El cónyuge en la sociedad de gananciales no tiene la calidad de tercero para interponer intervención excluyente de propiedad sobre los inmuebles de la sociedad
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En este caso, la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria (Sunat) ordenó trabar medidas de embargo en forma de inscripción sobre las acciones y derechos que le pudieran corresponder al deudor tributario al fenecimiento de la sociedad de gananciales, a fin de asegurar el cobro de la deuda tributaria como responsable solidario de una empresa, de conformidad con el inciso e) del artículo 56 del TUO del Código Tributario (CT). Leer más
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