Entre plazos y subsanaciones | Municipalidades pueden conformar más de una comisión técnica siempre que tengan carga procesal
Opinión vinculante | Vivienda. En el año 2019, el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento (MVCS) precisó que «las municipalidades tienen competencia para conformar más de una comisión técnica, siempre que exista carga de expedientes y con el objetivo de cumplir con los plazos establecidos, a las cuales se les asignarán los expedientes respectivos de los cuales solo se pueden apartar en caso aplique alguno de los supuestos regulados en el numeral 10.6 del artículo 10 del reglamento» (sic). Según analizaba la autoridad, solo para el caso de subsanaciones a las observaciones formuladas por una comisión técnica el reglamento dispone que estas podrán ser revisadas por cualquiera de las comisiones técnicas que participen en la municipalidad, esto con el fin de cumplir con los plazos establecidos. (Director General de Políticas y Regulación en Vivienda y Urbanismo Hernán Jesús Navarro Franco) [MVCS, Inf. Téc. Legal 013-2019-Vivienda-VMVU-DGPRVU-DV-JJLL-AMBR, 10/04/2019]
Ficha legal de la noticia:
Base legal interpretada o analizada:
* Artículo 147 del Texto Único Ordenado de la Ley N.° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por el Decreto Supremo N.° 004-2019-JUS.
Entidad o persona comprometida: Supermercados Peruanos S. A.
Valores agregados LEX:
Concordancias:
* Ley N.° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades.
* Decreto Supremo N.° 006-2017-Vivienda, que aprueba el Texto Único Ordenado de la Ley N.° 29090.
Información relacionada: ninguna.
Dejar un comentario
¿Quieres unirte a la conversación?Siéntete libre de contribuir!