Orden y progreso | Santa Anita fija cinco zonas de desarrollo para transformar al distrito en uno moderno, ordenado e integrado
Esta ordenanza expone las definiciones básicas, principios, procedimientos, criterios técnicos y geográficos para la demarcación territorial de las zonas de desarrollo dentro del distrito de Santa Anita, con la finalidad de generar espacios territoriales homogéneos para una adecuada prestación de los servicios municipales. El artículo 3° de la norma señala, por ejemplo, que son objetivos de la demarcación territorial zonal:
«3.1 Establecer áreas de planificación participativa a partir del grado de consolidación urbana, integración vial, servicios urbanos, morfología urbana y transporte público; basados en la identificación y el estudio de potencialidades, como la capacidad empresarial y el conocimiento tecnológico, la dotación de recursos naturales e infraestructura, la tradición y la cultura.
3.2 Desconcentrar la prestación de los servicios municipales, promoviendo el desarrollo integral distrital, por ende, mejorar las condiciones de vida y el hábitat de la población del distrito.
3.3 Proponer a través del diagnóstico territorial, los criterios, políticas y estrategias que deben tenerse en cuenta para la desconcentración del distrito, en los aspectos político-administrativos, socio-económico, urbano-ambientales, para garantizar un desarrollo integral y permanente en el ámbito local.
3.4 Estandarizar la demarcación territorial zonal para todos los procesos de ejecución de trabajo de cada unidad orgánica u órgano de la Municipalidad Distrital de Santa Anita. Esto permitirá una mayor efectividad en el monitoreo y la evaluación de sus funciones.
3.5 Facilitar los procesos de planificación participativa.
La demarcación territorial zonal permite a los planificadores familiarizarse con los problemas y las oportunidades de áreas reconocibles y homogéneas, y así realizar la preparación de planes y políticas más sostenible» (sic).
De esta manera, la municipalidad establece cinco zonas de desarrollo para transformar al distrito en uno moderno, ordenado e integrado, mediante una adecuada funcionalidad descentralizada; asimismo, busca que la población en su conjunto asuma una actitud más comprometida con su zona y con el distrito. Con las cinco zonas de desarrollo se logrará constituir el ordenamiento físico territorial policéntrico en cada una de ellas y un adecuado crecimiento urbano que oriente y potencie las tendencias. [MDSA, Ord. 00338-MDSA,13/09/2023]
Ficha legal de la noticia:
Sumilla y ubicación oficial de la norma:
Ordenanza que establece zonas de desarrollo en el ámbito territorial del distrito de Santa Anita
Separata de Normas Legales, Diario Oficial «El Peruano», Año XL, N.° 17461.
Entidad: Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento (MVCS).
Modificaciones, adecuaciones, incorporaciones, prórrogas, suspensiones, ratificaciones, barreras burocráticas ilegales: ninguna.
Derogaciones: ninguna.
Vigencia o situación legal de la norma: vigente desde el 14 de setiembre del 2023.
Fe de erratas: ninguna.
Valores agregados LEX:
Concordancias y antecedentes:
* Ley N.° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades.
* Ley N.° 31313, Ley de desarrollo urbano sostenible.
Información relacionada:
+ Las ciudades ante un nuevo reglamento de acondicionamiento y planificación del desarrollo urbano sostenible. [MVCS, D. S. 012-2022-Vivienda, 5/10/2022]




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