Las dimensiones del principio del doble conforme
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Sobre las dimensiones del principio del doble conforme, que contempla el artículo 428.1.d del Código Procesal Penal (CPP), la Corte Suprema (CS) señaló lo siguiente:Entrar
«I. Todo principio es un condicionante de conducta contenido en una fórmula lógica o en una proposición o frase de contenido axiológico conectivo o en una palabra que resume un enunciado con sustento axiológico, sobre la base del cual el ser humano guía sus actos y se sujeta a los efectos de sus términos, lo cual denota un proceder deontológico inexorable para las personas honestas. En optimización de los derechos fundamentales al plazo razonable, a la seguridad jurídica, a la predictibilidad de las decisiones judiciales y a la igualdad procesal, se impone atender la causal de inadmisibilidad del literal d) del inciso 1 del artículo 428 del CPP. Leer más








