La Municipalidad Distrital de Barranco (MDB) oficializa su ordenanza denominada «Regularización Tributaria en Barranco», que expone los objetivos siguientes:
(a) incentivar al contribuyente para que sincere la situación de sus predios;
(b) detectar contribuyentes y/o predios omisos a la declaración y pago de tributos municipales;
(c) ampliar la base tributaria, y;
(d) incentivar el pago voluntario de las diferencias por cobrar generadas vía procedimiento de fiscalización.
Esta ordenanza alcanza a todos los contribuyentes omisos a la inscripción de su predio o que no hayan actualizado las características de su inmueble (subvaluadores).
Son requisitos para acogerse a los beneficios dispuestos por la presente ordenanza:
«a) Permitir la inspección y levantamiento de información tributaria, que de oficio se realice en sus predios, o, solicitar por escrito la inspección a su(s) predio(s), brindando las facilidades del caso para su realización.
b) En caso de inspección a solicitud de parte, esta deberá presentarse a partir de la vigencia de la presente ordenanza y hasta el 15 de agosto de 2023.
c) Presentar ante la plataforma de la Gerencia de Administración Tributaria (GAT), de manera presencial o por vía virtual, la correspondiente declaración jurada tributaria, conforme a los datos verificados en la inspección, debidamente firmada por el contribuyente o su representante acreditado, dentro de los cinco (05) días calendarios siguientes de realizada la inspección del predio.
d) Realizar el pago al contado de su deuda tributaria autoliquidada, dentro de la vigencia de la presente ordenanza.
e) Que el aumento de valor del predio de su propiedad, no sea superior al valor de 4 UIT vigentes a la fecha del periodo de la acotación de sus tributos» (sic). Leer más