Edición Extraordinaria: lista actualizada de terminales portuarios, embarcaderos e infraestructura de empresas pesqueras industriales

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Acceder a servicios básicos | Un año más de plazo para visar planos y memoria descriptiva en Pucusana

La Municipalidad Distrital de Pucusana (MDP) decidió, con base en una opinión técnica de la Gerencia de Desarrollo Urbano, confirmar la ampliación de la vigencia del plazo establecido en la Ordenanza Municipal N.° 331-2024-MDP, que regula la evaluación para la visación de planos y memoria descriptiva de trazado y lotización a fin de viabilizar el acceso a servicios básicos en el distrito. La ampliación se da por un plazo de 365 días calendario. [MDP, D. de Alc. 009-2024/MDP, 4/09/2024] Leer más

Durich Francisco Whittembury Talledo es el nuevo ministro de Vivienda, Construcción y Saneamiento

Luego de aceptar la renuncia al cargo realizada por la señora Hania Pérez de Cuéllar Lubienska (Resolución Suprema N.° 188-2024-PCM), el Poder Ejecutivo oficializó el nombramiento de Durich Francisco Whittembury Talledo en el cargo de ministro de Estado en el Despacho de Vivienda, Construcción y Saneamiento. [MVCS, R. S. 192-2024-PCM, 4/09/2024] Leer más

El Minem actualiza el Inventario de Pasivos Ambientales Mineros

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Edición Extraordinaria: Grupo de trabajo para atender la emergencia fitosanitaria y combatir el hongo de banano

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Código técnico de construcción sostenible se adapta a la innovación tecnológica y el aprovechamiento de energías renovables

El Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento (MVCS) modifica el índice y los artículos 3° (Ámbito de aplicación), 4° (Definiciones), 6° (Reflectancia de la envolvente térmica), 15 (Instalaciones de gas natural), 16 (Griferías y aparatos sanitarios), 18 (Especies vegetales de áreas verdes), 22 (Aprovechamiento, valorización y/o disposición final de los residuos sólidos de la construcción y demolición, provenientes de edificaciones), 23 (Ecomateriales), 26 (Especies vegetales de áreas verdes públicas) y 30 (Aprovechamiento, valorización y/o disposición final de los residuos sólidos de la construcción y demolición, provenientes de habilitaciones urbanas). Además, incorpora el artículo 9°-A. (Aprovechamiento de energías renovables) al Código Técnico de Construcción Sostenible, aprobado por el Decreto Supremo N.° 014-2021-Vivienda. Asimismo, modifica los siguientes anexos del código técnico: Leer más

Tres UIT de sanción | Punta Hermosa tipifica como falta grave el no cercar los terrenos sin construir

Con sustento en el Informe N.° 196-2024-UFFA-OAJ-MDPH, de la Coordinadora de la Unidad Funcional de Fiscalización, la Municipalidad Distrital de Punta Hermosa (MDPH) modifica su Cuadro de Infracciones y Sanciones Administrativas (CUIS), cuya finalidad es contribuir con la eficacia de la acción de fiscalización del cumplimiento de las normas municipales y legales por parte de la municipalidad. En concreto, se incorporan los siguientes códigos: Leer más

El patrimonio cultural se defiende | Lima modifica los procedimientos administrativos de autorizaciones en el Centro Histórico

Se modifica los artículos 7° (Uso de siglas); 8° (Supletoriedad de la norma); además del primer párrafo y literal h) del artículo 15 (Presidencia de la Comisión Técnica y sus funciones); literales a), b), c) y d) del numeral 45.1 y numeral 45.3 del artículo 45 (Acondicionamiento, refacción y remodelación interior menor a 150 m2 en inmuebles de entorno); numeral 46.1 del artículo 46 (Acondicionamiento, y/o remodelación interior menor a 150 m2 en inmuebles de valor monumental); literal e) del numeral 53.1 y numeral 53.2 del artículo 53 (Autorización para la intervención de fachada para instalación de nicho de medidor); literal c) del numeral 69.1 del artículo 69 (Requisitos para solicitar la autorización para la conexión domiciliaria de servicios básicos); 70 (sumilla) (Procedimiento para la autorización de trabajos de conexión domiciliaria de servicios básicos); numeral 89.3 del artículo 89 (Alcance de la licencia de funcionamiento); 93 (Tipos de licencia de funcionamiento); numerales 98.2 y 98.3 del artículo 98 (Requisitos para solicitar licencia de funcionamiento); primer párrafo del artículo 100 (Plazo para el otorgamiento de la Licencia de Funcionamiento); literal c) del numeral 109.1 del artículo 109 (Requisitos para otorgar autorización para el desarrollo de actividad comercial temporal en espacios públicos como expansión de comercio autorizado); 112 (Licencia de funcionamiento para cesionarios); 115 (Requisitos para el otorgamiento de la licencia de funcionamiento para cesionarios); numeral 123.1 del artículo 123 (Duplicado de licencia de funcionamiento); 125 (Cese de actividades); 132 (Alcances); literal a) y e) del numeral 133.1 del artículo 133 (Requisitos para obtener la autorización para la instalación de elementos de identificación y avisos); numeral 134.8 del artículo 134 (Procedimiento para obtener la autorización para la instalación de elementos de identificación y avisos); 137 (Requisitos para autorización para la instalación de toldos en el Centro Histórico de Lima, en el Cercado de Lima); numerales 138.1 y 138.3 del artículo 138 (Procedimiento de autorización para la colocación de toldos en el Centro Histórico de Lima, en el Cercado de Lima); 142 (sumilla) (Procedimiento de autorización temporal para la colocación de publicidad comercial en cerco de obra en el Centro Histórico de Lima); el numeral 146.4 del artículo 146 (Procedimiento de autorización para la ejecución de mural temporal en inmueble de entorno en el Centro Histórico de Lima); 154 (Conformación de la Comisión Técnica para la declaración y levantamiento de la condición de inhabitabilidad de inmuebles en el Centro Histórico de Lima); literal b) del artículo 155 (Inicio del procedimiento); 156 (Del procedimiento de parte para la identificación, calificación y declaración de la condición de inhabitabilidad de inmuebles); numerales 159.1 y 159.2 del artículo 159 (Procedimiento de oficio para la identificación, calificación y declaración de la condición de inhabitabilidad de inmuebles); literal b) del numeral 163.2 del artículo 163 (Del levantamiento de la condición de inhabitabilidad del inmueble); el literal b) del artículo 165 (De los requisitos del procedimiento de parte para el levantamiento de la condición de inhabitabilidad del inmueble); literales a), b), c) y d) del artículo 173 (Procedimiento del trámite de constancia para ejecución de trabajos de servicios básicos) de la Ordenanza N.° 2612, que regula los procedimientos administrativos en el Centro Histórico de Lima, a fin de proteger su patrimonio cultural y fomentar su desarrollo integral y sostenible. Además, se incorpora a la ordenanza citada los siguientes anexos: N.° 3: «Formulario de solicitud de autorización para obras en espacio público»; N.° 4: «Formato de declaración jurada para licencia de funcionamiento en el Centro Histórico de Lima»; N.° 5: «Formato de certificado de licencia de funcionamiento»; N.° 6 «Formato de declaración jurada de representación legal». [MML, Ord. 2646, 30/08/2024] Leer más

Van desde el 2016 hasta el 2023 | Las 84 ordenanzas de la MML que están derogadas

El Concejo Metropolitano de Lima, en sesión extraordinaria del 9 de agosto de 2024, decidió ampliar, en aplicación de la Ley N.° 29477, que inicia el proceso de consolidación del espectro normativo peruano, un listado de 84 ordenanzas de la Municipalidad Metropolitana de Lima (MML), periodo agosto de 2016 a diciembre del 2023, que no se encuentran vigentes. [MML, Ord. 2645, 30/08/2024] Leer más

Más plazo para revisar los detalles del caso | Los recursos de reconsideración se resolverán en 30 días hábiles

El día 30 de agosto del 2024, el Poder Ejecutivo publicó el Decreto Legislativo N.° 1633, que amplía el plazo para la resolución de los recursos de reconsideración interpuestos por los administrados en los procedimientos administrativos de instancia única. La norma, de este modo, modifica el numeral 207.2 del artículo 207 de la Ley N.° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General (LPAG), al ampliar el plazo inicial (15 días) hasta 30 días hábiles, como una excepción al plazo general establecido, para que los consejos directivos de los organismos reguladores puedan resolver los recursos de reconsideración interpuestos por sus administrados en los procedimientos administrativos de instancia única. La decisión se justifica en el sub numeral 2.1.35 de la Ley N.° 32089, que otorga al Poder Ejecutivo (PE) la facultad para legislar normas relacionadas con la inversión pública y la gestión de servicios públicos, para mejorar la calidad regulatoria. Esta ampliación del plazo facilita una resolución más exhaustiva y precisa de los recursos de reconsideración, beneficiando así a los administrados al permitir una revisión más detallada de sus solicitudes. [PE, D. Leg. 1633, 30/08/2024]