Multas de hasta 300 % de la UIT | Surquillo reglamenta la conservación y gestión de las áreas verdes
Surquillo promueve la conservación, gestión, defensa y mantenimiento de las áreas verdes dentro del distrito para mejorar la calidad de vida de los vecinos, acciones que emprende para cumplir con el marco de una política ambiental-forestal orientada al desarrollo sostenible de la ciudad. Todos los preceptos contenidos en esta ordenanza, así como sus normas complementarias son de obligatorio cumplimiento para toda persona natural o jurídica, pública o privada dentro de la circunscripción distrital.
Intangibilidad. Las áreas verdes de uso público existentes o que se generen en los espacios públicos de Surquillo constituyen áreas de naturaleza intangible, inalienable e imprescriptible. Su conservación, defensa y mantenimiento son acciones que, por razones de equilibrio ecológico, bienestar colectivo y calidad de vida, forman parte de la política municipal ambiental. Por estas razones, la Municipalidad Distrital de Surquillo asume la administración de las especies arbóreas y vegetales ubicadas en todas las áreas de uso público, tarea que queda a cargo de la Subgerencia de Áreas Verdes y Ornato. El artículo sexto de la ordenanza precisa que son derechos de los vecinos disfrutar libre y responsablemente de las áreas verdes de uso público, sin más limitaciones que las derivadas del orden público, la moral y las buenas costumbres, y las demás normas que se dicten en defensa de la conservación, mantenimiento y protección de dichas áreas y sus componentes, denominados, para los efectos de la presente ordenanza, como recreación pasiva.
Con esto, constituyen obligaciones de los vecinos:
«a) Respetar las especies arbóreas y vegetales existentes.
b) Solicitar autorización municipal previa a realizar el traslado, tala o retiro de un árbol y/o palmera, o remodelación de áreas verdes de uso público.
c) Proteger el área verde de uso público cuando realicen trabajos de obra privada (construcciones, remodelaciones, ampliaciones, reforzamiento o similares). d) Considerar como inamovibles los árboles, arbustos y palmeras plenamente establecidas en las áreas públicas, a fin de evitar las afectaciones durante el proceso de obras públicas o privadas» (sic).Ord. 535-2023-MDS, 3/09/2023]
La norma también señala la compensación arbórea, que consiste en la reposición de diez árboles por cada árbol y/o palmera afectados por actos o actividades que perjudiquen su normal composición o desarrollo. La norma, que regirá dentro de treinta días, modifica la letra h) e incorpora la letra j) en el numeral 9.2 del artículo 9° del Reglamento de Aplicación de Sanciones Administrativas (RASA), así como el Cuadro Único de Infracciones y Sanciones (CUIS), aprobados ambos por la Ordenanza N.° 452-MDS. [MDS,Ficha legal de la noticia:
Sumilla y ubicación oficial de la norma:
Ordenanza que reglamenta la conservación y gestión de las áreas verdes de uso público en el distrito de Surquillo
Separata de Normas Legales, Diario Oficial «El Peruano», Año XL, N.° 17442.
Entidad: Municipalidad Distrital de Surquillo (MDS).
Modificaciones, adecuaciones, incorporaciones, prórrogas, suspensiones, ratificaciones, barreras burocráticas ilegales: modifica la letra h) e incorpora la letra j) en el numeral 9.2 del artículo 9° del Reglamento de Aplicación de Sanciones Administrativas (RASA), aprobado por la Ordenanza N.° 452-MDS, y el Cuadro Único de Infracciones y Sanciones (CUIS), aprobado como el Anexo I de la misma Ordenanza N.° 452-MDS.
Derogaciones: ninguna.
Vigencia o situación legal de la norma: vigente desde el 3 de setiembre del 2023.
Fe de erratas: ninguna.
Valores agregados LEX:
Concordancias y antecedentes:
* Ley N.° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades.
* Ordenanza N.° 452-MDS, que aprueba el Reglamento de Aplicación de Sanciones Administrativas (RASA) y el Cuadro Único de Infracciones y Sanciones (CUIS) de la Municipalidad Distrital de Surquillo.
Información relacionada:
+ Surquillo ofrece beneficios extraordinarios para el pago de resoluciones de multa generadas antes de la vigencia de la Ordenanza N.° 452-MDS. [MDS, Ord. 481-MDS, 2/06/2021]
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