El cinco de diciembre será día no laborable compensable para los miembros de mesa de la segunda elección
Este cinco de diciembre del 2022 será día no laborable de naturaleza compensable para aquellos ciudadanos que se desempeñen como miembros de mesa durante la Segunda Elección en el proceso de Elecciones Regionales a llevarse a cabo el día 4 de diciembre del 2022. Los empleadores de los sectores público y privado deberán adoptar las medidas pertinentes para el cumplimiento de lo establecido. Para gozar del beneficio señalado, el trabajador que se desempeñó como miembro de mesa deberá presentar a su empleador, a través de soporte físico o digital, al momento de reiniciar su prestación de servicios, el Certificado de Participación entregado por la Oficina Nacional de Procesos Electorales (ONPE). [MTPE, D. S. 017-2022-TR, 1/12/2022]
Ficha legal de la noticia:
Sumilla y ubicación oficial de la norma:
Decreto Supremo que otorga facilidades a miembros de mesa y electores en el marco de la Segunda Convocatoria a Elecciones Regionales del año 2022
Separata de Normas Legales, Diario Oficial «El Peruano», Año XXXIX, N.º 16944.
Entidad: Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo (MTPE).
Modificaciones, adecuaciones, incorporaciones, prórrogas, suspensiones, ratificaciones, barreras burocráticas ilegales: ninguna.
Derogaciones: ninguna.
Vigencia o situación legal de la norma: vigente desde el 2 de diciembre del 2022.
Fe de erratas: ninguna.
Valores agregados LEX:
Concordancias y antecedentes:
* Decreto Supremo N.° 135-2022-PCM, Decreto Supremo que convoca a Segunda Elección en el proceso de Elecciones Regionales del Año 2022, para el domingo 4 de diciembre de 2022.
Información relacionada:
* Ley N.° 27683, Ley de Elecciones Regionales.
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