Lince perfecciona ordenanza que establece acciones frente a daños a predios de terceros causados por obras de edificación
La Municipalidad Distrital de Lince (MDL) modifica el artículo cuarto (Constatación de daños materiales) y sexto (Reparación de daños) de su Ordenanza N.° 504-2024-MDL para establecer que, de comunicar y acreditar el propietario del inmueble afectado, la ocurrencia de daños materiales ocasionados por la ejecución de obras de edificación o demolición, la Subgerencia de Fiscalización Administrativa realizará una inspección para verificar los daños materiales ocasionados y, de existir, dispondrá la paralización de la obra, de acuerdo con las funciones que se le atribuye en el ROF. Asimismo, comunicará al titular de la licencia de edificación la obligación del cumplimiento de la Declaración Jurada de Compromiso de Reparación de Daños presentada. De requerirlo, la Subgerencia de Fiscalización Administrativa solicitará la intervención de la Subgerencia de Gestión de Riesgo de Desastres, para que realice en el inmueble afectado una inspección en materia de seguridad y riesgo, para ello, el propietario del predio afectado brindará las facilidades del caso. El titular de la licencia de edificación y el propietario del inmueble afectado acordarán un cronograma de trabajo de reparación de daños materiales, cronograma que se comunicará a la Subgerencia de Fiscalización Administrativa, una vez verificado su cumplimiento o subsanación, la citada subgerencia levantara la medida de paralización de la obra. En caso que el propietario del inmueble afectado negará el ingreso al mismo, para efectuar los trabajos de reparación, el titular de la licencia de edificación podrá presentar una constatación notarial de la negativa. [MDL, Ord. 530-2025-MDL, 1/08/2025]
Ficha legal de la noticia:
Sumilla y ubicación oficial de la norma:
Modifican la Ordenanza N.° 504-2024-MDL, que establece las acciones frente a daños materiales a predios de terceros causados por obras de edificación y demolición en el distrito de Lince
Separata de Normas Legales, Diario Oficial «El Peruano», Año XLII, N.° 18738.
Entidad: Municipalidad Distrital de Lince (MDL).
Modificaciones, adecuaciones, incorporaciones, prórrogas, suspensiones, ratificaciones, barreras burocráticas ilegales: modifica los artículos cuarto y sexto de la Ordenanza N.° 504-2024-MDL.
Derogaciones: ninguna.
Vigencia o situación legal de la norma: en vigencia desde el 2 de agosto del 2025.
Fe de erratas: ninguna.
Valores agregados LEX:
Concordancias y antecedentes:
* Ordenanza N.° 504-2024-MDL, que establece las acciones frente a daños materiales a predios de terceros causados por obras de edificación y demolición en el distrito de Lince.
* Ley N.° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades.
* Ley N.° 29090, Ley de Regulación de Habilitaciones Urbanas y Edificatorias.
* Decreto Supremo N.° 029-2019-Vivienda, que aprueba el Reglamento de Licencias de Habilitación Urbana y Licencias de Edificación.
Información relacionada:
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