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Eficiencia y modernización | Sunarp plantea una segunda modificación parcial del TUO del Reglamento General de los Registros Públicos

Un informe de la Dirección Técnica Registral identifica la necesidad prioritaria de implementar una segunda modificación parcial del Texto Único Ordenado del Reglamento General de los Registros Públicos y, para ello, plantea la modificación de once artículos y la incorporación de tres nuevas disposiciones normativas, lo que tendrá un impacto significativo en la eficiencia y modernización del procedimiento registral. Los cambios planteados fortalecerían la coherencia sistémica del reglamento, incluyendo la reformulación del principio de rogación y la separación del principio de titulación auténtica como disposición autónoma, la actualización del principio de legitimación, la modernización del cómputo de plazos, el perfeccionamiento de requisitos de admisibilidad, la consolidación de la calificación de actos administrativos, la optimización de procedimientos de duplicidad registral, la modernización de mecanismos de notificación judicial, la armonización normativa de los procedimientos de reconstrucción de partidas registrales, la incorporación de procedimientos de transcripción de partidas deterioradas, la actualización del régimen de pago de derechos, y la implementación de una plataforma tecnológica de seguimiento de procedimientos administrativos registrales. Así, bajo estas consideraciones, la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos (Sunarp) dispone la publicación del proyecto normativo que aprueba la modificación parcial del Texto Único Ordenado del Reglamento General de los Registros Públicos, aprobado por la Resolución N.° 126-2012-Sunarp-SN y modificatorias, y su exposición de motivos. La norma establece el plazo de quince días calendario, contados a partir del día siguiente de la publicación de la presente resolución, para recibir los comentarios, aportes u opiniones de las entidades públicas y/o privadas y de la ciudadanía en general. [Sunarp, R. 00127-2025-Sunarp-SN, 28/08/2025] Leer más

Nuevo procedimiento específico «Sistema de garantías previas a la numeración de la declaración»

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Toda importación del parasitoide Aphidius colemani desde España queda sujeta a requisitos fitosanitarios

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El Perú fijó requisitos fitosanitarios de cumplimiento obligatorio para la importación del parasitoide Aphidius colemani de origen y procedencia del Reino de España, de la siguiente manera:

«1. El envío deberá contar con el permiso fitosanitario de importación emitido por el Servicio Nacional de Sanidad Agraria (Senasa), obtenido por el importador o interesado, previo a la certificación y embarque en el país de origen y procedencia.

2. El envío deberá venir acompañado de un certificado fitosanitario oficial del país de origen, en el cual se consigne:

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Colombia y Cuba refuerzan lazos de cooperación para proteger la sanidad animal y fortalecer el campo

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Quince días para comentarlo | El futuro Reglamento de Inscripciones del Registro Personal

Se dispuso la publicación del proyecto normativo «Reglamento de Inscripciones del Registro Personal – RIRP» y su exposición de motivos en la sede digital de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos (www.gob.pe/sunarp). Con esto, en un plazo de quince (15) días calendario, contados a partir de mañana, 29 de agosto del 2025, se recibirán los comentarios, aportes u opiniones de las entidades públicas y/o privadas y de la ciudadanía en general, los que podrán ser presentados a través de las oficinas de trámite documentario de las oficinas registrales de todo el país; así como, a través de la mesa de partes virtual de la Sunarp (https://mesadetramite.sunarp.gob.pe/) o podrán ser remitidas a los correos electrónicos: rguzman@sunarp.gob.pe y svalenzuela@sunarp.gob.pe. La Subdirección de Normativa Registral de la Dirección Técnica Registral se encargará de recibir, procesar y sistematizar los comentarios, aportes u opiniones que se presenten. El nuevo texto del Reglamento de Inscripciones del Registro Personal busca materializar objetivos prioritarios fundamentales orientados a la simplificación administrativa y reducción de cargas regulatorias, incluyendo (i) simplificar el acceso a procedimientos registrales para vínculos matrimoniales y convivenciales; (ii) reducir cargas administrativas en la implementación registral del sistema de apoyos y salvaguardias; (iii) simplificar la gestión de efectos registrales de procedimientos concursales; (iv) eliminar cargas derivadas de la dispersión normativa; (v) reducir complejidad procedimental en situaciones de vulnerabilidad civil e (vi) implementar plenamente el modelo social de la discapacidad. [Sunarp, R. 00130-2025-Sunarp-SN, 28/08/2025] Leer más

Quince días | Vivienda saca a consulta pública su propuesta para modificar las normas técnicas G.040 y A.020

Se dispuso la publicación del proyecto de resolución ministerial que modifica las normas técnicas G.040 – Definiciones y A.020 – Vivienda del Reglamento Nacional de Edificaciones, aprobado por el Decreto Supremo N.° 011-2006-Vivienda, en la sede digital del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento (www.gob.pe/vivienda). La publicación se realiza a efectos de recibir los comentarios, aportes u opiniones de la ciudadanía dentro del plazo de quince días calendario, contados desde el 28 de agosto del 2025. Será la Dirección General de Políticas y Regulación en Vivienda y Urbanismo la unidad encargada de la recepción, sistematización y análisis de los comentarios, aportes u opiniones que se presenten a través de la sede digital del ministerio en el siguiente enlace: «Proyecto de Resolución Ministerial que aprueba la Modificación de las Normas Técnicas G.040 Definiciones y A.020 Vivienda del Reglamento Nacional de Edificaciones». [MVCS, R. M. 214-2025-Vivienda, 27/08/2025] Leer más

Impuesto a la Renta | Esta es la lista de recursos hidrobiológicos altamente migratorios

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Servicios excluidos | El Mincetur elimina procedimientos administrativos en la Ventanilla Única de Comercio Exterior

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Seguridad versus libre tránsito | Surco ordena mantener las rejas o plumas levadizas abiertas las 24 horas del día

Carlos Bruce Montes De Oca, alcalde de la Municipalidad Distrital de Santiago de Surco (MDSS), dictó este decreto de alcaldía que establece, dentro del marco de lo dispuesto por el artículo octavo de la Ordenanza N.° 209-MSS, como obligación esencial de los conductores de los predios ubicados en el interior del área de protección, las juntas o comités vecinales, cumplir con mantener las rejas o plumas levadizas obligatoriamente abiertas las 24 horas del día. Según lo dispuesto, solo podrán permanecer cerradas en el horario de 19:00 horas hasta las 07:00 horas, con la presencia obligatoria de un vigilante particular, que deberá garantizar el paso vehicular o peatonal las 24 horas del día con la sola manifestación del ciudadano de querer transitar por la vía. El incumplimiento de lo establecido habilita a la municipalidad para revocar la autorización de instalación del elemento de seguridad y proceder a su inmediato retiro. La Gerencia de Seguridad Ciudadana será la encargada de dar cumplimiento al presente decreto de alcaldía. [MSS, D. de Alc. 019-2025-MSS, 26/08/2025] Leer más

Cinco distritos | El Plan de Desarrollo Urbano de Lima Balnearios del Sur 2025-2034

El Concejo Metropolitano de Lima, en sesión extraordinaria del 21 de agosto del 2025, decidió oficializar la ordenanza que dicta el Plan de Desarrollo Urbano de Lima Balnearios del Sur 2025-2034, que constituye el instrumento técnico normativo que servirá para orientar el desarrollo urbano sostenible de los cinco distritos que conforman el Área Interdistrital Metropolitana de Lima Balnearios del Sur (AIM Lima Balnearios del Sur): Punta Hermosa, Punta Negra, San Bartolo, Santa María del Mar y Pucusana. En estos distritos las disposiciones que emanen del plan resultan de cumplimiento obligatorio para todas las personas naturales y jurídicas, públicas y privadas. Leer más