Máxima accesibilidad | El servicio Agente Sunarp se implementará también en los gobiernos regionales, colegios profesionales y notarías

La Superintendencia Nacional de los Registros Públicos (Sunarp) dispone la ampliación del servicio Agente Sunarp, para el acceso a la publicidad formal simple y certificada que se tramite en los gobiernos regionales, colegios profesionales y los notarios públicos a nivel nacional a través del Servicio de Publicidad Registral en Línea (SPRL). También aprueba el nuevo «Convenio de adhesión de colaboración interinstitucional para la implementación y funcionamiento de un Agente Sunarp», que se suscribirá con las entidades comprendidas, y que forma parte de la presente resolución. Esta decisión deja sin efecto la Resolución N.° 213-2023-Sunarp-SN, del 18 de diciembre del 2023. Sobre este tema se tiene que el Servicio de Publicidad Registral en Línea (SPRL) permite acceder a la base de datos que contiene los índices de los distintos registros, al repositorio centralizado de imágenes de las partidas registrales y a los títulos almacenados que consten en formato digital de las oficinas registrales, para obtener información que se encuentre disponible, asimismo, permite solicitar publicidad formal certificada como el certificado literal de partida registral, certificado registral vehicular, certificado de vigencia de poder de personas jurídicas, entre otros, cuya información es de gran interés y demanda por parte de la ciudadanía. Ahora, ante los óptimos resultados de la implementación del Agente Sunarp en distintas municipalidades a nivel nacional, la Sunarp decide ampliar este servicio a través de espacios habilitados y acondicionados por los gobiernos regionales, colegios profesionales y oficios notariales, para prestar el servicio registral de publicidad formal simple y certificada que se solicita a través del Servicio de Publicidad Registral en Línea (SPRL). [Sunarp, R. 075-2024-Sunarp-SN, 31/05/2024]

Ficha legal de la noticia:

Sumilla y ubicación oficial de la norma:

Aprueban la ampliación del servicio Agente Sunarp, para el acceso a la publicidad formal simple y certificada a través del Servicio de Publicidad Registral en Línea (SPRL), que se tramite en los gobiernos regionales, colegios profesionales y los notarios públicos a nivel nacional

Separata de Normas Legales, Diario Oficial «El Peruano», Año XL, N.° 17935.

Entidad: Superintendencia Nacional de los Registros Públicos (Sunarp).

Modificaciones, adecuaciones, incorporaciones, prórrogas, suspensiones, ratificaciones, barreras burocráticas ilegales: ninguna.

Derogaciones: deja sin efecto la Resolución N.° 213-2023-Sunarp-SN, que aprueba el servicio Agente Sunarp para el acceso a la publicidad formal simple y certificada a través del Servicio de Publicidad Registral en Línea (SPRL), que se tramita en las municipalidades; aprobándose también el modelo de «Convenio de adhesión de colaboración interinstitucional para la implementación y funcionamiento de un Agente Sunarp».

Vigencia o situación legal de la norma: vigente desde el 31 de mayo del 2024.

Fe de erratas: ninguna.

Valores agregados LEX:

Concordancias y antecedentes:

* Resolución N.° 213-2023-Sunarp-SN, que aprueba el servicio Agente Sunarp para el acceso a la publicidad formal simple y certificada a través del Servicio de Publicidad Registral en Línea (SPRL), que se tramita en las municipalidades; aprobándose también el modelo de «Convenio de adhesión de colaboración interinstitucional para la implementación y funcionamiento de un Agente Sunarp».

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