El Gobierno modifica el reglamento de la ley de contrataciones para impulsar la ejecución de obras con expediente parcial
El Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) modificó el reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado con el propósito de establecer disposiciones que habiliten a las entidades la ejecución de obras mediante el sistema de diseño y construcción. Se trata del Decreto Supremo N.° 051-2024-EF, las entidades podrán contratar obras que comprendan el diseño y la construcción mediante las modalidades llave en mano, que incluye el expediente técnico de obra o concurso oferta, según corresponda, siempre que el presupuesto estimado del proyecto o valor referencial corresponda a una licitación pública. Estas modalidades también resultan aplicables a la contratación por paquete, cuyo presupuesto estimado de los proyectos o valor referencial de forma conjunta corresponda a una licitación pública, recalca.
La norma señala que, cuando resulte técnicamente viable y siempre que se cuente con la conformidad expresa del área usuaria, se podrá efectuar aprobaciones parciales del expediente técnico de obra. Así, la entidad quedará facultada para disponer la ejecución de los trabajos contemplados en los expedientes técnicos parciales, sin que, para ello, se requiera que cada parte a ejecutar tenga funcionalidad por sí misma, indica. Además, en los contratos de obra que no comprendan diseño y construcción, cuyos montos sean inferiores o iguales a 20 millones de soles, las partes podrán acordar la incorporación de la cláusula de solución de controversias del contrato que las soluciones de estas divergencias estén a cargo de una junta de resolución de disputas. Esta incorporación será obligatoria para contratos cuyos montos sean superiores, establece la normativa, que también dispone que las decisiones emitidas por la junta de resolución de disputas sean vinculantes para las partes. [MEF, D. S. 051-2024-MEF, 13/04/2024]
Ficha legal de la noticia:
Sumilla y ubicación oficial de la norma:
Decreto supremo que modifica el Reglamento de la Ley N.° 30225 Ley de Contrataciones del Estado aprobado mediante Decreto Supremo N.° 344-2018-EF
Separata de Normas Legales, Diario Oficial «El Peruano», Año XL, N.° 17848.
Entidad: Ministerio de Economía y Finanzas (MEF).
Modificaciones, adecuaciones, incorporaciones, prórrogas, suspensiones, ratificaciones, barreras burocráticas ilegales: modifica el numeral 212.1 del artículo 212, el numeral 215.1 del artículo 215 y el numeral 243.4 del artículo 243 del Reglamento de la Ley N.° 30225, Ley de Contrataciones del Estado, aprobado mediante Decreto Supremo N.° 344-2018-EF.
Derogaciones: ninguna.
Vigencia o situación legal de la norma: vigente desde el 14 de marzo del 2024.
Fe de erratas: ninguna.
Valores agregados LEX:
Concordancias y antecedentes:
* Decreto Supremo N.° 344-2018-EF, que modifica el Reglamento de la Ley N.° 30225, Ley de Contrataciones del Estado.
Información relacionada:
+ La vigencia de la Comisión Sectorial encargada de seguir las contrataciones frente al fenómeno de El Niño será hasta el 30 de abril del 2024. [MVCS, R. M. 023-2024-Vivienda, 1/02/2024]




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