Competencia, titulares, número de sesiones… | El Osinfor modifica el reglamento interno del Tribunal Forestal y de Fauna Silvestre

El Ejecutivo modificó el Reglamento Interno del Tribunal Forestal y de Fauna Silvestre, a fin de (i) regular la suplencia en caso de ausencia, impedimento, abstención o vacancia de algún miembro titular del tribunal; (ii) establecer los supuestos en los cuales participan los miembros suplentes; (iii) actualizar el número de sesiones ordinarias mensuales, ya que este puede variar debido a la carga procedimental y (iv) suprimir numerales que no resultan pertinentes mantener sobre las competencias que están a cargo del tribunal. Desde el campo legal, se incorpora el artículo 8-A (Miembros titulares y suplentes) y se modifican el artículo 5º (Competencia), el numeral 10.4 del artículo 10 (Salas del Tribunal) y el segundo párrafo del numeral 11.1 del artículo 11 (Clases de sesiones) del Reglamento N.° 002-2017-Osinfor “Reglamento Interno del Tribunal Forestal y de Fauna Silvestre del Organismo de Supervisión de los Recursos Forestales y de Fauna Silvestre – Osinfor”, aprobado por Resolución Presidencial N.° 064-2017-Osinfor, modificado por Resolución de Jefatura N° 023-2018-Osinfor. [Osinfor, R. 00029-2022-Osinfor/01.1, 18/7/2022]

Ficha legal de la noticia: 

Sumilla y ubicación oficial de la norma: 

Modifican el “Reglamento Interno del Tribunal Forestal y de Fauna Silvestre del Organismo de Supervisión de los Recursos Forestales y de Fauna Silvestre – OSINFOR”

Separata de Normas Legales, Diario Oficial «El Peruano», XXXIX, N.° 16715. 

Entidad: Organismo de Supervisión de los Recursos Forestales y de Fauna Silvestre (Osinfor).

Modificaciones, adecuaciones, incorporaciones, prórrogas, suspensiones, ratificaciones, barreras burocráticas ilegales: modifica la Resolución Presidencial N.° 064-2017-Osinfor.

Derogaciones: ninguna. 

Vigencia o situación legal de la norma: vigente desde el 20 de julio del 2022. 

Fe de erratas: ninguna. 

Valores agregados LEX: 

Concordancias y antecedentes:

* Resolución Presidencial N.° 064-2017-Osinfor. 

Información relacionada: ninguna.

0 comentarios

Dejar un comentario

¿Quieres unirte a la conversación?
Siéntete libre de contribuir!

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

Este sitio usa Akismet para reducir el spam. Aprende cómo se procesan los datos de tus comentarios.