El plazo para pagar los derechos registrales del parte consular electrónico sobre otorgamiento de poder se extiende a 45 días calendario
En el marco del trabajo articulado entre el Ministerio de Relaciones Exteriores (RR.EE.) y la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos (Sunarp), se publicó la Resolución N.° 220-2023-Sunarp-SN en el Diario Oficial «El Peruano» el 22 de diciembre del 2023. Esta norma autorizó la presentación electrónica del acto de otorgamiento de poder emitido con firma digital del funcionario consular para su inscripción en el Registro de Mandatos y Poderes; asimismo, estableció, entre las disposiciones para la presentación electrónica, que el pago de derechos registrales se realice dentro de los quince días calendario contados desde el envío de la solicitud de inscripción del consulado a través del servicio de interconexión con la Sunarp; esto es, para la generación del asiento de presentación y el consecuente inicio del procedimiento de inscripción. Leer más









