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Es ilegal cobrar por aprobar los contratos de trabajo del régimen de exportación no tradicional

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  El Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Propiedad Intelectual (Indecopi) declaró barrera burocrática ilegal el cobro de cinco con 10/100 soles (S/ 5,10) por concepto de «aprobación de contratos de trabajo del régimen de exportación no tradicional» y el cobro de diez con 20/100 soles (S/ 10,20) por concepto de «aprobación extemporánea de contratos de trabajo del régimen de exportación no tradicional», materializados en el Procedimiento 45, a cargo de la Dirección Regional de Trabajo y Promoción del Empleo, que se estipula en el Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUO) del gobierno regional aprobado por la Ordenanza Regional N.° 270-2013-GRP-CR. Leer más

Vivienda proyecta el reglamento del Bono de Protección de Viviendas Vulnerables a los Riesgos Sísmicos

Este último sábado, seis de setiembre del 2025, se publicó el proyecto de resolución ministerial que derogaría la Resolución Ministerial N.° 336-2018-Vivienda y que aprobaría el nuevo Reglamento Operativo del Bono de Protección de Viviendas Vulnerables a los Riesgos Sísmicos. La publicación del proyecto se realiza en la sede digital del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento (MVCS), a efectos de recibir los comentarios, aportes u opiniones de la ciudadanía dentro del plazo de quince días calendario contados a partir del lunes ocho de setiembre del 2025. La Dirección de Ejecución de Programas y Proyectos en Vivienda y Urbanismo de la Dirección General de Programas y Proyectos en Vivienda y Urbanismo es la encargada de recepcionar, sistematizar y analizar los comentarios, aportes u opiniones que se presenten sobre el proyecto normativo a través de la sede digital del MVCS. [MVCS, R. M. 232-2025-Vivienda, 6/09/2025]

Ficha legal de la noticia:

Sumilla y ubicación oficial de la norma:

Disponen publicación del proyecto de Resolución ministerial que deroga la Resolución Ministerial N.° 336-2018-Vivienda y aprueba el Reglamento Operativo del Bono de Protección de Viviendas Vulnerables a los Riesgos Sísmicos, así como del texto del citado proyecto de reglamento operativo

Separata de Normas Legales, Diario Oficial «El Peruano», Año XLII, N.° 18805.

Entidad: Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento (MVCS).

Modificaciones, adecuaciones, incorporaciones, prórrogas, suspensiones, ratificaciones, barreras burocráticas ilegales: ninguna.

Derogaciones: ninguna.

Vigencia o situación legal de la norma: en vigencia desde el 5 de setiembre del 2025.

Fe de erratas: ninguna.

Valores agregados LEX:

Concordancias y antecedentes:

* Ley N.° 30156, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento,

* Resolución Ministerial N.° 336-2018-Vivienda, que aprueba el Reglamento Operativo del Bono de Protección de Viviendas Vulnerables a los Riesgos Sísmicos.

Información relacionada:

+ La mira ahora está en las medianas y grandes ciudades | Se actualizan los valores máximos de la VIS. [MVCS, D. S. 005-2024-Vivienda, 12/04/2024]

+ Así es el procedimiento especial para otorgar el Bono Familiar Habitacional (BFH) en la modalidad de construcción en sitio propio. [MVCS, R. M. 207-2021-Vivienda, 21/07/2021]

Son tres los supuestos que autorizan la actuación de la prueba en segunda instancia

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  El Código Procesal Penal instituye un carácter excepcional y limitado a las pruebas que pretenda practicarse durante la sustanciación de los recursos de apelación contra sentencias definitivas. A decir de la máxima instancia judicial, «son tres los supuestos que autorizan la actuación de prueba en segunda instancia: prueba de imposible proposición en primera instancia, prueba indebidamente denegada por el órgano a quo y prueba admitida pero no practicada por causas no imputables al solicitante (artículo 422.2 del nuevo Código Procesal Penal). Adicional a ello, se tiene la regla ciertamente excepcionalísima del artículo 422.5 del citado código, que solo es admisible cuando las declaraciones de los testigos, incluidos los agraviados, adolezcan de sensibles defectos legales o déficits de información que impiden el necesario esclarecimiento de los hechos objeto del debate (…). Sin perjuicio de ello, también se reconoce la exigencia común de que los medios de prueba ofrecidos -que deben tener una corrección formal en su proposición y legitimidad constitucional-, cumplan dos requisitos fundamentales de carácter general: (i) pertinencia -relación que debe existir entre el hecho que pretende probarse y las afirmaciones que hicieron las partes- y (ii) utilidad -que atiende positivamente al medio en sí mismo considerado y negativamente a su condición de superfluo-. Leer más

Se deprecian con la tasa del 5 % los bienes que no se acreditan técnicamente como independientes y que no forman parte de la edificación

Tribunal Fiscal | Impuesto a la Renta. «(…) el artículo II.A.01 del Reglamento Nacional de Tasaciones aprobado por Resolución Ministerial N.° 126-2007-Vivienda, aplicable al presente caso, considera predios a los terrenos, así como a las edificaciones e instalaciones fijas y permanentes que constituyan parte integrante de ellos y que no pudieran ser separadas, sin alterar, deteriorar o destruir la edificación; por su parte, el artículo II.A.03 del citado reglamento señala que se entiende por edificaciones a las construcciones o fábricas en general; en tanto, el artículo II.A.04 del mismo reglamento refiere que son obras complementarias e instalaciones fijas y permanentes todas las que se encuentran adheridas físicamente al suelo o a la construcción, y no pueden ser separadas de estos sin destruir, deteriorar, ni alterar el valor del predio porque son parte integrante y funcional de este, tales como cercos, instalaciones de bombeo, cisternas, tanques elevados, instalaciones exteriores eléctricas y sanitarias, ascensores, instalaciones contra incendios, instalaciones de aire acondicionado, piscinas, muros de contención, subestación eléctrica, pozos para agua o desagüe, pavimentos y pisos exteriores, zonas de estacionamiento, zonas de recreación, y otros que a juicio del perito valuador puedan ser calificados como tales» (sic). Leer más

Colombia suspende por completo exportaciones de carbón hacia Israel

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  Derecho Comparado | Comercio Exterior. El Gobierno nacional oficializó la entrada en vigor de un decreto que modifica el Decreto 1047/24 y establece la prohibición total de exportar carbón a Israel. La medida fue firmada por la ministra de Comercio, Industria y Turismo, Diana Marcela Morales Rojas, junto con otros jefes de cartera, y responde a la política estatal de respeto a los derechos humanos y al derecho internacional humanitario. El decreto argumenta que, desde marzo del 2025, se intensificó la ofensiva bélica contra Palestina, lo que ha generado miles de muertes, heridos y desplazados. Según cifras incluidas en el documento, entre marzo y junio de este año se reportaron más de 5.000 palestinos asesinados, 17.000 heridos y 680.000 desplazados, mientras que desde octubre del 2023 las víctimas superan las 55.000. Estos datos fundamentan la decisión de impedir que los recursos colombianos apoyen la maquinaria de guerra israelí. Leer más

Separata Especial: el procedimiento general «Certificación del operador económico autorizado»

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Con la finalidad de adecuar las medidas de seguridad exigidas a los operadores económicos autorizados por el Programa de Operador Económico Autorizado (OEA) de la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria (Sunat) con las requeridas por el Programa C-TPAT (Customs-Trade Partnership Against Terrorism) y, con ello, cumplir con los compromisos establecidos en el Acuerdo de Reconocimiento Mutuo suscrito con la Oficina de Aduanas y Protección Fronteriza del Departamento de Seguridad Interna de los Estados Unidos de América; la Sunat decidió continuar con la incorporación de nuevos operadores y actualizar el procedimiento vigente al añadir otras mejoras para lograr una mayor predictibilidad, claridad en los administrados y en las acciones de evaluación del OEA por parte de la administración aduanera. Leer más

Importación de especímenes vivos del ácaro predador Stratiolaelaps scimitus desde Israel deberá superar requisitos fitosanitarios

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El Perú impone requisitos fitosanitarios de cumplimiento obligatorio para la importación de especímenes vivos del ácaro predador Stratiolaelaps scimitus de origen y procedencia del Estado de Israel. El detalle de lo requerido es el siguiente:

«1. El envío deberá contar con el permiso fitosanitario de importación emitido por el Servicio Nacional de Sanidad Agraria (Senasa), obtenido por el importador o interesado, previo a la certificación y embarque en el país de origen y procedencia. Leer más

Incluso para el trabajador temporal | Es nulo el despido que tenga por motivo el diagnóstico de cáncer

Se oficializó la Ley N.° 32431, Ley que modifica el Decreto Legislativo N.° 728, Ley de Fomento del Empleo; el Decreto Legislativo N.° 276, Ley de Bases de la Carrera Administrativa y de Remuneraciones del Sector Público; y, la Ley N.° 30057, Ley del Servicio Civil, para proteger los derechos laborales de las trabajadoras y trabajadores con diagnóstico de cáncer. La norma incorpora el literal f) en el artículo 65 del Decreto Legislativo N.° 728, Ley de Fomento del Empleo, para establecer que es nulo el despido que tenga por motivo el diagnóstico de cáncer, su tratamiento y los efectos derivados, incluso si el trabajador presta servicios por menos de cuatro horas diarias, se encuentra en período de prueba o tiene la condición de confianza. Leer más

Buena fe laboral: un gerente no puede pretender que la responsabilidad recaiga únicamente sobre el asistente

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La máxima instancia judicial entiende que, en este caso, «el Manual de Organizaciones y Funciones de (…), como el Reglamento de Organizaciones y Funciones, establecen que corresponde a la Gerencia de Finanzas el control de caja chica, teniendo como función la obligación de controlar el destino de los fondos, verificando el correcto uso de los fondos según su naturaleza; de lo que se desprende que, el demandante tenía la obligación de cautelar que los fondos de caja chica, se utilicen para la adquisición de bienes y servicios contemplados en el Manual de caja chica. En ese sentido, conforme los hechos imputados y el descargo efectuado por el entonces gerente de Finanzas, se colige que no cumplió con su función de supervisar el uso del dinero asignado para caja chica, incumpliéndose así con la normativa interna, que establecía la observancia de determinados requisitos para la contratación de bienes y servicios a través de caja chica. Leer más

Si la pericia no ha concluido, lo incautado permanecerá a disposición de la Fiscalía y de los peritos

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