Se liberan los pasos | Breña prohíbe obstaculizar el uso de los espacios públicos y el abandono de bienes en la vía

Con esta ordenanza, la Municipalidad Distrital de Breña (MDB) prohíbe la obstaculización y/o interrupción de los espacios públicos por bienes muebles, así como el abandono de bienes en desuso en la vía pública en el distrito. La norma, que se aplicará para todas aquellas personas naturales y/o jurídicas, establece que el inspector municipal constatará el abandono de un bien en desuso cuando se verifique la permanencia en la vía pública y/o espacio público por más de siete  días calendario bajo cualquiera de las siguientes condiciones:

a) Con signos evidentes de inmovilización.
b) Afecte la salubridad y/o seguridad de las personas, afecte el ornato, y/o limpieza del distrito.
c) Cuando se parte de hechos reñidos contra la moral, tranquilidad pública y/o las buenas costumbres.

Para tal efecto se adosará una pegatina de Detección de Infracción (SDI) en donde constará la fecha y lugar donde se ubique el bien mueble en desuso, además de recabar los registros fotográficos; a fin de contabilizar el plazo para la determinación del abandono e iniciar el procedimiento administrativo sancionador. Transcurrido el plazo correspondiente se levantará el acta de fiscalización describiendo las condiciones en las que se encuentra el bien mueble en desuso, emitiéndose posteriormente la notificación de cargo. Lo que no se encuentre previsto en la presente ordenanza se regulará bajo las disposiciones contenidas en la Ordenanza N.° 592-2023-MDB, que aprueba el nuevo Reglamento de Aplicación de Sanciones Administrativas (RASA) y el Cuadro de Infracciones y Sanciones (CUIS). [MDB, Ord. 602-2024-MDB, 27/04/2024]

Ficha legal de la noticia:

Sumilla y ubicación oficial de la norma:

Ordenanza que prohíbe la obstaculización e interrupción del uso de los espacios públicos y el abandono de bienes en desuso en la vía pública en el distrito de Breña

Separata de Normas Legales, Diario Oficial «El Peruano», Año XL, N.° 17872.

Entidad: Municipalidad Distrital de Breña (MDB).

Modificaciones, adecuaciones, incorporaciones, prórrogas, suspensiones, ratificaciones, barreras burocráticas ilegales: incorpora al Cuadro Único de Infracciones y Sanciones, aprobado y contenido en la Ordenanza N.° 592-2023-MDB, infracciones.

Derogaciones: ninguna.

Vigencia o situación legal de la norma: vigente desde el 28 de abril del 2024.

Fe de erratas: ninguna.

Valores agregados LEX:

Concordancias y antecedentes:

* Ordenanza N.° 592-2023-MDB, que aprueba el nuevo Reglamento de Aplicación de Sanciones Administrativas (RASA) y el Cuadro de Infracciones y Sanciones (CUIS) de la Municipalidad Distrital de Breña.

Información relacionada:

+ Nuevos RASA y CUIS de Breña. [MDB, Ord. 592-2023-MDB (Anexo), 14/10/2023]

+ La cultura ecológica entra a Breña | Queda terminantemente prohibido arrojar desmonte en las áreas verdes del distrito. [MDB, Ord. 0548-2020-MDB, 8/01/2021]

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