Habilitaciones de oficio | Surco facilita el trámite del Certificado de Nomenclatura Vial, de la Constancia de Posesión y la Visación de Plano para Prescripción Adquisitiva
Esta ordenanza de la Municipalidad Distrital de Santiago de Surco (MDSS), publicada en el Diario Oficial «El Peruano» el 19 de agosto del 2024, otorga a los vecinos beneficiados con la habilitación urbana de oficio facilidades para la expedición del Certificado de Nomenclatura Vial, de la Constancia de Posesión y de la Visación de Plano para Prescripción Adquisitiva. Todo ello con la intención de permitir la individualización e inscripción registral del predio total habilitado de oficio. Dispone la norma que, para la tramitación del Certificado de Nomenclatura Vial, Constancia de Posesión y Visación de Planos para Prescripción Adquisitiva, los vecinos del distrito deberán presentar los siguientes documentos:
«1. Solicitud dirigida al alcalde firmada por todos los solicitantes que acrediten la propiedad del bien y/o tributen por dicho inmueble de ser el caso.
2. Declaración del predio ante la Gerencia de Administración Tributaria, con anterioridad a la fecha de presentación de la solicitud.
3. Copias legalizadas notarialmente de los documentos que acrediten el derecho de posesión de la propiedad sobre el predio (tales como certificado de adjudicación, contrato de transferencia de posesión, contrato de promesa de venta, entre otros)» (sic).
Los administrados beneficiados con las habilitaciones urbanas de oficio tendrán una reducción del 75 % del valor de multa, correspondiente al 10 % del valor de la obra a regularizar, que será calculado en función al Cuadro de Valores Unitarios Oficiales de Edificación Lima Metropolitana y Provincia Constitucional del Callao, tomando como base los valores de costos a la fecha de la presentación de la documentación. Lo dispuesto entrará en vigencia desde el 20 de agosto del 2024 hasta el 20 de agosto del 2027. [MDSS, Ord. 706-MSS, 19/08/2024]
Ficha legal de la noticia:
Sumilla y ubicación oficial de la norma:
Ordenanza que simplifica los requisitos para la expedición del Certificado de Nomenclatura Vial, de la Constancia de Posesión y Visación de Plano para los predios habilitados de oficio y establece beneficios para la regularización de edificaciones en el distrito de Santiago de Surco
Separata de Normas Legales, Diario Oficial «El Peruano», Año XL, N.° 18080.
Entidad: Municipalidad Distrital de Santiago de Surco (MDSS).
Modificaciones, adecuaciones, incorporaciones, prórrogas, suspensiones, ratificaciones, barreras burocráticas ilegales: ninguna.
Derogaciones: deroga la Ordenanza N.° 466-MSS, que exonera el pago por derecho de trámite y simplifica los requisitos para la expedición del Certificado de Nomenclatura, Constancia de Posesión y Visación de Plano para los predios habilitados de oficio en el distrito de Santiago de Surco.
Vigencia o situación legal de la norma: vigente desde el 20 de agosto del 2024.
Fe de erratas: ninguna.
Valores agregados LEX:
Concordancias y antecedentes:
* Ley N.° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades.
* Ordenanza N.° 466-MSS, que exonera el pago por derecho de trámite y simplifica los requisitos para la expedición del Certificado de Nomenclatura, Constancia de Posesión y Visación de Plano para los predios habilitados de oficio en el distrito de Santiago de Surco.
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