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Comas ya tiene un programa de vigilancia y monitoreo de la contaminación sonora para el 2025

Con este decreto de alcaldía se oficializó el «Programa de Vigilancia y Monitoreo de la Contaminación Sonora de la Municipalidad Distrital de Comas 2025». El plan busca desarrollar efectivamente las acciones de vigilancia y monitoreo de la contaminación sonora en el ámbito local, orientadas a verificar el cumplimiento de los Estándares de Calidad Ambiental para Ruido; con el fin de mejorar la calidad de vida de la población del distrito. Para ello, propone tres (03) objetivos específicos: «1) Ejecutar la supervisión y control de los niveles de presión sonora generados por las actividades comerciales, de servicios y domésticos, de competencia municipal; en el horario diurno y nocturno; 2) Determinar y evaluar los niveles de ruido generados por el parque automotor que circula en la red vial del distrito de Comas; 3) Identificar las zonas críticas de contaminación sonora en el distrito de Comas, en horario diurno y nocturno» (sic). [MDC, D. de Alc. 02-2025-AL-MDC, 21/03/2025] Leer más

Multa grave | Lima corrige la ordenanza que prohíbe el uso de inmuebles como depósitos en el Centro Histórico

Mediante la publicación de esta fe de erratas de la Ordenanza N.° 2711, Ordenanza que dispone la intangibilidad del Centro Histórico de Lima para el desarrollo de actividades de almacenamiento y depósitos y ordena su erradicación, publicada el día 15 de marzo del 2025; la Municipalidad Metropolitana de Lima (MML) precisa que la infracción por transportar mercadería dentro del Centro Histórico en vías no autorizadas, en vehículos que excedan 6,5 toneladas de pase (no paso) bruto vehicular, se castigará con 4 UIT e internamiento temporal del vehículo y decomiso de la mercadería. [MML, Fe de Erratas – Ord. 2711, 21/03/2025] Leer más

Anuncios de marketing | Lima dispone el reordenamiento de la publicidad exterior en bienes de dominio público

Con esta decreto de alcaldía, la Municipalidad Metropolitana de Lima (MML) dispuso medidas de reordenamiento para los elementos de publicidad exterior existentes en bienes de dominio público (espacios públicos –alamedas, parques, plazas, paseos, malecones, intercambios viales, puentes y túneles–, vías metropolitanas –expresas, arteriales, colectoras y sus derechos de vía y aires– o áreas o infraestructura concesionada por Lima Metropolitana, o ubicados en propiedad privada que sobrevuelen los mencionados espacios públicos), a excepción de las vías locales del Cercado de Lima. La norma municipal también aprobó el formato de Declaración jurada de elementos de publicidad exterior existentes en bienes de dominio público, a excepción de las vías locales del Cercado de Lima. También se extiende el plazo establecido en el artículo segundo del Decreto de Alcaldía N.° 001, del 8 de enero del 2025, hasta el 30 de abril del 2025, para que los titulares de elementos de publicidad exterior existentes en bienes de dominio público, a excepción de las vías locales del Cercado de Lima, se sujeten a las medidas de reordenamiento. [MML, D. de Alc. 002, 20/03/2025] Leer más

Amazonas, Áncash, Apurímac… | Tercera convocatoria del año para otorgar 197 bonos de arrendamiento

El Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento (MVCS) oficializó la tercera convocatoria del año 2025 para el otorgamiento de ciento noventa y siete (197) bonos de arrendamiento de vivienda para emergencias dirigida a igual número de potenciales beneficiarios constituidos por los damnificados con viviendas colapsadas o inhabitables, ante intensas precipitaciones pluviales, ubicadas en varios distritos de algunas provincias de los departamentos de Amazonas, Áncash, Apurímac, Cajamarca, Huánuco, Ica y Tumbes, en el marco de los estados de emergencia declarados por los decretos supremos números 007-2025-PCM, 021-2025-PCM y 024-2025-PCM. En la presente convocatoria se dispone, entre otras condiciones, las siguientes: (a) el valor del bono de arrendamiento de vivienda para emergencias es de S/ 500,00 y se otorga con periodicidad mensual por el plazo máximo de hasta dos años; (b) la relación de potenciales beneficiarios se publicará al día siguiente de la publicación de la presente resolución ministerial. [MVCS, R. M. 082-2025-Vivienda, 19/03/2025] Leer más

Vivienda proyecta las disposiciones para elegir al director de las EPS de agua potable y saneamiento de accionariado municipal

En la edición extraordinaria de la separata de normas legales del diario oficial el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento (MVCS) dispone la publicación del proyecto de resolución ministerial que aprueba las «Disposiciones para la elección, designación y conclusión del cargo de director, titular y suplente, de las empresas prestadoras de servicios de agua potable y saneamiento públicas de accionariado municipal», del texto de las citadas disposiciones y de sus anexos, en su sede digital (www.gob.pe/vivienda), a efectos de recibir los comentarios, aportes u opiniones de la ciudadanía, dentro del plazo de quince (15) días calendario contados desde el 19 de marzo del 2025. Será la Dirección de Saneamiento de la Dirección General de Políticas y Regulación en Construcción y Saneamiento, la dependencia encargada de la recepción, sistematización y análisis de los comentarios, aportes u opiniones que se presenten respecto del proyecto normativo señalado, a través de la sede digital ministerial, en el siguiente enlace: «Proyecto de disposiciones para la elección, designación y conclusión del cargo de director, titular y suplente, de las empresas prestadoras de servicios de agua potable y saneamiento públicas de accionariado municipal«. [MVCS, R. M. 078-2025-Vivienda, 17/03/2025] Leer más

Ante informes discrepantes presentados por las partes, el Indecopi puede optar por los de la municipalidad para castigar a la inmobiliaria

Jurisprudencia | Indecopi. En este caso, el señor Abel denunció a la inmobiliaria por presunta infracción de la Ley N.° 29571, Código de Protección y Defensa del Consumidor, porque (i) las dimensiones de las vigas no cumplirían con el predimensionamiento que establecen las normas E 060 y E 030 del Reglamento Nacional de Edificaciones y porque (ii) las columnas tampoco cumplirían con el predimensionamiento que establece la norma E 060 (falla por cortante, falla por flexión y falla por agotamiento) del reglamento citado. La Comisión del Indecopi declaró fundada la denuncia interpuesta contra la inmobiliaria, al considerar que el informe técnico presentado por el denunciante evidenció el defecto estructural en las vigas del inmueble que, además, concluyó que estas no habían cumplido con la evaluación estructural de sismo resistencia. La inmobiliaria escoltó su recurso de apelación con informes técnicos de parte. Así, la Sala del Indecopi, como segunda instancia, advierte que cada informe técnico ingresado brinda una conclusión a favor de la parte que lo presenta, «por lo que, en efecto, resultaría necesario la opinión profesional de un tercero para determinar la veracidad de dichos estudios, así como la existencia o no de las fallas estructurales denunciadas en el presente caso (…). Leer más

Modificación al TUSNE | Surco autorizará el uso temporal de la vía pública para fines comerciales

Se modificó el Texto Único de Servicios No Exclusivos (TUSNE) de la Municipalidad Distrital de Santiago de Surco (MDSS), para actualizar seis (06) tarifas de servicios no exclusivos vigentes e incorporar un nuevo (01) servicio no exclusivo de la Subgerencia Comercialización y Anuncios e Inspecciones Técnicas de Seguridad en Edificaciones. El nuevo servicio incorporado, «Autorización para uso temporal de la vía pública para fines comerciales», obedece a una necesidad del mercado e iniciativa privada y va en línea con las funciones de los gobiernos locales que buscan promover el desarrollo económico local, con incidencia en el desarrollo y/o emprendimiento empresarial. Leer más

Modifican varios reglamentos | El seguro de desgravamen solo será obligatorio en créditos hipotecarios para vivienda

La Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones (SBS) estableció que el seguro de desgravamen dejará de ser una condición exigible para productos financieros como préstamos vehiculares, personales y tarjetas de crédito. La medida, adoptada a través de la Resolución SBS N.° 00890-2025, busca garantizar una mayor transparencia y flexibilidad en la contratación de productos financieros para permitir a los usuarios decidir si desean adquirir este tipo de seguro o no. Como los cambios en la aplicación del seguro de desgravamen entrarán en vigencia a partir de septiembre; en tanto, se pondrá en marcha un proceso de adecuación por parte de las entidades administradas, como bancos y cajas municipales. La resolución modifica varios reglamentos, incluido el Reglamento de Gestión de Conducta de Mercado del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros, así como disposiciones relacionadas con comisiones y gastos aplicados por las empresas del sistema financiero. De acuerdo con la SBS, esta decisión responde a la necesidad de alinear las prácticas locales con estándares internacionales, donde el seguro de desgravamen es obligatorio únicamente para créditos hipotecarios destinados a la vivienda. [SBS, R. 00890-2025-SBS, 12/03/2025] Leer más

Separata Especial: Cultura modifica el reglamento de intervenciones arqueológicas

Con la publicación de un decreto supremo en una Separata Especial del Diario Oficial «El Peruano», el Ministerio de Cultura (Cultura) modifica el Reglamento de Intervenciones Arqueológicas, aprobado por el Decreto Supremo N.° 011-2022-MC, a fin de asegurar la debida implementación del Diagnóstico Arqueológico de Superficie (DAS) creado por el Decreto Legislativo N.° 1680, Decreto legislativo que establece el Diagnostico Arqueológico de Superficie. De esta manera, por ejemplo, se cambia la denominación del Título II «Certificado de Inexistencia de Restos arqueológicos en Superficie CIRAS» por la siguiente «De la evaluación arqueológica de superficie»; además, se modifican los artículos V (Definiciones), 1° (Generalidades), 11 (Dirección y participación), 23 (Autorización para la ejecución de un Proyecto de Evaluación Arqueológica – PEA), 24 (Informe de resultados), 25 (Autorización para la ejecución de un Proyecto de Rescate Arqueológico – PRA), 27 (Autorización para la ejecución de un Plan de Monitoreo Arqueológico – PMAR), 28 (Acciones en caso de hallazgos) y 34 (Requisitos) del Reglamento de Intervenciones Arqueológicas, aprobado por el Decreto Supremo N.° 011-2022-MC. En un plazo de sesenta (60) días hábiles contados desde la entrada en vigencia del presente decreto supremo, el Ministerio de Cultura deberá aprobar, mediante decreto supremo el Texto Único Ordenado del Reglamento de Intervenciones Arqueológicas. [Cultura, D. S. 004-2025-MC, 12/03/2025] Leer más

¿Qué puede incorporar una municipalidad en la resolución de licencia de edificación?

Opinión vinculante | Vivienda. En el año 2019, la autoridad nacional determinó que las municipalidades no pueden incorporar en la resolución de licencia de edificación aspectos no considerados en los dictámenes de las comisiones técnicas, pues ellas revisan los aspectos técnicos del proyecto y no lo referido al cumplimiento de algún requisito establecido en la Ley N.° 29090 y en el Reglamento de Licencias de Habilitación Urbana y Licencias de Edificación. Así, explica la autoridad, no es función de la comisión técnica evaluar aspectos y/o requisitos referidos al procedimiento que regula la Ley N.° 29090 y el citado reglamento; por el contrario, el cumplimiento de estos requisitos los tendrá que verificar u observar la municipalidad al ingreso y recepción del expediente del proyecto materia de evaluación. Leer más