Anuncios de marketing | Lima dispone el reordenamiento de la publicidad exterior en bienes de dominio público

Con esta decreto de alcaldía, la Municipalidad Metropolitana de Lima (MML) dispuso medidas de reordenamiento para los elementos de publicidad exterior existentes en bienes de dominio público (espacios públicos –alamedas, parques, plazas, paseos, malecones, intercambios viales, puentes y túneles–, vías metropolitanas –expresas, arteriales, colectoras y sus derechos de vía y aires– o áreas o infraestructura concesionada por Lima Metropolitana, o ubicados en propiedad privada que sobrevuelen los mencionados espacios públicos), a excepción de las vías locales del Cercado de Lima. La norma municipal también aprobó el formato de Declaración jurada de elementos de publicidad exterior existentes en bienes de dominio público, a excepción de las vías locales del Cercado de Lima. También se extiende el plazo establecido en el artículo segundo del Decreto de Alcaldía N.° 001, del 8 de enero del 2025, hasta el 30 de abril del 2025, para que los titulares de elementos de publicidad exterior existentes en bienes de dominio público, a excepción de las vías locales del Cercado de Lima, se sujeten a las medidas de reordenamiento. [MML, D. de Alc. 002, 20/03/2025]

Ficha legal de la noticia:

Sumilla y ubicación oficial de la norma:

Aprueban medidas de reordenamiento para los elementos de publicidad exterior existentes en bienes de dominio público, a excepción de las vías locales del Cercado de Lima

Separata de Normas Legales, Diario Oficial «El Peruano», Año XLII, N.° 18479.

Entidad: Municipalidad Metropolitana de Lima (MML).

Modificaciones, adecuaciones, incorporaciones, prórrogas, suspensiones, ratificaciones, barreras burocráticas ilegales: ninguna.

Derogaciones: ninguna.

Vigencia o situación legal de la norma: entra en vigencia a partir del 21 de marzo del 2025.

Fe de erratas: ninguna.

Valores agregados LEX:

Concordancias y antecedentes:

* Decreto de Alcaldía N.° 001, que dispone que los titulares de los elementos de publicidad exterior que no cuenten con autorización y se encuentren ubicados o sobrevuelen las vías expresas arteriales y colectoras que conforman el Sistema Vial Metropolitano así como en los espacios públicos de administración de la Municipalidad Metropolitana de Lima realicen las gestiones pertinentes para la formalización de las obligaciones previstas en la Ordenanza N° 2682 para el periodo 2025.

Información relacionada:

+ Campañas de mercadeo a la vista | Lima regula la ubicación de elementos de publicidad exterior. [MML, Ord. 2682, 19/12/2024]

+ Municipalidades no pueden imponer plazos de vigencia sobre las autorizaciones de publicidad exterior de tipo monumentales, unipolares o vallas publicitarias. [Indecopi, R. 0989-2023-CEB-Indecopi, 2/06/2024]

0 comentarios

Dejar un comentario

¿Quieres unirte a la conversación?
Siéntete libre de contribuir!

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

This site uses Akismet to reduce spam. Learn how your comment data is processed.