Nuevos y actuales retos | El nuevo Reglamento del fedatario juramentado de la Sunarp
La Superintendencia Nacional de los Registros Públicos (Sunarp) oficializó un nuevo Reglamento del fedatario juramentado, compuesto por veinte (20) artículos, organizados en seis (6) capítulos, además de cinco (5) disposiciones complementarias finales y dos (2) anexos. El documento aprobado establece un ordenamiento funcional para el fedatario juramentado de la Sunarp, que responda a los actuales requerimientos del país y permita brindar una eficiente atención a las demandas tecnológicas que la modernidad exige, lo que contribuirá a optimizar los servicios y el uso de los recursos asignados para dicho fin. La aprobación de este reglamento de gestión constituye un primer paso para hacer frente a la problemática existente en materia de archivos físicos, a fin de preservar su contenido, prevenir su pérdida o deterioro y garantizar debidamente el ejercicio de la función fedante en los procesos técnicos de micrograbación documental. [Sunarp, R. 00042-2024-Sunarp-SN, 22/03/2024]
Ficha legal de la noticia:
Sumilla y ubicación oficial de la norma:
Aprueban el Reglamento del fedatario juramentado de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos
Separata de Normas Legales, Diario Oficial «El Peruano», Año XL, N.° 17811.
Entidad: Superintendencia Nacional de los Registros Públicos (Sunarp).
Modificaciones, adecuaciones, incorporaciones, prórrogas, suspensiones, ratificaciones, barreras burocráticas ilegales: ninguna.
Derogaciones: ninguna.
Vigencia o situación legal de la norma: vigente desde el 23 de marzo del 2024.
Fe de erratas: ninguna.
Valores agregados LEX:
Concordancias y antecedentes:
* Ley N.° 31309, Ley para la modernización y el fortalecimiento de los servicios de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos.
Información relacionada: ninguna.




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