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Se suspende la fiscalización durante el plazo en que el contribuyente no presenta toda la documentación requerida por la Sunat

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La Corte Suprema (CS) señala que el último párrafo del artículo 8° del Reglamento del Procedimiento de Fiscalización, que establece que, de no presentarse la documentación requerida en la fecha otorgada, se procederá a efectuar el cierre del requerimiento en dicha fecha; se interpreta tomando en consideración el inciso b) del citado artículo y, de forma conjunta, otros artículos ubicados en la misma norma, como el inciso d) del artículo 13; de lo que se colige que, en el caso de incumplirse con el segundo requerimiento, el plazo para su cierre se suspende hasta que la administración tributaria culmine la evaluación de los descargos a las observaciones imputadas en el requerimiento o hasta la fecha en que el contribuyente entregue la totalidad de la información. Leer más

Sin costas procesales | Surco oficializa descuentos para impulsar el pago voluntario de multas en estado ordinario y en estado coactivo

La Municipalidad Distrital de Santiago de Surco (MDSS) dispone medidas excepcionales para implementar una serie de beneficios y descuentos en el monto a pagar para quienes lo hagan de forma voluntaria, cuando se trate de multas administrativas pendientes de pago en estado ordinario (con recursos impugnativos de reconsideración y/o apelación) y en estado coactivo, además de la condonación de las costas procesales, beneficio que otorga en función a la antigüedad de la multa, la oportunidad del pago y el monto cancelado. Según la norma municipal, podrán acogerse las personas naturales o jurídicas, sociedades conyugales y sucesiones indivisas que tengan pendientes de pago multas administrativas emitidas en el sistema Sisfisca, hasta el 31 de diciembre del 2022. Leer más

Impulsar los pagos voluntarios | La Molina actualiza su reglamento de fiscalización y su cuadro de infracciones y sanciones

La Municipalidad Distrital de La Molina (MDLM) modifica el literal a) del numeral 56.1 y el numeral 56.2 del artículo 56 de la Ordenanza N.° 305-MDLM, que aprueba el Reglamento de Fiscalización y Control Administrativo de la Municipalidad de La Molina (RFCA) y el Cuadro de Infracciones y Sanciones Administrativas (CISA), con la finalidad de contar con un régimen actualizado del Procedimiento Administrativo Sancionador y que esté acorde con las disposiciones actuales sobre la materia, además de continuar con el cumplimiento de los objetivos institucionales relacionados con el control de la norma de carácter municipal. Según esta modificación, el artículo 56 (Régimen de Incentivos) lleva el siguiente texto: Leer más

Se anuncia la fiscalización posterior | En Punta Hermosa todo proyecto de edificación respetará los parámetros urbanísticos fijados por Lima

Mediante una ordenanza, la Municipalidad Distrital de Punta Hermosa (MDPH) precisa que todo proyecto y/o anteproyecto de edificación y/o habilitación urbana en el distrito que se presente con informe técnico favorable emitido por revisores urbanos en las modalidades B, C y D respetará los parámetros urbanísticos y edificatorios establecidos en la Ordenanza N.° 1086, que aprueba el reajuste integral de la zonificación de los usos del suelo del distrito de Punta Hermosa conformante del Área de Tratamiento Normativo IV y los parámetros urbanísticos y edificatorios y las condiciones generales de edificación en el mismo distrito y modificatorias (ordenanza de azoteas y estacionamientos), emitida por esta entidad en estricto cumplimiento de la delegación dispuesta por el artículo 7° y disposiciones transitorias de la mencionada ordenanza metropolitana. La ordenanza dispone que, en aplicación de lo dispuesto por el artículo 34 del Texto Único Ordenado de la Ley N.° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobada mediante Decreto Supremo N.° 004-2019-JUS, la Subgerencia de Obras Privadas y Catastro desarrolle la fiscalización posterior del 100% de los informes técnicos favorables emitidos por los revisores urbanos y que se han presentado ante la entidad. Leer más

Si el documento entregado no es un comprobante de pago, no se configura la infracción del numeral 2 del artículo 174 del Código Tributario

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En el caso, finalizado el consumo que realizó el fedatario de la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria (Sunat) en un restaurante, la mesera le entregó el documento denominado «precuenta». Este documento expresamente señala que «no es un documento fiscal», contiene el pedido realizado por el fedatario y precisa que se marque el tipo de comprobante a emitir: factura o boleta. Luego de ello, el fedatario dio su conformidad de dicho consumo y conforme precisa del acta probatoria esperó por un lapso de dos minutos y, al no cumplirse tal obligación, se retiró del establecimiento. Leer más

Valor al inmueble | Hasta el 2024 se podrá regularizar las edificaciones sin licencia en San Juan de Miraflores

Este último sábado 26 de agosto del 2023, la Municipalidad Distrital de San Juan de Miraflores (MDSJM) aprobó el procedimiento de regularización de la licencia de edificaciones dentro del distrito con el objetivo de (a) impulsar la formalización de las edificaciones construidas sin la licencia de edificación correspondiente y complementar actualizaciones en la base predial y (b) fomentar la revalorización de los predios del distrito incentivando la formalización de las edificaciones y permitiendo a los administrados, vía regularización, el saneamiento físico legal de las edificaciones ejecutadas sin autorización municipal, a través de un proceso que permitirá a la municipalidad actualizar y sincerar el ordenamiento urbano del distrito. El procedimiento se aplicará para toda edificación y/o construcción que haya sido ejecutada en el distrito sin la correspondiente licencia de edificación desde el 01 de enero del 2017 hasta el 31 de diciembre del 2022 siempre y cuando la edificación cumpla con la normatividad nacional vigente y con los requisitos establecidos en el Reglamento de Licencias de Habilitación Urbana y Licencias de Edificación, aprobado por el Decreto Supremo N.° 029-2019-Vivienda. La resolución de regularización que apruebe la edificación debe considerar la aprobación de la conformidad de obra y de la declaratoria de edificación. Esta ordenanza regirá desde el 27 de agosto del 2023 hasta el 31 de junio del 2024. Para acogerse a este procedimiento, el administrado presentará por triplicado y debidamente suscritos, entre otros, los siguientes requisitos: Leer más

El permiso de pesca es un intangible de duración limitada: Impuesto a la Renta

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La Ley General de Pesca y su reglamento regulan de manera expresa que los permisos de pesca son de plazo determinado, es decir, son derechos administrativos de duración limitada, debido a que el legislador ha establecido supuestos para mantener su vigencia. Así, pues, para la Corte Suprema (CS), Leer más

El derecho de defensa no se ve afectado ni se contraviene el artículo 127 del CT si es el propio contribuyente quien modifica el sustento de los reparos

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El artículo 127 del Texto Único Ordenado del Código Tributario establece y regula la facultad de reexamen del órgano encargado de resolver, atribuyéndole, para tal efecto, la facultad de hacer un nuevo examen completo; sin embargo, lo delimita a «los aspectos del asunto controvertido», hayan sido o no planteados por los interesados, llevando a efecto, cuando sea pertinente, nuevas comprobaciones y que, en mérito a ella, solo se pueden modificar los reparos efectuados en la etapa de fiscalización o verificación que hayan sido impugnados, para incrementar sus montos o para disminuirlos. Leer más

Aplicación de la Norma IX del Código Tributario para calificar a los edificios y construcciones

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La Ley del Impuesto a la Renta y su reglamento no definen los términos «edificios» y «construcciones», por lo que, de conformidad con la Norma IX del Título Preliminar del TUO del Código Tributario, que señala que en lo no previsto por este código o en otras normas tributarias podrán aplicarse normas distintas a las tributarias siempre que no se les opongan ni las desnaturalicen. Leer más

¿Acredita la factura por la compra de materiales de construcción la realidad de la adquisición?

Tribunal Fiscal | Impuesto General a las Ventas. En esta resolución, a efectos de sustentar la compra de sacos de arena gruesa, ladrillo pastelero, arena fina, octogonales, tubos de luz, huecos, cemento, fierro, tecnopor, curvas, bolsas de cemento, piedra chancada, piedra zanja, varillas de fierro, clavos, plástico, entre otros; una empresa inmobiliaria, cuya actividad secundaria es la construcción de edificios completos, presentó las facturas emitidas por los proveedores; sin embargo, el Tribunal Fiscal (TF) recuerda que ni estos documentos ni su anotación en el Registro de Compras Electrónicos resultan suficientes para acreditar la fehaciencia de las operaciones contenidas en los aludidos comprobantes de pago; por lo tanto, el contribuyente tiene la obligación de contar con documentación adicional que en forma suficiente y razonable demuestre que las operaciones son reales o existentes, esto es, que se produjeron en la realidad. Leer más