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Mejora el barrio, mejora la vida | Nuevo Manual de Operaciones del Programa Mejoramiento Integral de Barrios

 

El Decreto Supremo N.° 004-2012-Vivienda crea el Programa Mejoramiento Integral de Barrios (PMIB) en el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento (MVCS), bajo el ámbito del Viceministerio de Vivienda y Urbanismo, con el propósito de mejorar la calidad de vida de la población urbana mediante la actuación coordinada y concurrente del MVCS, los gobiernos locales y la comunidad barrial. Luego, a través de los decretos supremos números 001-2013-Vivienda, 021-2014-Vivienda y 011-2021-Vivienda, 010-2022-Vivienda y 002-2023-Vivienda, se modificaron diversos artículos del decreto supremo arriba citado. A su turno, la Resolución Ministerial N.° 225-2021-Vivienda aprobó el Manual de Operaciones (MOP) del PMIB, documento técnico de gestión institucional elaborado en concordancia con las normas y los lineamientos sectoriales. Ahora, el MVCS decide aprobar el nuevo Manual de Operaciones del Programa Mejoramiento Integral de Barrios, que consta de tres (3) títulos, treinta y siete (37) artículos y dos (2) anexos. Se deroga la Resolución Ministerial N.° 225-2021-Vivienda. [MVCS, R. M. 348-2023-Vivienda, 8/08/2023] Leer más

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El Programa Mejoramiento Integral de Barrios intervendrá en las inversiones de optimización, ampliación marginal, rehabilitación y reposición

El Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento (MVCS) dispone que el Programa Mejoramiento Integral de Barrios (PMIB) intervenga en las inversiones de optimización, de ampliación marginal, de rehabilitación y de reposición (IOAAR), en el marco de sus objetivos general y específicos. Y esto con la finalidad de contribuir con el cierre de brechas en materia de infraestructura de conectividad (vías urbanas) y equipamiento urbano. Leer más

La construcción de plantas desalinizadoras de agua de mar en la costa peruana alcanza el estatus de necesidad pública e interés nacional

Este último sábado, 5 de agosto del 2023, el Congreso de la República oficializó la ley que declara de necesidad pública e interés nacional la construcción de plantas desalinizadoras de agua de mar en los departamentos de la costa peruana y la explotación de aguas subterráneas salobres en todo el Perú con la finalidad de cerrar la brecha de infraestructura en el sector para garantizar el acceso futuro al agua. La Única Disposición Complementaria de esta ley dispone que el Poder Ejecutivo (PE), a través del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento (MVCS), el Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego (Midagri) y el Ministerio de Energía y Minas (Minem), dentro del marco de sus competencias y atribuciones, en coordinación con los gobiernos regionales y gobiernos locales involucrados, dispondrán las acciones y medidas necesarias para cumplir con el objeto de la declaración. Leer más

Frank Antonio Rodríguez Cáceres es el nuevo director de la Dirección de Ejecución de Programas y Proyectos en Construcción y Saneamiento

A través de esta resolución ministerial se designa a Frank Antonio Rodríguez Cáceres en el cargo de director de la Dirección de Ejecución de Programas y Proyectos en Construcción y Saneamiento de la Dirección General de Programas y Proyectos en Construcción y Saneamiento del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento. [MVCS, R. M. 342-2023-Vivienda, 3/08/2023] Leer más

La vigencia de la Norma Técnica G.040 | Punta Hermosa prohíbe construir áreas techadas y/o con coberturas ligeras en las azoteas de los inmuebles

Para dictar esta ordenanza la Municipalidad Distrital de Punta Hermosa (MDPH) se sustenta en el Informe N.° 144-2023-AEFT-SGOPyC-GDUCT-MDPH de la Sub Gerencia de Obras Privadas y Catastro. Con ella establece que, a partir de la fecha, queda prohibido ejecutar edificaciones con áreas techadas y/o con coberturas ligeras en las azoteas de los inmuebles existentes en el distrito. La prohibición antes señalada alcanza también a los nuevos proyectos de edificación que se presenten a partir del 2 de agosto del 2023, fecha de entrada en vigencia de la ordenanza. El informe da cuenta que estas construcciones incumplen las características establecidas para este tipo de espacios en la Norma Técnica G.040, Definiciones del Reglamento Nacional de Edificaciones, respecto al porcentaje de área techada y usos previstos. [MDPH, Ord. 486-MDPH, 1/08/2023] Leer más

Cada proyecto de edificación comercial mayor a 500 metros cuadrados en Punta Hermosa contará con un estacionamiento vehicular por cada 25 metros cuadrados de área construida

Los proyectos de edificación para uso comercial en terrenos con un área mayor a 500 metros cuadrados, ubicados en el área de zonificación comercio vecinal (CV), que se presenten a partir de mañana en el distrito de Punta Hermosa deberán contar con la provisión de un estacionamiento vehicular por cada 25 metros cuadrados de área construida. Así lo dispone esta ordenanza emitida por la comuna distrital de Punta Hermosa que se enmarca dentro de lo dispuesto por la Ordenanza N.° 1086-MML, que aprueba el reajuste integral de la zonificación de los usos de los distritos de Punta Hermosa, Punta Negra, San Bartolo, Santa María del Mar y Pucusana, que forman parte de las áreas de tratamiento normativo I y IV – Balnearios del Sur de Lima Metropolitana. [MDPH, Ord. 487-MDPH, 1/08/2023] Leer más

Construir con la última versión de la norma | Perú Compras modifica seis fichas referidas al cemento pórtland

La Central de Compras Públicas (Perú Compras), organismo público ejecutor adscrito al Ministerio de Economía y Finanzas (MEF), modificó las siguientes seis fichas técnicas del rubro componentes y suministros de construcciones, estructuras y obras del Listado de Bienes y Servicios Comunes (LBSC): cemento pórtland tipo con alta resistencia a los sulfatos (Versión 05); cemento pórtland tipo I (Versión 09); cemento pórtland tipo ICO (Versión 11); cemento pórtland tipo IP (Versión 11); cemento pórtland tipo MS con moderada resistencia a los sulfatos (Versión 05) y cemento pórtland tipo (Versión 09). [Perú Compras, R. J. 000091-2023-Perú Compras-Jefatura (Anexo), 31/07/2023] Leer más

Un gerente general tiene facultades para suscribir escrituras públicas de cesión de derechos a título gratuito

Tribunal Registral | Mandatos y poderes. «El gerente general se encuentra facultado para realizar todo tipo de actos de administración y disposición, con excepción de los asuntos que la ley, el estatuto o acuerdos de la junta general o directorio atribuyan a la junta general u otro órgano o excluyan expresamente de su competencia». Así lo recuerda el Tribunal Registral (TR) en esta nueva decisión que se ampara en los artículos 14 y 188 (modificados por el Decreto Legislativo N° 1332) de la Ley General de Sociedades (Ley N.° 26887), que prescriben que es atribución del gerente general celebrar y ejecutar los actos y contratos ordinarios correspondientes al objeto social, salvo disposición distinta del estatuto o acuerdo expreso de la junta general. La jurisprudencia registral ya ha establecido reiteradamente que forman parte del objeto social los actos relacionados que coadyuvan a la realización de sus fines, aunque no estén expresamente indicados en el pacto social o en el estatuto. Estos actos son innumerables y no se requiere indicación expresa. Sobre esto, el precedente de observancia obligatoria aprobado en el XC Pleno del Tribunal Registral estableció lo siguiente: «El gerente general se encuentra facultado para realizar todo tipo de actos de administración y disposición, con excepción de los asuntos que la ley, el estatuto o acuerdos de la junta general o directorio atribuyan a la junta general u otro órgano o excluyan expresamente de su competencia. No es materia de calificación registral si el acto realizado por el gerente general es ordinario o extraordinario, o si se encuentra o no dentro del objeto social» (sic). Leer más

Son 6 734 BFH | Segunda Convocatoria del Programa Techo Propio para el año 2023

El Gobierno convoca a la población que cumpla con los requisitos establecidos en el Reglamento operativo para acceder al Bono Familiar Habitacional (BFH) para la modalidad de aplicación de construcción en sitio propio (en adelante, Reglamento Operativo – CSP), aprobado por la Resolución Ministerial N.° 120-2020-Vivienda y modificatorias; así como, a las entidades técnicas con registro vigente, para que participen en la Segunda Convocatoria del Programa Techo Propio para el año 2023, que otorgará hasta 6 734 BFH, para la modalidad de aplicación de construcción en sitio propio en los departamentos de Arequipa, Cajamarca, Cusco, Loreto, Madre de Dios, Moquegua, Puno, Tacna y Ucayali. Leer más

Solo diez días para comentar el virtual reglamento de participación ciudadana para la gestión ambiental de los proyectos de inversión

Se dispuso la publicación del proyecto de decreto supremo que aprueba el Reglamento de participación ciudadana para la gestión ambiental de los proyectos de inversión bajo el ámbito de competencia del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento (MVCS) y su exposición de motivos, en la sede digital del MVCS (www.gob.pe/vivienda), por el plazo de diez días hábiles, contado a partir de hoy día, a efectos de recibir los comentarios, aportes y sugerencias de la ciudadanía en general. Se encarga a la Dirección General de Asuntos Ambientales del MVCS procesar, evaluar e incluir, de ser el caso, los comentarios, aportes y sugerencias que se reciban a través del correo electrónico: medio.ambiente@vivienda.gob.pe[MVCS, R. M. 337-2023-Vivienda, 26/07/2023] Leer más