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Tribunal Registral | Propiedad Inmueble. «[N]no procede la inscripción de un contrato de compraventa con arras confirmatorias si existen obligaciones contractuales pendientes que cumplir por las partes, como la delimitación del predio objeto de venta, su independización y la suscripción de un contrato definitivo”, expresa el Tribunal Registral en este caso, en el que, según la instancia registral, «el Código Civil, no ha adoptado una postura respecto a la naturaleza de las arras, ni mucho menos hace el distingo qué arras se pueden adicionar a los contratos definitivos y que arras a los contratos preparatorios (…). Tal como están planteadas las cosas, este colegiado considera que la cuestión a dilucidar no es, si el presente contrato con arras confirmatorias es definitivo o preparatorio para determinar su vocación de inscripción, sino si en el presente caso, estamos ante un contrato con efectos reales, es decir con efectos traslativos de dominio ya que las arras confirmatorias no están previstas expresamente como acto inscribible, por lo que solo queda analizar si el contrato principal contiene los elementos esenciales de una compraventa (…), no obstante que el acto fue presentado como un contrato de compraventa de un bien inmueble, se puede verificar que no contiene todos elementos esenciales, en tanto no se ha descrito el inmueble objeto de dicha compraventa. Solo se indica que se trata de un predio de menor extensión no independizado con área aproximada de 150 m2, sin linderos ni medidas perimétricas. Leer más