Magdalena castigará con 50 % de la UIT a las juntas de propietarios que permitan actividades en áreas comunes que generen ruidos molestos
El artículo 7°, literal a), de la Ordenanza N.° 2419-2021 de la Municipalidad Metropolitana de Lima (MML) establece que las municipalidades distritales, dentro de su jurisdicción, son competentes para «controlar y fiscalizar la emisión de ruido originado por las actividades comerciales, de servicios y de actividades domésticas, cuando esto genere una afectación al ambiente» (sic).
Luego, los literales c) y d) del artículo 16 del Régimen de regulación, prevención y control de la contaminación sonora en el distrito de Magdalena del Mar, aprobado mediante la Ordenanza N.° 083-2020-MDMM, establecen que las actividades susceptibles de generar contaminación sonora y perjuicio a la tranquilidad, salud o bienes de las personas y a la calidad del ambiente son, entre otras, las siguientes: «c) toda instalación y funcionamiento de equipos, máquinas, aparatos electromecánicos y en general todos los emisores acústicos públicos o privados que, en su funcionamiento, uso o ejercicio genere contaminación sonora» (sic) y «d) actividades no tolerables de la convivencia del comportamiento y de relaciones vecinales, así como el funcionamiento de equipos, el uso de instrumentos musicales y el comportamiento de los animales domésticos o de compañía que generen contaminación sonora» (sic). Bajo este marco normativo, la Municipalidad Distrital de Magdalena del Mar (MDMM) aprueba, mediante esta ordenanza, un código de infracción (N.° 1298) que permite a la entidad fiscalizar y, de ser el caso, sancionar con el 50 % de la UIT a aquellas juntas directivas o de propietarios que permitan, autoricen y/o avalen la realización de actividades en áreas comunes, espacios recreativos u otros, que generen ruidos molestos en perjuicio de los vecinos, para tal efecto, modifica la Ordenanza N.° 030-2015-MDMM, que aprueba el Cuadro Único de Infracciones y Sanciones Administrativas (CUIS) de la comuna. [MDMM, Ord. 220-2024-MDMM, 21/04/2024]
Ficha legal de la noticia:
Sumilla y ubicación oficial de la norma:
Ordenanza que modifica el Cuadro Único de Infracciones y Sanciones Administrativas de la Municipalidad de Magdalena del Mar
Separata de Normas Legales, Diario Oficial «El Peruano», Año XL, N.° 17861.
Entidad: Municipalidad Distrital de Magdalena del Mar (MDMM).
Modificaciones, adecuaciones, incorporaciones, prórrogas, suspensiones, ratificaciones, barreras burocráticas ilegales: modifica la Ordenanza N.° 030-2015-MDMM, que aprueba el Cuadro Único de Infracciones y Sanciones Administrativas (CUIS) de la Municipalidad Distrital de Magdalena del Mar.
Derogaciones: ninguna.
Vigencia o situación legal de la norma: vigente desde el 22 de marzo del 2024.
Fe de erratas: ninguna.
Valores agregados LEX:
Concordancias y antecedentes:
* Ordenanza N.° 2419-2021, Ordenanza para la prevención y control de la contaminación sonora.
* Ordenanza N.° 083-2020-MDMM, Ordenanza para la prevención y control de la contaminación sonora en Magdalena del Mar.
* Ordenanza N.° 030-2015-MDMM, Modifica el Cuadro de Infracciones y Sanciones del Régimen de Aplicación de Sanciones aprobado por la Ordenanza N.° 182-MDMM.
Información relacionada:
+ MML y municipalidades distritales deberán cumplir con estas normas para prevenir y controlar de la contaminación sonora. [MML, Ord. 2419-2021, 24/12/2021]
+ Códigos de infracción 1238 y 3006 | Magdalena endurece la sanción contra los ruidos molestos por la ejecución de toda construcción, remodelación o reparación. [MDMM, Ord. 165-2023-MDMM, 31/03/2023]




Dejar un comentario
¿Quieres unirte a la conversación?Siéntete libre de contribuir!