El estado de emergencia por la COVID-19 regirá hasta el 28 de agosto

Este decreto supremo, publicado el pasado jueves 28 de julio, extiende por un plazo de 28 días calendario el estado de emergencia nacional. La medida regirá a partir del 1 de agosto. Según se expone, el Decreto Supremo N.º 092-2022-PCM responde a «las graves circunstancias que afectan la vida y salud de las personas como consecuencia de la COVID-19». Asimismo, se refiere que se ha tomado esta decisión, ya que actualmente existe un incremento de casos confirmados. [PCM, D. S. 092-2022-PCM, 28/07/2022]

Ficha legal de la noticia: 

Sumilla y ubicación oficial de la norma: 

Decreto Supremo que prorroga el Estado de Emergencia Nacional declarado por el Decreto Supremo N° 016-2022-PCM Decreto Supremo que declara Estado de Emergencia Nacional por las circunstancias que afectan la vida y salud de las personas como consecuencia de la COVID-19 y establece nuevas medidas para el restablecimiento de la convivencia social prorrogado por Decreto Supremo N° 030-2022-PCM Decreto Supremo N° 041-2022-PCM Decreto Supremo N° 058-2022-PCM y Decreto Supremo N° 076-2022-PCM. 

Separata de Normas Legales, Diario Oficial «El Peruano», Año XXXVIII, N.º 16731.

Entidad: Presidencia del Consejo de Ministros (PCM).

Modificaciones, adecuaciones, incorporaciones, prórrogas, suspensiones, ratificaciones, barreras burocráticas ilegales: ninguna.

Derogaciones: ninguna.

Vigencia o situación legal de la norma: vigente desde el 01 de agosto del 2022.

Fe de erratas: ninguna.

Valores agregados LEX: 

Concordancias y antecedentes: 

* Decreto Supremo N.º 076-2022-PCM. 

Información relacionada: ninguna.

0 comentarios

Dejar un comentario

¿Quieres unirte a la conversación?
Siéntete libre de contribuir!

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

Este sitio usa Akismet para reducir el spam. Aprende cómo se procesan los datos de tus comentarios.