Un nuevo grupo multisectorial revisará el informe que presentó el Grupo de Trabajo Multisectorial para la Zona de Playa Protegida
Mediante Resolución Suprema N.° 010-2017-Vivienda se creó el «Grupo de Trabajo Multisectorial para la Zona de Playa Protegida», de naturaleza temporal y dependiente del Ministerio de Vivienda Construcción y Saneamiento (MVCS), por el plazo de un año, ampliado mediante la Resolución Suprema N.° 008-2018-Vivienda por un plazo de hasta seis meses contados a partir del día siguiente de la fecha de vencimiento del plazo inicialmente otorgado. El objetivo de este grupo era elaborar un informe final con el análisis de la problemática de la zona de playa protegida del litoral peruano y proponer lineamientos para la adecuada articulación, el ejercicio de competencias y las actividades sectoriales previstas en la legislación vigente; así como, las modificaciones normativas que resulten necesarias para garantizar el desarrollo planificado y sostenible de la citada zona. Ahora, el MVCS decide la conformación de un nuevo Grupo de Trabajo Multisectorial, de naturaleza temporal, para la evaluación y formulación de propuestas articuladas para la zona de playa protegida, pues considera necesario actualizar y reevaluar las propuestas presentadas en el Informe Final del Grupo de Trabajo Multisectorial creado por Resolución Suprema N.° 010-2017-Vivienda, como consecuencia de la normativa aprobada posteriormente al mencionado informe final. Así, este nuevo grupo, vigente por un año, tendrá las siguientes funciones:
«a) Realizar la revisión, evaluación y actualización del Informe Final del Grupo de Trabajo Multisectorial creado por Resolución Suprema N.° 010-2017-Vivienda;
b) Identificar, a través del diagnóstico multidisciplinario actualizado, el problema público que se presenta en la zona de playa protegida, con sus causas, efectos y objetivos; y recomendar su inclusión en las agendas tempranas, según corresponda, de acuerdo a las normas y metodología del Análisis de Impacto Regulatorio – AIR Ex Ante y del Proceso de Mejora de la Calidad Regulatoria;c) Recomendar, en su informe final, la implementación de medidas articuladas –regulatorias y no regulatorias–, así como estrategias y/o mecanismos orientados a solucionar la problemática actual y garantizar el desarrollo urbano sostenible y planificado de la zona de playa protegida;d) Otras que resulten necesarias para el cumplimiento de su objeto» (sic). [MVCS, R. M. 355-2023-Vivienda, 11/08/2023]
Ficha legal de la noticia:
Sumilla y ubicación oficial de la norma:
Crean grupo de trabajo multisectorial denominado Grupo de Trabajo Multisectorial para la Zona de Playa Protegida
Separata de Normas Legales, Diario Oficial «El Peruano», Año XL, N.° 17402.
Entidad: Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento (MVCS).
Modificaciones, adecuaciones, incorporaciones, prórrogas, suspensiones, ratificaciones, barreras burocráticas ilegales: ninguna.
Derogaciones: ninguna.
Vigencia o situación legal de la norma: en vigencia desde el 12 de agosto del 2023.
Fe de erratas: ninguna.
Valores agregados LEX:
Concordancias y antecedentes:
* Resolución Suprema N.° 010-2017-Vivienda, que aprueba el reglamento de los artículos 4° y 5° del Decreto Legislativo N.° 1285, Decreto legislativo que modifica el artículo 79 de la Ley N.° 29338, Ley de Recursos Hídricos y establece disposiciones para la adecuación progresiva a la autorización de vertimientos y a los instrumentos de gestión ambiental.
* Resolución Suprema N.° 008-2018-Vivienda, que modifica el Reglamento del Decreto Legislativo N.° 1280, Decreto legislativo que aprueba la Ley Marco de la Gestión y Prestación de los Servicios de Saneamiento, aprobado por Decreto Supremo N.° 019-2017-Vivienda.
Información relacionada:
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