Cada proyecto de edificación comercial mayor a 500 metros cuadrados en Punta Hermosa contará con un estacionamiento vehicular por cada 25 metros cuadrados de área construida

Los proyectos de edificación para uso comercial en terrenos con un área mayor a 500 metros cuadrados, ubicados en el área de zonificación comercio vecinal (CV), que se presenten a partir de mañana en el distrito de Punta Hermosa deberán contar con la provisión de un estacionamiento vehicular por cada 25 metros cuadrados de área construida. Así lo dispone esta ordenanza emitida por la comuna distrital de Punta Hermosa que se enmarca dentro de lo dispuesto por la Ordenanza N.° 1086-MML, que aprueba el reajuste integral de la zonificación de los usos de los distritos de Punta Hermosa, Punta Negra, San Bartolo, Santa María del Mar y Pucusana, que forman parte de las áreas de tratamiento normativo I y IV – Balnearios del Sur de Lima Metropolitana. [MDPH, Ord. 487-MDPH, 1/08/2023]

Ficha legal de la noticia:

Sumilla y ubicación oficial de la norma:

Ordenanza que regula la provisión de estacionamientos en edificaciones de uso comercial en zonificación comercio vecinal

Separata de Normas Legales, Diario Oficial «El Peruano», Año XL, N.° 17384.

Entidad: Municipalidad Distrital de Punta Hermosa (MDPH).

Modificaciones, adecuaciones, incorporaciones, prórrogas, suspensiones, ratificaciones, barreras burocráticas ilegales: ninguna.

Derogaciones: ninguna.

Vigencia o situación legal de la norma: entra en vigencia desde el 2 de agosto del 2023.

Fe de erratas: ninguna.

Valores agregados LEX:

Concordancias y antecedentes:

* Ordenanza N.° 1086-MML, que aprueba el reajuste integral de la zonificación de los usos de los distritos de Punta Hermosa, Punta Negra, San Bartolo, Santa María del Mar y Pucusana, que forman parte de las áreas de tratamiento normativo I y IV – Balnearios del Sur de Lima Metropolitana.

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