Todos los gastos que realiza el contribuyente que cumplan con el principio de causalidad serán deducibles

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Para efectos de establecer si un gasto puede ser deducible para determinar el Impuesto a la Renta de tercera categoría, se observan los criterios siguientes: i) deben tener como finalidad la generación de rentas (causa subjetiva) y ii) deben tener una vinculación objetiva con las actividades empresariales (causa objetiva). En este sentido, la Corte Suprema (CS) recuerda que no todos los gastos que realice el contribuyente pueden ser considerados como gastos deducibles, sino solamente aquellos en los que razonablemente se haya acreditado una vinculación con las actividades de la empresa y que tengan como finalidad la generación de rentas; es decir, aquellos que cumplan con el denominado principio de causalidad, que regula el artículo 37 de la Ley del Impuesto a la Renta. Leer más

CS: «es posible advertir alguna indicación del exportador sobre su voluntad de acogerse al procedimiento instaurado para solicitar la restitución de tales derechos arancelarios»

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Al igual que en el precedente vinculante que fija en la Sentencia de Casación N.° 466-2022, del 11 de mayo del 2023, la Corte Suprema (CS) vuelve a señalar que «[s]e reconoce que, ante el supuesto de que el despachador aduanero incurra en error omitiendo incluir el referido Código 13 cuando numere la Declaración Única de Aduanas – DUA, tratándose de una formalidad prevista normativamente para acogerse al beneficio aduanero Drawback, se puede subsanar o superar esta omisión si, en cualquier apartado de este mismo documento, es posible advertir alguna indicación del exportador sobre su voluntad de acogerse al procedimiento instaurado para solicitar la restitución de tales derechos arancelarios (…). Leer más

DUA, comercio

Una forma de manifestación de voluntad de acogerse al «Drawback» puede ser la información consignada en las facturas comerciales que sustentan la DUA

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La Corte Suprema (CS) estableció las siguientes reglas con carácter de precedente vinculante de obligatorio cumplimiento: «Se reconoce que, ante el supuesto de que el despachador aduanero incurra en error omitiendo incluir el referido código 13 cuando numere la Declaración Única de Aduanas – DUA, tratándose de una formalidad prevista normativamente para acogerse al beneficio aduanero Drawback, se puede subsanar o superar esta omisión si, en cualquier apartado de este mismo documento, es posible advertir alguna indicación del exportador sobre su voluntad de acogerse al procedimiento instaurado para solicitar la restitución de tales derechos arancelarios (…). Se puede considerar como una forma de manifestación de voluntad de acogerse al régimen aduanero de Drawback, la consignada en las facturas comerciales que sustentan la Declaración Única de Aduanas, para cumplir con lo establecido en el artículo 7° del Reglamento del Procedimiento de Restitución Simplificado de Derechos Arancelarios, aprobado por Decreto Supremo N.° 104-95-EF (…). Leer más

La cantidad de estacionamientos para restaurantes y afines la determina la Municipalidad Metropolitana de Lima y no las comunas distritales

Con esta resolución de la Sala Especializada en Eliminación de Barreras Burocráticas del Indecopi se declara barrera burocrática ilegal la séptima fila del Cuadro 3 del artículo 11 de la Ordenanza N.° 0342-MM, que aprueba los parámetros urbanísticos y edificatorios y las condiciones generales de edificación en el distrito de Miraflores. Se trata de la exigencia de contar con un (1) estacionamiento cada dieciséis (16) metros cuadrados (m2) del área de comedor para restaurantes y afines. Tal como recuerda la autoridad administrativa, el numeral 1.2 del artículo 79 de la Ley N.° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, determina como función específica y exclusiva de las municipalidades provinciales, aprobar el esquema de zonificación de áreas urbanas, así como los demás planes urbanos de acondicionamiento territorial, que incluye la dotación de estacionamientos en zonas comerciales y residenciales. Leer más

Ninguna municipalidad puede cobrar o imponer un procedimiento para el cambio de denominación o nombre comercial de persona jurídica

Es barrera burocrática ilegal el Procedimiento 034 denominado «Transferencia de licencia de funcionamiento o cambio de denominación o nombre comercial de persona jurídica» del Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) de la Municipalidad Distrital de Laredo, aprobado por la Ordenanza Municipal N.° 018-2019-CM-MDL. Según explica y recuerda el Indecopi, en mérito a lo dispuesto en el numeral 6.5 del artículo 6° del Decreto Legislativo N.° 1310, que aprueba medidas adicionales de simplificación administrativa, en aquellos supuestos de cambio de denominación social de una persona jurídica, las entidades correspondientes de la administración pública deben mantener vigentes sus registros, certificados, permisos, licencias y autorizaciones y realizar los cambios en sus propios registros por el solo mérito de la presentación de la copia simple de la escritura pública de modificación de estatutos y declaración jurada. Leer más

El plazo prescriptorio de la obligación aduanera se computa secuencialmente

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El plazo de prescripción de la acción para cobrar la obligación recién inicia en la fecha de notificación de la resolución que determina la deuda aduanera

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Separata especial: Surquillo regula la gestión integral de los residuos sólidos

Este último domingo, 15 de octubre del 2023, la comuna de Surquillo oficializó la ordenanza que regula la gestión integral de los residuos sólidos en el distrito. La norma, publicada en una Separata Especial del Boletín de Normas Legales del Diario Oficial «El Peruano», define los derechos, obligaciones, atribuciones y responsabilidades, con la finalidad de propender hacia la maximización constante de la eficiencia en el uso de los materiales y asegurar una gestión y manejo de los residuos sólidos económica, sanitaria y ambientalmente adecuada. Acciones que cumplen lo dispuesto por el Decreto Legislativo N.° 1278, que aprueba la Ley de Gestión Integral de Residuos Sólidos, y el Decreto Legislativo N.° 1501, que modifica el Decreto Legislativo N.° 1278, que aprueba la Ley de Gestión Integral de Residuos Sólidos; y de su Reglamento, aprobado mediante Decreto Supremo N.° 014-2017-Minam y su modificatoria aprobada mediante el Decreto Supremo N.° 001-2022-Minam. Leer más

Nuevos RASA y CUIS de Breña

La Municipalidad Distrital de Breña (MDB) oficializó su Reglamento de Aplicación de Sanciones Administrativas (RASA), con el que establece las disposiciones normativas y condiciones generales que sustenten el Procedimiento Administrativo Sancionador. Así, la comuna garantiza al ciudadano la correcta aplicación de sanciones ante el incumplimiento de las normas administrativas municipales o de leyes que tipifiquen infracciones cuya sanción se reserva a los gobiernos locales. Esta ordenanza también aprueba el Cuadro Único de Infracciones y Sanciones (CUIS) de la municipalidad distrital, que define las conductas consideradas infracciones administrativas dentro del distrito; así como, la gradualidad, la sanción, las medidas provisionales y correctivas. Leer más

Así se extinguirá la deuda tributaria y no tributaria en estado coactivo de cobranza dudosa y de recuperación onerosa en Miraflores

Con esta ordenanza, la Municipalidad Distrital de Miraflores (MDM) oficializa el «Reglamento que regula el procedimiento para declarar y extinguir deuda tributaria y no tributaria en estado coactivo de cobranza dudosa y de recuperación onerosa». Leer más