El Programa Mejoramiento Integral de Barrios intervendrá en las inversiones de optimización, ampliación marginal, rehabilitación y reposición
El Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento (MVCS) dispone que el Programa Mejoramiento Integral de Barrios (PMIB) intervenga en las inversiones de optimización, de ampliación marginal, de rehabilitación y de reposición (IOAAR), en el marco de sus objetivos general y específicos. Y esto con la finalidad de contribuir con el cierre de brechas en materia de infraestructura de conectividad (vías urbanas) y equipamiento urbano.
Así, con esta adecuación al marco normativo del Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones, el programa podrá realizar intervenciones puntuales con la finalidad de optimizar y/o ampliar la capacidad de producción de los servicios existentes y de implementar las mejoras necesarias, y podrá minimizar los tiempos de ejecución de cada intervención. En otro extremo, la norma precisa que, en virtud al subnumeral 5 del numeral 28.1 del artículo 28 del Reglamento que desarrolla el marco institucional que rige el proceso de mejora de la calidad regulatoria y establece los lineamientos generales para la aplicación del Análisis de Impacto Regulatorio (AIR) Ex Ante, aprobado por el Decreto Supremo N.° 063-2021-PCM, la presente norma se considera excluida del alcance del AIR Ex Ante por la materia que comprende, referida a una disposición normativa de organización, pues se modifica la norma de creación del PMIB. [MVCS, D. S. 002-2023-Vivienda, 14/04/2023]
Ficha legal de la noticia:
Sumilla y ubicación oficial de la norma:
Decreto supremo que modifica el Decreto Supremo N.° 004-2012-Vivienda, que crea el Programa Mejoramiento Integral de Barrios
Separata de Normas Legales, Diario Oficial «El Peruano», Año XL, N.° 17192.
Entidad: Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento (MVCS).
Modificaciones, adecuaciones, incorporaciones, prórrogas, suspensiones, ratificaciones, barreras burocráticas ilegales: modifica los artículos 3°-A y 3°-C del Decreto Supremo N.° 004-2012-Vivienda.
Derogaciones: ninguna.
Vigencia o situación legal de la norma: vigente desde el 15 de abril del 2023.
Fe de erratas: ninguna.
Valores agregados LEX:
Concordancias y antecedentes:
* Decreto Supremo N.° 004-2012-Vivienda, que crea el Programa Mejoramiento Integral de Barrios.
Información relacionada:
+ El cierre de brechas | El programa de mejoramientos de barrios incluirá a los centros poblados de la categoría «Pueblo». [MVCS, D. S. 010-2022-Vivienda, 16/09/2022]
+ Mi barrio, mi comunidad | Un nuevo Manual de Operaciones del Programa Mejoramiento Integral de Barrios. [MVCS, R. M. 225-2021-Vivienda, 28/07/2021]
+ La demanda de solicitudes realizada por los gobiernos locales aumenta | Cambios e incorporaciones al Programa Mejoramiento Integral de Barrios. [MVCS, D. S. 011-2021-Vivienda, 2/07/2021]
Dejar un comentario
¿Quieres unirte a la conversación?Siéntete libre de contribuir!