Sin horario extra | Surquillo establece un horario único para la ejecución de obras de edificación y obras en áreas de dominio público
Mediante la Ordenanza N.° 478-MDS, de fecha 24 de marzo del 2021, y publicada en el Diario Oficial «El Peruano» el 9 de abril del 2021, se estableció el horario y otras disposiciones para la ejecución de obras de edificación y áreas de dominio público en el distrito de Surquillo. Ahora, el Informe N.° 281-2023-MDS-GDU-SGOPC elaborado por la Subgerencia de Obras Privadas y Catastro de la comuna concluye que, desde la aprobación de los artículos 4° y 5° de la Ordenanza N.° 478-MDS, se han producido constates quejas vecinales por la ejecución de las obras autorizadas.
Las quejas denuncian la afectación de la vialidad de las vías locales con la presencia constante de maquinaria de construcción; el impacto sonoro negativo durante el horario de ejecución, principalmente en las etapas de obras de concreto armado; el impacto ambiental negativo por el inadecuado manejo de los materiales de construcción y la posterior disposición de los residuos producidos durante el proceso constructivo; asimismo, el constante y progresivo deterioro de la infraestructura urbana como pistas, veredas, bermas y vegetación colindante a las obras de edificación. Bajo este escenario, la Municipalidad Distrital de Surquillo decide derogar el literal b) ítem b.1 y b.2 del inciso 4.1 del artículo 41 del Capítulo II, así como los numerales 4.2, 4.3, 4.4, 4.5 y 4.6 y el artículo 5°, que enumera las prohibiciones para la aplicación del horario extraordinario del mismo Capítulo II de la Ordenanza N.° 478-MDS, que establece el horario y otras disposiciones para la ejecución de obras de edificación y en áreas de dominio público en el distrito de Surquillo. Además, modifica el artículo 4° y establece un horario único para estas obras, que va desde las 7:30 a. m. hasta las 5:00 p. m; los sábados es desde las 8:00 a. m. hasta la 1:00 p. m. Los domingos no se autorizan trabajos de construcción. [MDS, Ord. 531-2023-MDS, 14/06/2023]
Ficha legal de la noticia:
Sumilla y ubicación oficial de la norma:
Modifican la Ordenanza N.° 478-MDS que establece el horario y otras disposiciones para la ejecución de obras de edificación en áreas de dominio público en el distrito de Surquillo
Separata de Normas Legales, Diario Oficial «El Peruano», Año XL, N.° 17299.
Entidad: Municipalidad Distrital de Surquillo (MDS).
Modificaciones, adecuaciones, incorporaciones, prórrogas, suspensiones, ratificaciones, barreras burocráticas ilegales: modifica el artículo 4° de la Ordenanza N.° 478-MDS.
Derogaciones: deroga el literal b) ítem b.1 y b.2 del inciso 4.1 del artículo 41 del Capítulo II, así como los numerales 4.2, 4.3, 4.4, 4.5 y 4.6 y el artículo 5° de la Ordenanza N.° 478-MDS.
Vigencia o situación legal de la norma: desde el 15 de junio del 2023.
Fe de erratas: ninguna.
Valores agregados LEX:
Concordancias y antecedentes:
* Decreto Supremo N.° 011-2006-Vivienda, que aprueba el Reglamento Nacional de Edificaciones.
* Ordenanza N.° 478-MDS, que establece el horario y otras disposiciones para la ejecución de obras de edificación y áreas de dominio público en el distrito de Surquillo.
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