El sueño posible | Se oficializó el Reglamento de Vivienda de Interés Social
Se oficializó el Reglamento de Vivienda de Interés Social, que consta de dos títulos, tres capítulos, veintiún artículos, una disposición complementaria final y una disposición complementaria transitoria. El decreto señala que el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento (MVCS) aprobará, mediante resolución ministerial, las normas complementarias que resulten necesarias para su aplicación. Luego, se deroga el Decreto Supremo N.° 006-2023-Vivienda, Decreto supremo que aprueba el Reglamento de Vivienda de Interés Social. En el detalle, la dación de este reglamento tiene por objeto desarrollar las disposiciones sobre la vivienda de interés social (VIS), para garantizar el derecho a una vivienda digna, adecuada y segura que tiene toda persona, priorizando a la población en situación de pobreza o vulnerabilidad social, en el marco de lo dispuesto en la Ley N.° 31313, Ley de Desarrollo Urbano Sostenible.
Las disposiciones que se desarrollan son de obligatorio cumplimiento para todas las personas naturales y jurídicas, públicas y privadas a nivel nacional, que intervienen en las distintas etapas de los procesos del desarrollo de la VIS. Los promotores inmobiliarios y/o los constructores que diseñen, ejecuten y/o comercialicen proyectos promovidos por el Estado; las entidades responsables de administrar toda información referida a los proyectos para VIS aprobados, ejecutados y/o inscritos; los hogares beneficiarios de VIS con subsidios habitacionales directos e indirectos, entre otros actores, registran dicha información en el Registro Nacional de Vivienda (Renavi) del Observatorio Urbano Nacional que supervisa el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento (MVCS). [MVCS, D. S. 005-2025-Vivienda, 10/04/2025]
Ficha legal de la noticia:
Sumilla y ubicación oficial de la norma:
Decreto supremo que aprueba el Reglamento de Vivienda de Interés Social
Separata de Normas Legales, Diario Oficial «El Peruano», Separata de Normas Legales, Año XLII, N.° 18521.
Entidad: Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento (MVCS).
Modificaciones, adecuaciones, incorporaciones, prórrogas, suspensiones, ratificaciones, barreras burocráticas ilegales: ninguna.
Derogaciones: deroga el Decreto Supremo N.° 006-2023-Vivienda.
Vigencia o situación legal de la norma: entra en vigencia a partir del 10 de abril del 2025.
Fe de erratas: ninguna.
Valores agregados LEX:
Concordancias y antecedentes:
* Ley N.° 30156, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento.
* Ley N.° 31313, Ley de Desarrollo Urbano Sostenible.
* Decreto Supremo N.° 006-2023-Vivienda, Decreto supremo que aprueba el Reglamento de Vivienda de Interés Social.
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