El Indecopi confirma su cambio de criterio: sí existe una relación de consumo cuando se adquiere un departamento por permuta
/0 Comentarios/en Construcción, Indecopi, Jurisprudencia y doctrina /por Unidad Editorial Lex SolucionesTribunal del Indecopi | Protección al Consumidor. En su denuncia, los recurrentes señalaron que la inmobiliaria –en calidad de pago por la venta de su inmueble– ofrecieron la entrega de dos departamentos, cuatro estacionamientos y dos depósitos, los cuales serían construidos en el bien inmueble que fue de su propiedad. Sin embargo, dicho proveedor no habría cumplido con entregarle dichos inmuebles y no habría cumplido con varias estipulaciones del contrato de compraventa, así tampoco habría cumplido con lo ordenado por el laudo arbitral emitido en virtud del proceso arbitral al cual se sometieron las partes. Expuestas así las cosas, la Comisión declaró improcedente la denuncia interpuesta por los recurrentes porque consideró que las partes se vincularon en el marco de una relación civil –a través de un contrato de permuta–, y no establecieron una relación de consumo. Leer más
El costo computable de las acciones cuando la empresa peruana ha reducido su capital para absorber pérdidas es el costo de adquisición
/0 Comentarios/en Comercio, Corte Suprema, Derecho, Destacado, Judicial, Jurisprudencia y doctrina, Tributario y contable /por Unidad Editorial Lex SolucionesEl principio de verdad material: ante la ausencia de comprobante de pago que sustente el costo, la Sunat analiza los medios probatorios que presente el contribuyente
/0 Comentarios/en Corte Suprema, Derecho, Destacado, Judicial, Jurisprudencia y doctrina, Tributario y contable /por Unidad Editorial Lex SolucionesSi se desprende que el porcentaje de cuotas ideales transferido es sobre la totalidad del predio, no procede exigir un instrumento público aclaratorio
/0 Comentarios/en Construcción, Jurisprudencia y doctrina, Notariado y registro /por Unidad Editorial Lex SolucionesTribunal Registral | Propiedad Inmueble. Si de la escritura pública otorgada se desprende que el porcentaje de cuotas ideales transferido es respecto a la totalidad del predio, no procede exigir que se otorgue un instrumento público aclaratorio. Cuando el artículo 96 del Reglamento de Inscripciones del Registro de Predios establece que en el asiento de inscripción de una transferencia de cuota ideal debe indicarse la cuota con respecto a la totalidad del predio que es objeto de la enajenación, lo que se sostiene es que en el asiento debe constar la cuota ideal que pertenecerá al adquirente como resultado de la transferencia. Leer más
Ni la Sunat ni el Tribunal Fiscal pueden aplicar intereses moratorios luego de vencido el plazo legal para resolver el recurso administrativo
/0 Comentarios/en Comercio, Corte Suprema, Derecho, Destacado, Judicial, Jurisprudencia y doctrina, Tributario y contable /por Unidad Editorial Lex SolucionesLas mermas se acreditan caso por caso
/0 Comentarios/en Comercio, Construcción, Corte Suprema, Derecho, Destacado, Judicial, Jurisprudencia y doctrina, Tributario y contable /por Unidad Editorial Lex SolucionesTodos los gastos que realiza el contribuyente que cumplan con el principio de causalidad serán deducibles
/0 Comentarios/en Comercio, Construcción, Corte Suprema, Derecho, Destacado, Judicial, Jurisprudencia y doctrina, Tributario y contable /por Unidad Editorial Lex SolucionesCS: «es posible advertir alguna indicación del exportador sobre su voluntad de acogerse al procedimiento instaurado para solicitar la restitución de tales derechos arancelarios»
/0 Comentarios/en Comercio, Comercio exterior, Corte Suprema, Derecho, Destacado, Judicial, Jurisprudencia y doctrina, Tributario y contable /por Unidad Editorial Lex SolucionesSe debe acreditar con documentos que el seguro contra riesgos para obras de construcción cumple con el principio de causalidad
/0 Comentarios/en Construcción, Derecho, Destacado, Jurisprudencia y doctrina, Tributario y contable /por Unidad Editorial Lex SolucionesTribunal Fiscal | Impuesto a la Renta. La recurrente del caso, que se dedica a la actividad de construcción, alega que contrató un seguro para cubrir cualquier riesgo en las obras de construcción y, además, porque se trataba de un requisito para obtener financiamientos vinculados a tales obras. Por su parte, la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria (Sunat) señaló que no corresponde la deducción de tales gastos ya que la recurrente no acreditó su necesidad para producir la renta o mantener la fuente generadora de la misma; además, no adjuntó documentación para sustentarlos. Según el Tribunal Fiscal (TF), para que un gasto cumpla con el principio de causalidad, no solo se debe indicar cuál sería la relación de causalidad existente entre el egreso y la generación de la renta gravada o el mantenimiento de la fuente productora, también resulta necesario que la causalidad se acredite con la documentación correspondiente. Leer más
LEX soluciones
Nuestro trabajo es la sistematización, estudio y desarrollo de los contenidos legales que regulan la gestión diaria de profesionales y de empresas, tanto del sector legal como de los distintos ámbitos empresariales.
Contáctanos
Teléfono: 7131310
E-mail: info@lexsoluciones.com
Jr. Ariadna 180 – Edificio F, dpto. 302
Surco | Lima







