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Sin descuento de las liquidaciones | Así se deberá realizar la compensación de las licencias con goce de haber otorgadas durante pandemia

Con la dación de esta ley, el Congreso dispone medidas para garantizar los derechos de los trabajadores afectados por lo dispuesto en el numeral 20.2 del artículo 20 del Decreto de Urgencia N.º 026-2020, Decreto de Urgencia que establece diversas medidas excepcionales y temporales para prevenir la propagación del Coronavirus (COVID-19) en el territorio nacional y en el numeral 26.2 del artículo 26 del Decreto de Urgencia N.º 029-2020, que dicta medidas complementarias destinadas al financiamiento de la micro y pequeña empresa y otras medidas para la reducción del impacto de la COVID-19 en la economía peruana. La norma se aplica a todos los empleadores y trabajadores de los sectores público y privado, bajo cualquier régimen laboral. El artículo tercero de la ley dispone que las horas acumuladas de licencia con goce de haber generadas en virtud del numeral 20.2 del artículo 20 del Decreto de Urgencia N.º 026-2020 y del numeral 26.2 del artículo 26 del Decreto de Urgencia N.º 029-2020 se pueden compensar de cualquiera de las siguientes formas: Leer más

El cinco de diciembre será día no laborable compensable para los miembros de mesa de la segunda elección

Este cinco de diciembre del 2022 será día no laborable de naturaleza compensable para aquellos ciudadanos que se desempeñen como miembros de mesa durante la Segunda Elección en el proceso de Elecciones Regionales a llevarse a cabo el día 4 de diciembre del 2022. Los empleadores de los sectores público y privado deberán adoptar las medidas pertinentes para el cumplimiento de lo establecido. Para gozar del beneficio señalado, el trabajador que se desempeñó como miembro de mesa deberá presentar a su empleador, a través de soporte físico o digital, al momento de reiniciar su prestación de servicios, el Certificado de Participación entregado por la Oficina Nacional de Procesos Electorales (ONPE). [MTPE, D. S. 017-2022-TR, 1/12/2022] Leer más

El día 6 de agosto será feriado nacional para conmemorar la batalla de Junín

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El Ejecutivo oficializó la ley que declara el día 6 de agosto como feriado nacional en todas las entidades e instituciones públicas en conmemoración de la batalla de Junín. Esta ley modifica el artículo 6° del Decreto Legislativo N.° 713, que consolida la legislación sobre descansos remunerados de los trabajadores sujetos al régimen laboral de la actividad privada. Según esta modificación, los días feriados ahora son los siguientes: Leer más

El Ejecutivo modifica el reglamento de la ley de relaciones colectivas y empodera a los sindicatos

Con la finalidad de armonizar las disposiciones vigentes del Reglamento de la Ley de Relaciones Colectivas de Trabajo, aprobado por el Decreto Supremo N.° 011-92-TR, a las decisiones y recomendaciones del Comité de Libertad Sindical y a las observaciones de la Comisión de expertos en aplicación de convenios y recomendaciones de la OIT; el Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo modifica los artículos 1°, 2°, 4°, 5°, 8°, 9°, 10, 12, 16, 16-A, 21, 22, 23, 24, 25, 28, 29, 30, 38, 46, 47, 55, 59, 61-A, 61-C, 65, 67, 68, 68-A, 70 y 71 del reglamento citado. En este mismo reglamento se derogan los artículos 3°, 6°, 13 y 63. Los cambios principales incentivan una mayor afiliación de trabajadores a los sindicatos, además de alentar su constitución con mayores facultades. Fortalece, también, la negociación colectiva por rama y en otros niveles de negociación; otorga a los sindicatos la posibilidad de acudir a un arbitraje en caso no exista acuerdo entre las partes y amplía las condiciones para que más huelgas puedan ser consideradas legales al flexibilizar los requisitos. [MTPE, D. S. 014-2022-TR, 24/07/2022] Leer más

El plazo para recibir sugerencias sobre el anteproyecto del Código de Trabajo se amplía hasta este 24 de mayo

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El Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo (MTPE) dispuso la ampliación por veinte días calendario del plazo para la recepción de sugerencias, comentarios y recomendaciones de empleadores y trabajadores, entidades públicas y privadas y la ciudadanía en general, sobre el anteproyecto del Código de Trabajo. Leer más

En busca del empleo perdido | Las reglas del MTPE para calificar y otorgar el subsidio para recuperar el empleo formal en el sector privado

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Con este decreto supremo, el Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo (MTPE) establece todas las disposiciones reglamentarias que se deberán cumplir para operativizar el pago del subsidio que regula el Decreto de Urgencia N.° 127-2020, decreto que establece el otorgamiento de subsidios para la recuperación del empleo formal en el sector privado, entre los que se encuentran los extremos referidos a la determinación de los trabajadores y remuneraciones que se considera para calificar a los empleadores elegibles, el cálculo de subsidio y las condiciones para presentar la declaración jurada a que se refiere el numeral 9.3 del artículo 9° del citado decreto de urgencia.

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La Sunat oficializa la nueva versión del PDT Planilla Electrónica – Plame, Formulario Virtual N.° 0601

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En efecto, la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria (Sunat) oficializa la nueva versión del PDT Planilla Electrónica – Plame, Formulario Virtual N.° 0601, cuya última versión fue aprobada por la Resolución de Superintendencia N.° 000233-2020/Sunat.

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Estos son los 224 cambios realizados al TUPA del MTPE

El Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo (MTPE) cumplió con publicar en su página web los 224 cambios que realizó a su Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA). Tales cambios se oficializaron con la publicación de la norma aprobatoria en el Diario Oficial “El Peruano” el pasado viernes 16 de junio. En el detalle, la entidad elimina 11 procedimientos administrativos, elimina la base legal de 9 procedimientos administrativos, modifica la calificación de 7 procedimientos administrativos, fusiona 2 procedimientos administrativos, reduce plazos de atención en 3 procedimientos administrativos, elimina 106 requisitos innecesarios en 32 procedimientos administrativos, modifica 55 requisitos en 31 procedimientos y elimina 2 servicios prestados en exclusividad. Además, elimina 26 requisitos innecesarios en 3 servicios que se prestan en exclusividad; así como 3 publicaciones especializadas. [MTPE, R. M. 107-2017-TR, 16/06/2017]

Periodo de prueba

El período de prueba es una institución del derecho del trabajo que hace posible que ambas partes de la relación laboral (empleador y trabajador) se conozcan mutuamente y, sobre todo, valoren las condiciones generales (personales, profesionales y las propias del medio en que debe realizarse el servicio) antes de otorgar a dicha relación un grado mayor de permanencia y seguridad. Así, y según la legislación que regula el régimen laboral de la actividad privada, el trabajador solo tendrá derecho a la estabilidad laboral luego de superar el período de prueba y, una vez ocurrido esto, solo podrá ser despedido por causa justa relacionada con su conducta o capacidad. Antes de esto, durante el período de prueba, el empleador puede dar por terminado el vínculo laboral sin expresión de causa ni de formalidad alguna. (Pres. Carlos Guillermo Morales Morante)

Noticia generada en jun. 24/15 (08:18 am)

TSC, R. 01934-2014-Servir/TSC-Segunda Sala, 06/11/2014

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