Tres cambios en la ley de gestión de residuos sólidos para introducir la industrialización del reciclaje
El Congreso de la República modificó el literal e del artículo 6° (Lineamientos de la gestión integral de residuos sólidos); el literal b del artículo 15 (Ministerio del Ambiente – Minam); y, el literal a del artículo 21 (Gobiernos regionales) del Decreto Legislativo N.° 1278, Decreto legislativo que aprueba la Ley de Gestión Integral de Residuos Sólidos. De acuerdo con estas modificaciones, entre otras, la gestión integral de los residuos sólidos estará integrada; con ello, fomentará y priorizará la promoción de la inversión pública, privada y mixta en infraestructura de valorización, y permitirá la adopción complementaria de prácticas de tratamiento y adecuada disposición final.
El Ministerio del Ambiente (Minam) es el órgano competente para formular y aprobar, en coordinación con las autoridades correspondientes, el Plan Nacional de Gestión Integral de Residuos Sólidos (Planres), que es de obligatorio cumplimiento, documento que incluirá las metas, estrategias y acciones destinadas a asegurar la universalización y sostenibilidad del servicio de limpieza pública, la formalización de los recicladores por parte de las municipalidades, la promoción de la minimización y valorización de los residuos, entre otros. Los gobiernos regionales promueven la adecuada gestión y manejo de los residuos sólidos en el ámbito de su jurisdicción y son competentes para elaborar y poner en marcha programas de inversión pública, mixta o privada, para la implementación de infraestructuras de residuos sólidos, como las infraestructuras de valorización, en el ámbito de su jurisdicción, en coordinación con las municipalidades provinciales correspondientes. El Poder Ejecutivo adecuará el Reglamento del Decreto Legislativo N.° 1278, Decreto legislativo que aprueba la Ley de Gestión Integral de Residuos Sólidos, aprobado por el Decreto Supremo N.° 014-2017-Minam, y dictará las disposiciones necesarias para la implementación de la presente ley, en un plazo no mayor de treinta días calendario contados desde su vigencia. [PL, Ley 31896, 9/11/2023]
Ficha legal de la noticia:
Sumilla y ubicación oficial de la norma:
Ley que modifica el Decreto Legislativo 1278 Decreto legislativo que aprueba la Ley de Gestión Integral de Residuos Sólidos e introduce la industrialización del reciclaje en su desarrollo
Separata de Normas Legales, Diario Oficial «El Peruano», Año XL, N.° 17513.
Entidad: Congreso de la República (PL).
Modificaciones, adecuaciones, incorporaciones, prórrogas, suspensiones, ratificaciones, barreras burocráticas ilegales: modifica el literal e del artículo 6°, el literal b del artículo 15 y el literal a del artículo del Decreto Legislativo N.° 1278, Decreto legislativo que aprueba la Ley de Gestión Integral de Residuos Sólidos.
Derogaciones: ninguna.
Vigencia o situación legal de la norma: vigente desde el 12 de octubre del 2023.
Fe de erratas: ninguna.
Valores agregados LEX:
Concordancias y antecedentes:
* Decreto Legislativo N.° 1278, Decreto legislativo que aprueba la Ley de Gestión Integral de Residuos Sólidos.
* Decreto Supremo N.° 014-2017-Minam, que aprueba el Reglamento del Decreto Legislativo N.° 1278.
Información relacionada:
+ Cambios e incorporaciones al reglamento de la ley de residuos sólidos y al reglamento de la actividad de los recicladores. [Minam, D. S. 001-2022-Minam, 9/01/2022]
+ El Minam actualiza un documento sobre la gestión integral de residuos sólidos municipales. [Minam, R. M. 166-2021-Minam, 8/09/2021]
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