Habilitaciones urbanas realizadas sin licencia en San Juan de Lurigancho podrán regularizarse

Este domingo pasado, siete de abril del 2024, se aprobó la ordenanza que establece un beneficio temporal de regularización de habilitaciones urbanas ejecutadas y/o de edificaciones ejecutadas sin la correspondiente licencia en el distrito de San Juan de Lurigancho. La norma faculta expresamente al alcalde para que, mediante decreto de alcaldía, dicte las disposiciones complementarias para la ampliación del plazo de vigencia, difusión y mejor aplicación de lo dispuesto en la presente ordenanza. [MDSJL, Ord. 468-MDSJL, 8/04/2024]

Ficha legal de la noticia:

Sumilla y ubicación oficial de la norma:

Ordenanza que establece un beneficio temporal de regularización de habilitaciones urbanas ejecutadas y/o de edificaciones ejecutadas sin la correspondiente licencia, en el distrito de San Juan de Lurigancho

Separata de Normas Legales, Diario Oficial «El Peruano», Año XL, N.° 17838.

Entidad: Municipalidad Distrital de San Juan de Lurigancho (MDSJL).

Modificaciones, adecuaciones, incorporaciones, prórrogas, suspensiones, ratificaciones, barreras burocráticas ilegales: ninguna.

Derogaciones: ninguna.

Vigencia o situación legal de la norma: vigente desde el 8 de abril del 2024.

Fe de erratas: ninguna.

Valores agregados LEX:

Concordancias y antecedentes:

* Ley N.° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades.

Información relacionada: ninguna.

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