A partir del 16 de diciembre, la solicitud de reserva de preferencia registral de nombre de persona jurídica se presentará solo vía el SID-Sunarp

Se incorporará, a partir del 16 de diciembre del 2024, la presentación electrónica de la solicitud de reserva de preferencia registral de nombre, denominación o razón social en el Registro de Personas Jurídicas, suscrita con la firma electrónica del interesado, mediante el Sistema de Intermediación Digital de la Sunarp (SID-Sunarp), a nivel nacional. Entonces, partir de esa fecha, esta solicitud de reserva se presentará exclusiva y obligatoriamente a través del SID-Sunarp. 

Las oficinas registrales no admitirán, bajo responsabilidad, la presentación de solicitudes de preferencia registral en soporte papel a partir de la entrada en vigencia de la presente resolución. Además, la Sunarp oficializa la Directiva DI-004-2024-Sunarp-DTR, Directiva que regula la presentación electrónica, trámite y anotación de la reserva de preferencia registral de nombre, denominación o razón social mediante el Sistema de Intermediación Digital de la Sunarp. También, deja sin efecto la Resolución N.° 001-2021-Sunarp/SA, del 12 de febrero del 2021, que aprobó la Directiva DI-001-SOR-DTR, denominada «Directiva que regula el trámite en línea de la reserva de preferencia registral de nombre, denominación o razón social». Los jefes de las zonas registrales establecerán las medidas de gestión necesarias a fin de que los ciudadanos que acudan a las oficinas registrales reciban la asistencia técnica por parte del personal de orientación y las facilidades tecnológicas mediante el acceso a los terminales de cómputo, como el «Clic Sunarp», para la generación de las solicitudes de reserva de preferencia registral por el SID-Sunarp. [Sunarp, R. 00179-2024-Sunarp-SN, 22/11/2024]

Ficha legal de la noticia:

Sumilla y ubicación oficial de la norma:

Incorporan la presentación electrónica de la solicitud de reserva de preferencia registral de nombre, denominación o razón social en el Registro de Personas Jurídicas, suscrita con la firma electrónica del interesado, mediante el Sistema de Intermediación Digital de la Sunarp, SID-Sunarp, a nivel nacional

Separata de Normas Legales, Diario Oficial «El Peruano», Año XL, N.° 18254.

Entidad: Superintendencia Nacional de los Registros Públicos (Sunarp).

Modificaciones, adecuaciones, incorporaciones, prórrogas, suspensiones, ratificaciones, barreras burocráticas ilegales: deja sin efecto la Resolución N.° 001-2021-Sunarp-SA, que aprobó la Directiva DI-001-SOR-DTR, denominada «Directiva que regula el trámite en línea de la reserva de preferencia registral de nombre, denominación o razón social».

Derogaciones: deja sin efecto la Resolución N.° 001-2021-Sunarp-SA, que aprobó la Directiva DI-001-SOR-DTR, denominada «Directiva que regula el trámite en línea de la reserva de preferencia registral de nombre, denominación o razón social».

Vigencia o situación legal de la norma: vigente a partir del 16 de diciembre del 2024.

Fe de erratas: ninguna.

Valores agregados LEX:

Concordancias y antecedentes:

* Resolución N.° 001-2021-Sunarp-SA, que aprobó la Directiva DI-001-SOR-DTR, denominada «Directiva que regula el trámite en línea de la reserva de preferencia registral de nombre, denominación o razón social».

Información relacionada:

+ A consulta pública, la directiva de la Sunarp para reservar digitalmente la denominación social. [Sunarp, R. 00138-2024-Sunarp-SN, 26/09/2024]

+ La viabilidad del SID-Sunarp obliga a modificar el TUO del Reglamento de los Registros Públicos y otros cuatro reglamento. [Sunarp, R. 025-2024-Sunarp-SN, 23/02/2024]

+ La Sunarp consolida las disposiciones que incorporan actos inscribibles con intervención notarial para presentación y trámite por el SID-Sunarp. [Sunarp, R. 039-2023-Sunarp/SN, 30/03/2023]

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