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Depuración total | Gobiernos regionales revisarán toda la información contenida en el registro sindical de construcción civil
/0 Comentarios/en Construcción, Derecho, Gestión pública, Gobierno, Laboral /por Unidad Editorial Lex SolucionesEn el actual contexto de violencia que afecta a los empleadores y trabajadores del sector de construcción civil y el presunto uso de las organizaciones sindicales que en el existen para la realización de actividades contrarias al orden público que impactarían en la seguridad ciudadana; el Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo (MTPE) dicta este decreto supremo para disponer que las direcciones o gerencias regionales de trabajo y promoción del empleo de los gobiernos regionales revisen la totalidad de la información contenida en el registro sindical correspondiente a las organizaciones sindicales de construcción civil, a fin de cautelar su adecuado funcionamiento y el cumplimiento por parte de dichas organizaciones de los fines, funciones y obligaciones que el marco legal vigente establece. La norma precisa un plazo de treinta (30) días hábiles para revisar la totalidad de los expedientes referidos a los procedimientos administrativos vinculados al registro sindical, generados en el periodo comprendido entre el 1 de enero del 2021 y el 31 de marzo del 2025, a efectos de identificar la existencia de fraude y/o falsedad en la declaración, la información o en la documentación obrante. [MTPE, D. S. 005-2025-TR, 9/05/2025] Leer más
Infracción muy grave | Puente Piedra castiga la lotización sin habilitación urbana
/0 Comentarios/en Comercio, Construcción, Gestión pública, Gobierno /por Unidad Editorial Lex SolucionesLa Municipalidad Distrital de Puente Piedra (MDPP) incorporó en su Cuadro Único de Infracciones y Sanciones (CUIS), aprobado por la Ordenanza N.° 379-MDPP y modificatorias, los siguientes códigos de infracción:
08-0506, por realizar trabajos de lotización sin contar con la resolución de aprobación de habilitación urbana;
08-0507, por ejecutar obras de habilitación urbana sin contar con autorización municipal correspondiente.
08-0508, por ofrecer y/o vender lotes de terreno rústico sin habilitación urbana aprobada. Leer más
El fin de las llamadas sin filtro | Se amplía la prohibición de las comunicaciones SPAM
/0 Comentarios/en Comercio, Comunicaciones, Construcción, Gestión pública, Gobierno /por Unidad Editorial Lex SolucionesA través de esta ley se modificó el párrafo 58.1 -literal e)- y se incorporó el párrafo 58.3 al artículo 58 de la Ley N.° 29571, Código de Protección y Defensa del Consumidor, con la siguiente redacción:
«Capítulo II
Métodos comerciales agresivos o engañosos
Artículo 58.- Definición y alcances. Leer más
Empresas financieras tienen siete días hábiles para informar al usuario la razón de la denegatoria de un crédito
/0 Comentarios/en Comercio, Construcción, Financiero, Gestión pública, Gobierno /por Unidad Editorial Lex SolucionesLa Ley N.° 32294 incorporó el artículo 2°-A en la Ley N.° 28587 y dispuso que, ante la denegatoria del otorgamiento de un crédito, las empresas del sistema financiero deben informar, ante el pedido del solicitante y a través de los canales de comunicación que hayan establecido, los aspectos que no permitieron tal aprobación, salvo cuando la denegatoria obedezca al perfil del solicitante sustentada en la aplicación de normas prudenciales emitidas por la Superintendencia. Ahora, la SBS cumple con establecer disposiciones para precisar el plazo (siete días hábiles de presentado el pedido) que tienen las empresas para informar a los usuarios sobre la denegatoria del crédito, los canales de comunicación (que previamente han puesto en conocimiento del usuario) para cumplir con la exigencia normativa, entre otros aspectos, que permitan a las empresas, a su vez, cumplir con informar de manera adecuada y oportuna el pedido de información del usuario. Desde el campo legal, se modifica el artículo 22 (Información previa a la celebración de los contratos) del Reglamento de Gestión de Conducta de Mercado del Sistema Financiero, aprobado por la Resolución SBS N.° 3274-2017. Además, se incorpora en el Anexo 2 «Infracciones específicas del sistema financiero y de las empresas de servicios complementarios y conexos» del Reglamento de Infracciones y Sanciones, aprobado por la Resolución SBS N.° 2755-2018. Las empresas cuentan con un plazo de adecuación de sesenta días a partir de la vigencia de la presente resolución. [SBS, R. 01689-2025-SBS, 9/05/2025] Leer más
Agro, alimentos y bebidas impulsan exportaciones colombianas
/0 Comentarios/en Comercio, Comercio exterior, Derecho, Derecho Comparado, Gestión pública, Gobierno, Tributario y contable /por Unidad Editorial Lex SolucionesEste sería el «Reglamento para la gestión de denuncias ambientales presentadas a través del Servicio Nacional de Denuncias Ambientales – Senda»
/0 Comentarios/en Ambiente, Gestión pública, Gobierno, Medioambiente, Minería /por Unidad Editorial Lex Soluciones
Todas las entidades públicas deberán derogar o modificar las barreras burocráticas declaradas ilegales y/o carentes de razonabilidad
/0 Comentarios/en Comercio, Construcción, Gestión pública, Gobierno, Indecopi /por Unidad Editorial Lex SolucionesEl Gobierno dispuso que, en el plazo máximo de diez (10) días calendario, el Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual (Indecopi) publique el listado de disposiciones administrativas de las entidades públicas que conforman el Poder Ejecutivo declaradas barreras burocráticas ilegales y/o carentes de razonabilidad por resoluciones firmes de la Comisión de Eliminación de Barreras Burocráticas o de la Sala Especializada en Eliminación de Barreras Burocráticas del Tribunal de Defensa de la Competencia y de la Propiedad Intelectual del Indecopi, conforme con los procedimientos regulados en el marco del Decreto Legislativo N.° 1256, Decreto legislativo que aprueba la Ley de Prevención y Eliminación de Barreras Burocráticas. Luego, los titulares de las entidades del Gobierno Nacional que conforman el Poder Ejecutivo en un plazo no mayor de treinta (30) días calendario siguientes a la publicación del listado de disposiciones administrativas declaradas barreras burocráticas por el Indecopi, bajo responsabilidad, las derogarán de manera expresa o, de ser el caso, subsanarán los defectos de legalidad por contravención al marco normativo vigente, mediante la modificación de las mismas. Leer más
A consulta pública, dos proyectos de ordenanzas de Lima sobre licencias de funcionamiento y publicidad exterior
/0 Comentarios/en Comercio, Gestión pública, Gobierno, Tributario y contable /por Unidad Editorial Lex SolucionesEl día de hoy la Municipalidad Metropolitana de Lima (MML) publicó los dos siguientes proyectos normativos:
(1) El «proyecto de ordenanza que regula las disposiciones legales, técnicas y administrativas vinculadas con el otorgamiento de licencia de funcionamiento y autorizaciones conexas en el Cercado de Lima con excepción del Centro Histórico de Lima, sus formatos, anexos y su exposición de motivos».
(2) El «proyecto de ordenanza que modifica la Ordenanza N.° 2682, que regula la ubicación de elementos de publicidad exterior y su exposición de motivos».
Ambos proyectos se publican por el plazo de quince (15) días calendario, en el portal institucional de la Municipalidad Metropolitana de Lima: www.munlima.gob.pe; así como, en la Plataforma Digital Única del Estado Peruano: www.gob.pe, a efectos de recibir comentarios, opiniones y/o aportes. La Gerencia de Desarrollo Económico, en coordinación con la Oficina de Gobierno Digital, recibirá, procesará y sistematizará los comentarios, opiniones y/o aportes de la ciudadanía sobre ambos proyectos de ordenanza. [MML, R. de Alc. 160, R. de Alc. 164, 8/05/2025] Leer más
El trabajador deberá solicitar por escrito si desea mantener el seguro de vida ley una vez concluida la relación laboral
/0 Comentarios/en Construcción, Derecho, Gestión pública, Gobierno, Laboral, Seguridad social /por Unidad Editorial Lex SolucionesEl Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo (MTPE) modificó el Decreto Supremo N.° 003-2011-TR, que aprueba el Reglamento de la Ley N.° 29549, Ley que modifica el Decreto Legislativo N.° 688, Ley de Consolidación de Beneficios Sociales y crea el Registro Obligatorio de Contratos de Seguros Vida Ley, adecuándolo a las modificaciones realizadas por la Ley N.° 31149, Ley que modificó los artículos 9° y 18 del Decreto Legislativo N.° 688, a fin de mantener vigente el Seguro de Vida Ley al cese de la relación laboral a cargo del extrabajador. De esta manera, se establece expresamente que, «en caso el trabajador decida mantener el seguro de vida ley al término de la relación laboral, debe solicitarlo por escrito, a través de medios físicos o virtuales, a la empresa de seguros dentro del plazo establecido en el artículo 18 del Decreto Legislativo N.° 688. Las condiciones del seguro se sujetan a las disposiciones técnicas de la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones en el marco de su competencia» (sic). [MTPE, D. S. 003-2025-TR, 7/05/2025] Leer más
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