Más plazo para revisar los detalles del caso | Los recursos de reconsideración se resolverán en 30 días hábiles
El día 30 de agosto del 2024, el Poder Ejecutivo publicó el Decreto Legislativo N.° 1633, que amplía el plazo para la resolución de los recursos de reconsideración interpuestos por los administrados en los procedimientos administrativos de instancia única. La norma, de este modo, modifica el numeral 207.2 del artículo 207 de la Ley N.° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General (LPAG), al ampliar el plazo inicial (15 días) hasta 30 días hábiles, como una excepción al plazo general establecido, para que los consejos directivos de los organismos reguladores puedan resolver los recursos de reconsideración interpuestos por sus administrados en los procedimientos administrativos de instancia única. La decisión se justifica en el sub numeral 2.1.35 de la Ley N.° 32089, que otorga al Poder Ejecutivo (PE) la facultad para legislar normas relacionadas con la inversión pública y la gestión de servicios públicos, para mejorar la calidad regulatoria. Esta ampliación del plazo facilita una resolución más exhaustiva y precisa de los recursos de reconsideración, beneficiando así a los administrados al permitir una revisión más detallada de sus solicitudes. [PE, D. Leg. 1633, 30/08/2024]
Dejar un comentario
¿Quieres unirte a la conversación?Siéntete libre de contribuir!