciar o interponer una demanda de petición de herencia y declaratoria de herederos de su madre, justamente es un proceso de rectificación de partida en el extremo correspondiente al nombre completo de su madre, no al nombre de los demandantes, ya que si estas partes alegan ser herederos de la causante mínimamente en sus partidas debe figurar el nombre completo y correcto de quien alegan es su madre y causante, acreditando el vínculo filial». En otras palabras, quien pretenda iniciar una acción de petición de herencia tiene como premisa que quien lo inicia ya fue declarado o reconocido judicialmente como heredero, y en caso no haya ocurrido ello, la norma permite que en el proceso que pretenda a petición de herencia también se dilucide si el demandante debe ser declarado heredero, y por tanto, concurrir a la masa hereditaria del causante o excluir a quien no tiene derecho alguno sobre aquella, pero se encuentra en posesión de los bienes que la conforman. Leer más

registro, inscripción

No todo se registra | La inhibición de la inscripción de la adjudicación no es inscribible

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Tribunal Registral | Propiedad Inmueble. En el presente caso, el interesado solicita al Registro que se inhiba de inscribir la adjudicación del predio inscrito, proveniente del remate realizado por el Grupo Coril Sociedad Titularizadora SA, quien es titular del dominio fiduciario del predio. Según alega, «no se le ha permitido ejercer en el procedimiento de remate lo señalado en el numeral 7 del Anexo 6 del acto constitutivo del fideicomiso CR, no concediéndole una oportunidad para adquirir su propio inmueble, hecho que ha transgredido su derecho». Así ordenadas las cosas, el Tribunal Registral cita la Ley N.º 303131, que regula la oposición en el procedimiento de inscripción registral en trámite, para recordar que la oposición a la inscripción solo se realiza en los supuestos de suplantación de identidad o falsificación de documentos y los legitimados para hacerla son el cónsul, notario, juez, árbitro o funcionario público ante quién se otorgó el acto. Leer más

Los aspectos calificables del contrato de arrendamiento

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Expone el Tribunal Registral (TR), solo son aspectos calificables del contrato de arrendamiento aquellos que contengan datos que se expresen en el asiento de inscripción, los que constituyen datos relevantes para el conocimiento de terceros, por lo que no son materia de calificación las condiciones contractuales que solo interesen a las partes y no afecten la validez del negocio jurídico. Al resolver este caso, la instancia registral determina que, «en lo relativo al plazo de vigencia del contrato de arrendamiento, señala el artículo 1687 del Código Civil que puede ser de duración determinada o indeterminada, precisándose en el artículo siguiente que el arrendamiento de duración determinada no puede exceder de diez años, salvo que el bien pertenezca a entidades públicas o a incapaces, en cuyo caso no puede exceder de seis años. Agrega la norma que todo plazo o prórroga que exceda los términos señalados se entienden reducidos a los plazos máximos. Leer más

El registro no cumple un rol fiscalizador | La habilitación urbana aprobada por la municipalidad se inscribe, aunque afecte la vía pública

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Tribunal Registral | Propiedad Inmueble. La duda que resuelve el Tribunal Registral (TR) en este caso fue la siguiente: ¿si existe afectación a vía pública en el planteamiento de la habilitación urbana ejecutada, esto constituye obstáculo para la inscripción? Según la instancia administrativa, la aprobación por parte de la municipalidad de la regularización de habilitación urbana ejecutada tiene la calidad de acto administrativo, pues forma parte de su exclusiva competencia. Así, si la autoridad municipal aprobó dicha habilitación, que se refleja en la emisión de la respectiva resolución municipal, visado de planos y la memoria descriptiva del predio, entonces, significa que concluyó que no se afectan los bienes de dominio público que se hallan bajo su administración, como son las vías de circulación. Sin embargo, es la municipalidad el órgano competente para planificar el desarrollo urbano de sus circunscripciones, verificar el cumplimiento del plan de ordenamiento territorial de su sector, aprobar las habilitaciones en función del cumplimiento de las normas técnicas y legales pertinentes y autorizar o no, de ese modo, las solicitudes presentadas. Leer más