Error del fedatario al consignar el tipo de operación en el acta probatoria no desvirtúa la comisión de la infracción por no emitir el comprobante de pago
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En el caso, si bien el acta probatoria incurre en una incongruencia al consignar que el suministro de combustible constituye una prestación de servicios, cuando en realidad se trataba de una compra-venta de combustible; la Corte Suprema (CS) concluye que este error no desvirtúa la comisión de la infracción tipificada en el numeral 1) del artículo 174 del Código Tributario, en tanto quedó acreditado que se omitió la entrega del comprobante de pago. Leer más
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