Cumpla con la fiscalización | San Isidro incentiva la regularización de las situaciones tributarias

La Municipalidad Distrital de San Isidro (MDSI) dictó esta ordenanza para incentivar la regularización de las situaciones tributarias de omisión y subvaluación detectadas en el procedimiento de fiscalización en su jurisdicción a través de la presentación de las declaraciones tributarias por Impuesto Predial, cualquiera sea el estado de cobranza en el que se encuentre. La norma precisa que podrán acogerse a estos beneficios los contribuyentes que registren deudas como consecuencia de un procedimiento de fiscalización tributaria o que esta se encuentre en curso siempre que cumplan con los requisitos establecidos en el artículo tercero. El presente alcance incluye los procedimientos de fiscalización tributaria que culminan en pérdida de beneficios de pensionista, adulto mayor y de algún otro beneficio de arbitrios municipales; a aquellas pérdidas originadas por la aplicación de resoluciones de subgerencia, cumplimiento de resoluciones del Tribunal Fiscal o al propio vencimiento de la vigencia del beneficio. A propósito, el artículo tercero de la norma establece lo siguiente:

«Artículo Tercero.- Requisitos.

a) Presentar declaración tributaria aceptando los resultados de fiscalización, dentro del plazo del procedimiento de fiscalización tributaria; o de encontrarse vencido el plazo, deberá presentar un formato de reconocimiento del procedimiento de fiscalización, que en anexo forma parte de la presente ordenanza.
b) Permitir, en los casos que la administración lo considere, la inspección y/o levantamiento de información predial, brindando las facilidades del caso para la determinación de los tributos municipales.
c) No registrar deuda vencida por Impuesto Predial y derecho de emisión del periodo 2025 y/o último año afecto de estos tributos.
d) Solo en caso de haberse iniciado procedimientos contenciosos administrativos y/o judiciales vinculados a las deudas acogidas al beneficio, el contribuyente deberá presentar el cargo de recepción del escrito que contenga el desistimiento de la pretensión establecido en el artículo 130 del TUO del Código Tributario y los artículos 344 y 345 del TUO del Código Procesal Civil, que contenga las formalidades de ley. Mediante fiscalización posterior se verificará el cumplimiento de las formalidades de ley» (sic).

La ordenanza, que entrará en vigencia a partir del 13 de julio del 2025 y regirá hasta el 26 de diciembre del 2025, ordena condonar las multas tributarias pendientes de pago por las infracciones previstas en los numerales 1 y 2 del artículo 176, y el numeral 1 del artículo 178 del Código Tributario siempre que se encuentren en estado ordinario y estas sean las únicas que permanezcan pendientes de pago respecto del procedimiento de fiscalización que la generó y que no se encuentren impugnadas. Además, condona el 100 % de gastos de emisión generados por el proceso de fiscalización siempre que estas sean las únicas obligaciones que permanezcan pendientes de pago por estos procesos. [MSI, Ord. 620-MSI, 12/07/2025]

Ficha legal de la noticia:

Sumilla y ubicación oficial de la norma:

Ordenanza que otorga incentivos para el pago de las obligaciones tributarias generadas producto de fiscalización tributaria en el distrito de San Isidro

Separata de Normas Legales, Diario Oficial «El Peruano», Año XLII, N.° 18700.

Entidad: Municipalidad Distrital de San Isidro (MDSI).

Modificaciones, adecuaciones, incorporaciones, prórrogas, suspensiones, ratificaciones, barreras burocráticas ilegales: ninguna.

Derogaciones: ninguna.

Vigencia o situación legal de la norma: en vigencia desde el 13 de julio del 2025 hasta el 26 de diciembre del 2025.

Fe de erratas: ninguna.

Valores agregados LEX:

Concordancias y antecedentes:

* Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica de Municipalidades aprobado por el Decreto Supremo N.° 156-2004-MEF.

* Decreto Supremo N.° 004-2019-JUS, que aprueba el Texto Único Ordenado de la Ley N.° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

* Decreto Supremo N.° 156-2004-EF, que aprueba el Texto Único Ordenado de la Ley de Tributación Municipal.

Información relacionada:

+ Edición Extraordinaria: este es el Reglamento de fraccionamiento de deudas tributarias y no tributarias de San Isidro. [MSI, D. de Alc. 001-2023-ALC/MSI, 4/04/2023]

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