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Instrumentos de planificación | El error generado por la municipalidad al emitir documentos no configura la nulidad del procedimiento administrativo

Vivienda | Opinión Vinculante. La autoridad de vivienda emitió esta opinión en el año 2019, para dejar establecidos como criterios de observancia obligatoria los siguientes:

«- Luego de la aprobación de todas las especialidades del proyecto en aplicación a lo regulado en la ley, corresponde a la municipalidad otorgar la licencia correspondiente.

– El error generado por la municipalidad al emitir documentos errados no configura la nulidad del procedimiento administrativo. La Ley de Procedimiento Administrativo General – LPAG considera que los errores materiales y aritméticos pueden ser corregidos. Los documentos que presentan vicios de legalidad pueden ser materia de nulidad, en cuyo caso tiene efecto declarativo y retroactivo a la fecha del acto, conforme al artículo 10 de la LPAG. Leer más

Sunarp somete a consulta pública su virtual modificación a la directiva que sistematiza las medidas contra el fraude registral

El viernes 18 de abril del 2025, la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos (Sunarp) dispuso la publicación del proyecto normativo que aprueba la modificación de la Directiva DI-01-2022-SDNR-DTR, «Directiva que consolida y sistematiza las medidas administrativas de la Sunarp contra el fraude registral (V.03)», aprobada por la Resolución N.° 057-2023-Sunarp-SN, así como la exposición de motivos que lo sustenta, que como anexo forman parte de la presente resolución, en la sede digital de la Sunarp (www.gob.pe/sunarp), a efectos de recibir comentarios, aportes u opiniones del público en general por un plazo de quince (15) días calendario contados a partir del día siguiente de la publicación de la presente resolución en el Diario Oficial «El Peruano». Todos los comentarios, aportes u opiniones sobre el proyecto mencionado podrán ser presentados a través de las oficinas de trámite documentario de las oficinas registrales de todo el país, así como a través de la mesa de partes virtual de la Sunarp, cuya dirección web es: https://mesadetramite.sunarp.gob.pe/, o remitidos a los correos electrónicos: cangulo@sunarp.gob.pe y jatahuaman@sunarp.gob.pe[Sunarp, R. 00057-2025-Sunarp-SN, 18/04/2025]

Ficha legal de la noticia: Leer más

Cuidado con la campaña de publicidad | Este 30 de abril vence el reordenamiento voluntario de publicidad exterior en bienes del Sistema Vial Metropolitano

En los antecedentes de esta norma, se tiene que, mediante la Ordenanza N.° 2682, publicada en el Diario Oficial «El Peruano» el 19 de diciembre del 2024, se regula la ubicación de elementos de publicidad exterior en la provincia de Lima y se le otorga competencias a la Gerencia de Promoción de la Inversión Privada para establecer medidas de reordenamiento respecto de los elementos de publicidad exterior ubicados en bienes de dominio público que conforman el Sistema Vial Metropolitano. Luego, mediante el Decreto de Alcaldía N.° 002, publicada en el Diario Oficial «El Peruano» el 20 de marzo del 2025, se aprueban las medidas de reordenamiento para los elementos de publicidad exterior existentes en bienes de dominio público, a excepción de las vías locales del Cercado de Lima, lo que constituye un beneficio que la Municipalidad Metropolitana de Lima (MML) ha previsto para que los elementos de publicidad exterior existentes en bienes de dominio público sean declarados de forma voluntaria ante la Gerencia de Promoción de la Inversión Privada. Leer más

El nuevo Manual de Operaciones del Programa Agua Segura para Lima y Callao

El día domingo, 13 de abril del 2025, el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento (MVCS) oficializó el Manual de Operaciones del Programa Agua Segura para Lima y Callao, que consta de tres (3) títulos, treinta (30) artículos y un (1) anexo. La resolución ordena que se remita a la Secretaría de Gestión Pública de la Presidencia del Consejo de Ministros este Manual de Operaciones del Programa Agua Segura para Lima y Callao en un plazo máximo de quince días hábiles de aprobado. Luego, la norma deroga la Resolución Ministerial N.° 242-2017-Vivienda, que aprobó el Manual de Operaciones del Programa Agua Segura para Lima y Callao. [MVCS, R. M. 0109-2025-Vivienda, 13/04/2025] Leer más

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Cambio climático y multifamiliares | Vivienda actualiza la norma para asegurar la dotación de agua potable en edificaciones

El Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento (MVCS) oficializó la Resolución Ministerial N.° 0107-2025-Vivienda, mediante la cual actualiza la norma sobre las dotaciones de agua potable que deben considerarse en las viviendas unifamiliares y edificios multifamiliares, en el marco de la sostenibilidad y adaptación al cambio climático. La resolución ha establecido que los proyectos de edificaciones deben garantizar una dotación de agua potable de acuerdo con el carácter del clima de la zona en la cual se ubican: para el clima cálido, se debe asegurar 169 litros por persona por día (lppd); en clima templado, 155 lppd y en clima frío, 129 lppd. Sobre este punto, la Organización Mundial de la Salud (OMS) establece que el consumo que cubre todas las necesidades de los pobladores es de 100 litros por persona por día (lppd); así, la modificación normativa se enmarca en una estrategia más amplia de gestión de la demanda de agua potable, buscando un consumo racional de los usuarios a nivel nacional. Leer más

Camino virtual | Se regula el Remate Electrónico Judicial y se crea la Cámara del Martillero Público del Perú

El Congreso de la República oficializa la ley que adecua el uso de las tecnologías de la información y las comunicaciones en el sistema de remates judiciales y en los servicios de notificaciones de las resoluciones judiciales, también modifica la Ley Orgánica del Poder Judicial, el Código Procesal Civil, el Código Procesal Constitucional y la Ley Procesal del Trabajo, a fin de precisar e incorporar disposiciones sobre el martillero público. La norma también establece la creación de la Cámara del Martillero Público del Perú, como un organismo público de derecho privado adscrito al Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, que agrupa a todos los martilleros públicos del Perú, con sede en la capital de la República y con autonomía administrativa, organizativa, económica y funcional propia, según su naturaleza. Leer más

El sueño posible | Se oficializó el Reglamento de Vivienda de Interés Social

Se oficializó el Reglamento de Vivienda de Interés Social, que consta de dos títulos, tres capítulos, veintiún artículos, una disposición complementaria final y una disposición complementaria transitoria. El decreto señala que el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento (MVCS) aprobará, mediante resolución ministerial, las normas complementarias que resulten necesarias para su aplicación. Luego, se deroga el Decreto Supremo N.° 006-2023-Vivienda, Decreto supremo que aprueba el Reglamento de Vivienda de Interés Social. En el detalle, la dación de este reglamento tiene por objeto desarrollar las disposiciones sobre la vivienda de interés social (VIS), para garantizar el derecho a una vivienda digna, adecuada y segura que tiene toda persona, priorizando a la población en situación de pobreza o vulnerabilidad social, en el marco de lo dispuesto en la Ley N.° 31313, Ley de Desarrollo Urbano Sostenible. Leer más

Ubicados en ANP, ZA o ACR | Vivienda oficializa la FTA para los proyectos de saneamiento no comprendidos en el SEIA

El Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento (MVCS) modificó el artículo 1° de la Resolución Ministerial N.° 036-2017-Vivienda, modificada por la Resolución Ministerial N.° 488-2023-Vivienda, que aprueba la Ficha Técnica Ambiental (FTA) para los proyectos de inversión del Sector Saneamiento, no comprendidos en el Sistema Nacional de Evaluación del Impacto Ambiental. El nuevo texto es el siguiente:

«Artículo 1°.- Aprobar la Ficha Técnica Ambiental (FTA) para los proyectos de inversión del Sector Saneamiento, no comprendidos en el Sistema Nacional de Evaluación del Impacto Ambiental (SEIA), que en Anexo 1 se denomina ‘Ficha Técnica Ambiental para proyectos de inversión del Sector Saneamiento’, la cual forma parte integrante de la presente resolución ministerial. Los titulares de proyectos de inversión del Sector Saneamiento que no han iniciado su ejecución deben registrar la información de su proyecto en la FTA, conforme al Anexo 1. Leer más

Todo proyecto de habilitación urbana o de edificación con dictamen no conforme debe ser devuelto por la municipalidad al administrado

Vivienda | Opinión Vinculante. En el año 2019, el Ministerio de Vivienda Construcción y Saneamiento (MVCS) absolvió la siguiente interrogante: ¿existe alguna base legal normativa que ampare a las municipalidades para negar la entrega al administrado de los planos de un anteproyecto o proyecto observado por las comisiones técnicas? Pues bien, según explica la autoridad, el cumplimiento de los contenidos de la Ley N.° 29090 y su reglamento son aplicables en tanto el administrado siga un procedimiento inmerso y regulado por dicha norma; en caso contrario, serán de aplicación las normas que correspondan al mismo. Por otro lado, para la autoridad, «todo proyecto de habilitación urbana o de edificación, así como el anteproyecto en consulta con dictamen no conforme debe ser devuelto por la municipalidad, bajo cargo al administrado, quien tiene un plazo de quince (15) días hábiles, para subsanar las observaciones formuladas por la comisión técnica, de acuerdo a lo previsto en el numeral 13.7 del artículo 13 del Reglamento de la Ley N.° 29090 (…). Leer más

Vivienda aprobó la ficha de homologación «Servicio de instalación de Módulo Temporal de Vivienda – MTV»

El Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento (MVCS) aprobó la ficha de homologación denominada: «Servicio de Instalación de Módulo Temporal de Vivienda – MTV» y dispuso que la Secretaría General del MVCS remita esta resolución ministerial y su anexo a la Dirección de Estandarización y Sistematización de la Central de Compras Públicas – Perú Compras, para gestionar su incorporación en el «Listado de Requerimientos Homologados», publicado en la sede digital de Perú Compras. Sobre este tema, se tiene que el numeral 17.1 del artículo 17 de la Ley N.° 30225, Ley de Contrataciones del Estado, establece que los ministerios están facultados para uniformizar los requerimientos en el ámbito de sus competencias a través de un proceso de homologación; y deben elaborar y actualizar su Plan de Homologación de Requerimientos conforme con las disposiciones establecidas por la Central de Compras Públicas Compras y, una vez aprobadas las fichas de homologación, deben ser utilizadas por las entidades comprendidas en el ámbito de aplicación de dicha ley, inclusive para aquellas contrataciones que no se encuentran bajo su ámbito o que se sujeten a otro régimen legal de contratación. Leer más