El efecto TC | Lima reitera la prevalencia de sus parámetros urbanísticos y edificatorios para todos los gobiernos locales de la provincia
Esta ordenanza de la Municipalidad Metropolitana de Lima (MML) establece que los gobiernos locales de la provincia de Lima y los administrados están sujetos a la aplicación de las ordenanzas metropolitanas en materia de parámetros urbanísticos y edificatorios, de acuerdo con lo previsto en los planes de desarrollo urbano y reajuste integral de zonificación para la ejecución de proyectos de habilitación urbana y edificación para vivienda de interés social en la provincia de Lima, en sujeción a lo resuelto por el Tribunal Constitucional (TC) en la Sentencia N.° 302-2023, del 9 de mayo del 2023, que determinó que el marco normativo asigna de manera inequívoca a los gobiernos locales, concretamente a las municipalidades provinciales, la competencia exclusiva sobre la regulación de la zonificación, el planeamiento urbano y la determinación de la altura máxima de las edificaciones.
En consecuencia, la comuna limeña dispone que el Instituto Metropolitano de Planificación, en coordinación con las municipalidades distritales, evalúe y gestione las acciones pertinentes que permitan formular los planes de desarrollo urbano y otros instrumentos de planificación urbana y regulación urbanística que correspondan, en concordancia con lo establecido en esta ordenanza. Se declara inaplicable, dentro de la provincia de Lima, toda aquella norma que vulnere las competencias municipales y se oponga a lo establecido en la presente ordenanza. [MML, Ord. 2569, 28/09/2023]
Ficha legal de la noticia:
Sumilla y ubicación oficial de la norma:
Ordenanza que declara la prevalencia de las competencias municipales en parámetros urbanísticos y edificatorios, desarrolladas en las normas metropolitanas sobre zonificación de usos de suelos y determina su uso para la ejecución de proyectos de habilitación urbana y edificación para vivienda de interés social en la provincia de Lima
Separata de Normas Legales, Diario Oficial «El Peruano», Año XL, N.° 17488.
Entidad: Municipalidad Metropolitana de Lima (MML).
Modificaciones, adecuaciones, incorporaciones, prórrogas, suspensiones, ratificaciones, barreras burocráticas ilegales: ninguna.
Derogaciones: ninguna.
Vigencia o situación legal de la norma: vigente desde el 29 de setiembre del 2023.
Fe de erratas: ninguna.
Valores agregados LEX:
Concordancias y antecedentes:
* Ordenanza N.° 2361-2021-MML, que regula la ejecución de proyectos de habilitación urbana y edificación para vivienda de interés social en la provincia de Lima.
Información relacionada:
+ El TC reconoce que la zonificación, el planeamiento urbano y la determinación de la altura máxima de las edificaciones son competencias municipales exclusivas. [TC, Sent. del Pleno – Exp. 00004-2021-CC/TC, 9/05/2023]
+ ASEI y ADI Perú serán «amicus curiae» en el litigio competencial entre Lima y el Ministerio de Vivienda sobre la capacidad de regular la zonificación y los parámetros urbanísticos y edificatorios. [TC, Exp. 00004-2021-PCC/TC (Auto Amicus Curiae), 17/08/2021]
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